la experiencia de Advocacy Forum en la prevención de la tortura en Nepal
El presente artículo reconstruye la trayectoria de Advocacy Forum en la lucha contra la tortura en Nepal como un ejemplo de la capacidad del lenguaje de derechos humanos para producir el cambio social. Como muestra el artículo, la estrategia de Advocacy Forum (AF) llamada “Estrategia de Intervención Integrada” (Integrated Intervention Strategy – IIS), desarrollada durante el conflicto y el periodo posterior al conflicto, ha sido eficaz en reducir la práctica de la tortura en Nepal. El enfoque de la organización es holístico, basado en tres niveles de intervención: local, nacional e internacional. Es más, aparte de promover cambios legislativos e interponer recursos de habeas corpus y compensación por torturas, la estrategia de AF incluye transformaciones de actitud y prácticas así como reformas institucionales para promover cambios en el terreno El. Advocacy Forum, sostiene el artículo, considera que la estrategia desarrollada por la organización puede ser aplicada también en otros contextos, debido a su naturaleza holística y eficacia.
La cuestión de sí los derechos humanos son un lenguaje efectivo para producir el cambio social es una cuestión crucial y contemporánea. El presente artículo utiliza la experiencia del Advocacy Forum (AF) en la lucha contra la tortura en Nepal como un ejemplo de la capacidad del lenguaje de derechos humanos de producir el cambio social. La experiencia de AF también muestra de forma evidente, que para mantener esta capacidad, el movimiento de derechos humanos debe buscar con determinación maneras holísticas de realizar los derechos humanos, como involucrar constructivamente a los interlocutores y luchar por cambios de actitud y prácticas así como reformas institucionales.
Advocacy Forum (AF), creado por un grupo de abogados en 2001, se ha destacado desde entonces en la prevención de la tortura y otras violaciones de derechos humanos en Nepal. Teniendo en cuenta el problema de la práctica sistemática y extendida de la tortura en los centros de detención preventiva, comenzó a realizar visitas regulares a los centros de detención gubernamentales, a hacer seguimiento y a documentar el estado de los detenidos. Las conclusiones después de estas visitas fueron compartidas y discutidas con los interlocutores del sistema de justicia penal para encontrar maneras de acabar con la práctica de la tortura durante las detenciones, y proporcionar justicia y reparaciones a las víctimas. Además, estas conclusiones fueron compartidas con varias organizaciones y organismos de derechos humanos nacionales e internacionales para sumar apoyos al trabajo de prevención de la tortura en Nepal y hacer a la gente consciente de la extensión del problema.
Nepal vivió una década de conflicto armado entre 1996 y 2006, iniciado por el partido ultraizquierdista conocido como Partido Comunista de Nepal (CPNM). En este periodo, Nepal sufrió ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, torturas, violaciones, secuestros, extorsión, etc., perpetradas por ambos bandos del conflicto. Las partes en conflicto (el gobierno y los maoístas) utilizaron ambos la tortura con diversos objetivos. El conflicto alcanzó un punto álgido en 2001, cuando el gobierno declaró el estado de emergencia, considerando a los maoístas como terroristas, e introdujo la Ordenanza contra actividades terroristas y perturbadoras (Terrorist and Disruptive Activities Ordinance – TADO). Esta ordenanza proporcionó plenos poderes a las fuerzas de seguridad para mantener a los sospechosos de pertenecer a grupos rebeldes bajo detención preventiva por un periodo de hasta 6 meses sin control judicial.1 Fue entonces que AF comenzó su trabajo y se centró en el seguimiento y documentación de cinco categorías de violaciones: tortura, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, violencia sexual y utilización de niños en conflictos armados. Este artículo se enfoca en las experiencias de AF al abordar casos de tortura.
En medio de una situación en la que los arrestos y detenciones arbitrarias eran considerados algo normal, se declaró el estado de emergencia y el acceso a los centros de detención gubernamentales fue casi imposible. En general, las detenciones previas al juicio en Nepal estaban cerradas al mundo exterior. Determinado a prevenir la tortura, los malos tratos y la detención ilegal, y a poner en práctica los derechos constitucionales de los detenidos, AF fue capaz de negociar el acceso a los centros de detención policial, utilizando la ley.
La tortura en Nepal se ha utilizado como una herramienta de investigación criminal para coaccionar a los detenidos a confesar el crimen, destruir la personalidad de los individuos o imponer autoridad en las víctimas, entre otros fines. Históricamente, también ha sido utilizada como forma de castigo. A pesar de haber contraído compromisos internacionales para la prohibición absoluta de la tortura en su territorio al ratificar instrumentos internacionales como la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas inhumanas crueles, o degradantes, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), la implementación interna en Nepal de este compromiso o se ha quedado a medio camino o ha sido pobre. Las leyes nacionales no están a la par con las prohibiciones internacionales de la tortura. Esta discrepancia se agrava por la inexistencia de mecanismos de control independientes en el ámbito de la detención preventiva y por la falta de una verdadera investigación de las denuncias de tortura. Además, el sistema legal existente en Nepal es inadecuado para proporcionar justicia y reparación a las víctimas y hacer rendir cuentas a los perpetradores de torturas y otras violaciones de derechos humanos (Advocacy Forum; Redress, 2001). Aunque la Constitución provisional de Nepal de 20072 tipifique la tortura como un delito y la Corte Suprema de Nepal (NEPAL, Ghimire & Dahal v. the Government of Nepal, 2007) haya emitido directivas para aprobar una legislación que criminalice la tortura, no se ha aprobado ninguna legislación que identifique específicamente a la tortura como un delito y proporcione un marco legal para llevar a los perpetradores ante la justicia. Esta cultura de la impunidad y la falta de un sistema de rendición de cuentas están afectando seriamente el imperio de la ley, el respeto por los derechos humanos, la paz y desarrollo sostenibles y los esfuerzos por fortalecer la democracia.
En este contexto, AF está haciendo todo lo posible para reducir y prevenir la práctica de la tortura, la detención ilegal y el maltrato en los lugares de detención por medio del desarrollo de una estrategia innovadora llamada “Estrategia de Intervención Integrada” que se enfoca en la acción holística contra las diversas lagunas e insuficiencias que clara o sutilmente contribuyen a la institucionalización de la tortura. Este artículo habla de la experiencia de AF en la lucha contra la tortura en Nepal, describiendo la evolución de la estrategia mencionada, los desafíos con los que se encontró AF y cómo las medidas legales y de incidencia política pueden ser coordinadas y utilizadas estratégicamente para conseguir resultados concretos y positivos en la reducción de la práctica de la tortura durante la detención.
Como ya se ha mencionado antes, la experiencia de AF en la lucha contra la tortura durante el conflicto y después del mismo condujo al desarrollo gradual de una estrategia, que ha sido llamada “Estrategia de Intervención Integrada” (ISS, por sus siglas en inglés). ISS es un marco pragmático que se construye y se refuerza con las lecciones aprendidas durante las intervenciones habituales para prevenir la tortura. Incluye todos los medios posibles para sensibilizar y colaborar con aliados y potenciales aliados, así como las estrategias para cooptar y neutralizar a los interlocutores adversos, guiadas por una argumentación basada en pruebas. Se enfoca en la documentación y la incidencia política, presentando demandas para intervenciones médicas, desafíos legales para las detenciones ilegales, y recogiendo pruebas para una reforma política de fondo.
Por un lado, la estrategia es una síntesis de paradigmas conceptuales previamente definidos y las mejores prácticas utilizadas internacionalmente para prevenir la tortura, y por la experiencia de primera mano de los abogados de AF en su trato diario con supervivientes de torturas y con el sistema de justicia penal de Nepal. La experiencia de AF ha mostrado que influenciar a los interlocutores del sistema judicial, mediante una argumentación basada en pruebas y una participación diaria y responsable en el sistema de justicia, es la base para un cambio sostenible. El cambio legislativo sin implementación práctica sirve de poco para aquellos que sufren injusticias dentro del sistema de justicia penal nepalés, y de ahí, la necesidad de un enfoque integrado que provoque los cambios de actitud y prácticos necesarios, así como reformas institucionales.
La estrategia se implementa en tres niveles: local, nacional e internacional. La implementación está guiada básicamente por cuatro principios: 1) Indivisibilidad (todas las intervenciones estratégicas deben ser armonizadas e implementadas simultáneamente); 2) Prevención (la prevención de la tortura es clave en todas las intervenciones estratégicas); 3) Inmediatez (respuesta rápida y acción proactiva); 4) Legitimidad (las intervenciones son realizadas dentro de los parámetros de las leyes nacionales e internacionales existentes, manteniendo la consistencia y la exactitud de la información recogida).
Como la tortura y los malos tratos normalmente ocurren en lugares de detención que son inaccesibles a cualquier forma de escrutinio público, el monitoreo de los centros de detención es una parte integral de cualquier estrategia encaminada a proteger a las personas privadas de su libertad. Este monitoreo debe ser más riguroso que algunas visitas ocasionales de organismos independientes a los lugares de detención, seguidos por informes y recomendaciones. Las visitas tienen que ser periódicas y sin aviso previo. Basándose en la idea de que tales visitas son una de las maneras más efectivas de prevenir la tortura, AF ha estado visitando a diario los centros de detención de los distritos en los que opera. Actualmente, AF visita 57 centros de detención en 20 distritos distintos de todo el país, aunque el alcance de la organización estuvo limitado durante la época del conflicto. Los abogados de AF visitan centros de detención todos los días para observar la situación de los detenidos, entrevistándolos y documentando sus casos. Asimismo, AF ha elaborado un cuestionario detallado para registrar información importante sobre la detención de las personas, tanto para apoyar y defender los casos individuales como para denunciar cualquier práctica ilegal de las autoridades. Sin embargo, como los abogados de AF se enfrentan a serias limitaciones (como la falta de un espacio separado y confidencial para las entrevistas, la denegación de acceso a algunas celdas, sólo un tercio de las detenciones está siendo monitoreada), los datos actuales de la organización sólo pueden proporcionar un atisbo de toda la extensión de la práctica de la tortura y los malos tratos en los centros de detención en Nepal. Los datos, sin embargo, proporcionan pruebas claras y consistentes de su existencia.
Es más, AF, reconociendo la importancia de los resultados positivos de las redes de incidencia política transnacionales para la lucha contra la impunidad, ha estado buscando constantemente establecer colaboraciones efectivas con la comunidad de derechos humanos tanto nacional como internacional. Como se detalla más adelante, AF ha contribuido a una mayor implicación con el tratado de las Naciones Unidas y los mecanismos basados en la Carta de Naciones Unidas en Nepal, lo cual ha ayudado a reducir las prácticas de tortura en los centros de detención.
La interferencia política en las prácticas policiales por individuos y grupos poderosos significa que los miembros de la sociedad más débiles social, política y económicamente son los más vulnerables a los abusos, incluyendo la tortura y los malos tratos. Como se señala más adelante, una manera en que AF ha luchado contra esto es presionando a las Naciones Unidas en sus operaciones de mantenimiento de la paz,3 así como a EE.UU. en sus actividades de entrenamiento, a tomar en consideración el historial de los supuestos perpetradores. Además, de acuerdo con la experiencia de AF de que, a no ser que estén representados por un servicio de asistencia jurídica sólido, los tribunales, fiscales y policía frecuentemente fallan a la hora de asegurar adecuadamente que los derechos de los detenidos sean respetados; la organización proporciona asistencia legal a todas las víctimas de tortura que quieran reclamar compensaciones ante los tribunales. También ayuda a las víctimas a presentar peticiones de exámenes médicos y documentación médico-legal, o habeas corpus si la detención es ilegal. Al proporcionar asesoría legal gratuita, desde la interposición de una acción judicial hasta el fallo, a las víctimas de detenciones y tortura que no son capaces de permitirse un abogado debido a su pobreza, analfabetismo y otras desventajas, AF ve como las víctimas se empoderan para luchar por sus derechos.
Experiencias de AF en el pasado han mostrado que los profesionales de la salud también participan de la tortura ya sea por acción o por omisión, falsificando informes médicos o no ofreciendo un tratamiento o informe médico apropiado. Como los tribunales nepaleses dan cada vez más valor a las pruebas médicas, es crucial tener un examen médico y los documentos médicos apropiados en las acusaciones de tortura o malos tratos. Aunque cada vez se practica más la tortura sin dejar señales o con señales que desaparecen en pocos días, sin dejar marcas permanentes, los médicos experimentados pueden aun así evaluar los testimonios, los síntomas postraumáticos y las secuelas físicas y mentales y sacar conclusiones de éstas. Es de vital importancia que los profesionales de la salud sean capaces de documentar y evaluar los daños inmediata e imparcialmente. En algunos casos, los profesionales de la salud médica no hacen esto por miedo, amenazas e intimidación de los agentes de seguridad. En otros casos, los doctores pueden tener un interés personal en esconder pruebas de tortura o malos tratos. Los funcionarios médicos que llevan a cabo los exámenes de los detenidos están de hecho subordinados a la policía y sometidos a la influencia ejercida por la policía, sobre todo dentro de la comisaría. La policía a menudo está presente durante los exámenes médicos o post mórtems.
Para abordar el problema de las pruebas médicas y la documentación médico-legal, AF ha contribuido en el desarrollo del conocimiento especializado a nivel nacional proporcionando formación para los profesionales médico-legales. Ha estado ofreciendo formación con regularidad para doctores a nivel nacional y regional en concordancia con el Protocolo de Estambul de 1999 (UNITED NATIONS, 2004), que proporciona directrices médicas y legales detalladas para evaluar las denuncias individuales de tortura y malos tratos así como para informar de tales investigaciones a los organismos judiciales y otros.
Por otra parte, AF ha sentido la necesidad de implicarse constructivamente con los interlocutores del sistema de justicia penal como la policía, los fiscales, los jueces y los abogados defensores. La experiencia de AF muestra que la práctica de la tortura durante la custodia puede ser reducida si los agentes, tales como los tribunales, fiscales y abogados defensores comienzan a investigar el trato a los detenidos en los lugares de detención. Capacitar, formar y dar apoyo técnico a los interlocutores relevantes es crucial para sensibilizarlos. Organizando un foro de interlocutores periódico, AF proporciona oportunidades para que discutan sobre los desafíos, y encuentren colectivamente maneras para enfrentarlos.
Además, AF cree que las iniciativas de incidencia política dirigidas a leyes y regulaciones clave relacionadas con la tortura pueden producir cambios tangibles en la ley y las prácticas. Las leyes y políticas relevantes deben ser revisadas y la organización pretende proponer insistentemente modificaciones que garanticen que la legislación cumpla las normas internacionales de los derechos humanos. Para los objetivos de incidencia política y lobby, es de suprema importancia trabajar conjuntamente con los medios de comunicación locales.
Advocay Forum (AF) ha visto resultados alentadores en la prevención de la tortura en Nepal con la implementación de la estrategia ya mencionada. A nivel local, hay indicadores claros de que las leyes existentes están siendo implementadas y han habido resultados esperanzadores de su cumplimiento por interlocutores del sistema de justicia penal.
Los esfuerzos de AF han contribuido significativamente a reducir la frecuencia de la tortura y los malos tratos en las instalaciones de detención gubernamentales. Según Advocacy Forum (2004), en los últimos 13 años, la tortura se redujo del 44,5 % (2001) al 16,7 % (2013) en las instalaciones de detención gubernamentales de los distritos donde AF está presente (Gráfico 1). En 13 años, AF ha visitado a 34.421 detenidos. También han habido mejoras sustanciales en algunas tendencias cruciales, como la detención ilegal (Gráfico 2) y el examen médico tanto físico como mental de los detenidos (Gráfico 3), que han contribuido a una reducción gradual de la tortura y los malos tratos.
Además, los interlocutores en el sistema de justicia penal están más sensibilizados con respecto a sus obligaciones legales, lo cual se refleja en su trabajo cotidiano. Durante las consultas, han dado un paso al frente, presidieron las sesiones e incluso presentaron documentos discutiendo las distintas ideas para prevenir la tortura. También han pedido a abogados de AF documentación relacionada a las prácticas internacionales en la prevención de la tortura. Nuestra presión para incluir los derechos humanos en general y la prohibición de la tortura en particular en el plan de estudios de los cursos de formación de los distintos actores del sistema de justicia penal ha llevado a la inclusión, en los cursos de formación para jueces realizados por la National Judicial Academy, de temas como las normas internacionales contra la tortura y el papel de los jueces en la prevención de la tortura. Como resultado existen jueces que no permiten celebrar audiencias de casos penales en ausencia de los abogados defensores, no extendiendo la prisión preventiva de los detenidos si no se incorporan informes médicos y demás.
Se ha creado un consenso general sobre la necesidad de aprobar una legislación integral criminalizando la tortura, y el gobierno ha desvelado un proyecto de ley con este fin. El compromiso con los medios de comunicación locales y los esfuerzos de concienciación (incluso colgando carteles en las cercanías de las comisarías de policía informando sobre los derechos de los detenidos) también han tenido implicaciones positivas para sensibilizar, tanto a la policía como a la población civil, de los derechos de los detenidos. La policía ha empezado a sentir la presión y a darse cuenta de que no está por encima de la ley y puede ser responsabilizada por los crímenes de tortura que cometa.
A nivel nacional, los esfuerzos de AF han producido una transformación extraordinaria como es la impugnación de las disposiciones legales inconstitucionales que otorgaban poderes judiciales a autoridades cuasi judiciales, incluyendo al Jefe de distrito (Chief District Officer – CDO). El 22 de septiembre de 2011, la Corte Suprema emitió una directiva para revisar el poder cuasi judicial otorgado a los CDOs por diversas leyes incluyendo la Public Security Act de 1970, Arms and Ammunition Act de 1962, y muchas más leyes que daban a los CDO un poder inmenso; esas leyes daban competencia a los CDO en causas penales. Cuestionando la jurisdicción del CDO, Advocacy Forum (AF) interpuso un recurso el 31 de diciembre de 2009. En su fallo, la Sala Especial emitió una orden de revisión de la disposición y también emitió una acción de cumplimiento para su implementación inmediata. Habíamos recusado la jurisdicción del CDO de sentenciar a personas sin un juicio justo. Estábamos preocupados por el inmenso poder otorgado a autoridades administrativas como los CDO, que podían sentenciar a un detenido convicto a una pena de hasta siete años de cárcel en casos concretos, mientras que una autoridad judicial castiga hasta con seis meses de cárcel casos de hurtos menores. Esto es una clara violación del derecho de igualdad de los acusados. Además, los CDOs no poseen ni el conocimiento teórico ni el práctico de la ley, y aun así actúan como jueces.
Tras escuchar los argumentos de AF, la más alta instancia del país entendió que otorgar poderes a los CDO había sin duda, violado el derecho a un juicio justo. La Corte, sin embargo, se abstuvo de declarar tales disposiciones inconstitucionales tal y como había pedido AF, declarando que crearía un vacío legal en ausencia de otros organismos alternativos que asumiesen dicha jurisdicción. En sus directrices, la Corte Suprema ha ordenado al gobierno que forme un comité de investigación compuesto por expertos legales y administrativos para modificar las leyes existentes que otorgan el mencionado poder, y para ello, se entregue un informe antes de seis meses. Siguiendo la orden de la Corte Suprema, el gobierno de Nepal ha empezado su tarea. Ha formado un comité bajo el auspicio de la Oficina del Primer Ministro y ha mantenido reuniones de consulta para revisar los poderes del CDO en 2012. Esto ha resultado en la propuesta del gobierno de modificar una serie de disposiciones legislativas y proporcionar tres meses de formación jurídica intensiva para las autoridades administrativas, incluyendo al CDO.
AF también tomó la iniciativa de redactar borradores de modelos de leyes contra la tortura, liderando una coalición de organizaciones de la sociedad civil. Este borrador fue preparado después de una serie de revisiones y consultas con las víctimas, así como expertos nacionales e internacionales; el modelo de legislación se hizo público el 26 de junio de 2009, junto con un informe sobre la tortura titulado “Criminalizar la Tortura” (ADVOCACY FORUM, 2009). Aparte, la iniciativa ha desempeñado un papel significativo en iniciar un debate sobre la necesidad urgente de adoptar una legislación contra la tortura y otra legislación sobre mecanismos de justicia de transición. El análisis anual de la información recogida en los centros de detención y su presentación proporciona un conocimiento básico del tema de la tortura en Nepal.
La implicación con el tratado de Naciones Unidas y los mecanismos basados en la Carta de Naciones Unidas ha aumentado en Nepal. Incluso una década después de la ratificación del primer Protocolo Facultativo del ICCPR por sus siglas en inglés, no se disponía de la aptitud y el conocimiento necesarios para presentar denuncias ante el Comité de Derechos Humanos. Por tanto, AF ha estado ayudando a los supervivientes de tortura a enviar denuncias individuales al Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (UNHRC por sus siglas en inglés).4 Además de esto, AF ha desempeñado un papel significativo en la reciente investigación confidencial del Comité contra la Tortura (UNITED NATIONS, 2012); presenta denuncias periódicamente al Comité contra la Tortura5 y al Relator Especial contra la Tortura de Naciones Unidas.6 También, AF ha logrado hacer lobby con éxito a las misiones diplomáticas para implementar el control de visados, mediante el cual el país receptor deniega el visado a los perpetradores de violaciones de derechos humanos (incluyendo la tortura) que intentan atender cursos, conferencias, reuniones o por motivos personales (ADVOCACY FORUM; HUMAN RIGHTS WATCH, 2010, p. 10). Asimismo, AF ha sido capaz de repatriar a agentes de seguridad nepaleses involucrados en abusos de derechos humanos de la misión de paz de Naciones Unidas. Impulsada por tales intervenciones internacionales, la iniciativa de AF ha sido capaz de preparar el terreno y abrir nuevas posibilidades en la reducción de la práctica de la tortura en los centros de detención.
AF ha tenido que enfrentarse a numerosas barreras y obstáculos en su cruzada contra la tortura en Nepal. Los desafíos prácticos e institucionales han causado constantes interferencias en su trabajo. En primer lugar, el desafío al que se está enfrentando actualmente AF es la seguridad de sus defensores y abogados. Con la transición política todavía intacta y un continuo deterioro de la situación de la ley y el orden en medio del estado de impunidad prevalente, hay un patrón emergente de amenazas a los abogados. Sometidos regularmente a la intimidación, los abogados de AF están haciéndose cargo de casos de tortura contra oficiales de la policía y luchando contra la impunidad elaborando expedientes de casos contra perpetradores individuales. AF se enfrentó a casos de infiltración en la organización y robos de expedientes, a manos de un miembro del equipo que fue utilizado para calumniar a líderes de la organización y para denunciar irregularidades en la organización para que el gobierno pudiese intimidarla y hostigarla.
AF cree que el acceso de los detenidos a una representación legal en la fase previa al juicio es importante para garantizar juicios justos y prevenir violaciones de derechos humanos en la detención, ya que el personal policial puede coaccionar a los detenidos a firmar confesiones falseadas empleando varios métodos de tortura así como amenazas de represalias. Además, el derecho a consultar a un abogado también está consagrado como un derecho fundamental de la Constitución provisional. Pero cuando los abogados de AF proporcionan asistencia legal a los detenidos en la fase previa al juicio, se vuelven más vulnerables a las agresiones físicas y a la intimidación. AF recibe constantemente informes de sus abogados, a quienes deniegan el acceso a los centros de detención. Esto ocurre sobre todo cuando se denuncian casos de tortura y de detención ilegal. Los intentos recurrentes de la autoridad policial de denegar el acceso de los abogados de AF a los centros de detención constituyen un problema persistente. En otros casos, los abogados de AF y los supervivientes de tortura han sido amenazados para que se abstengan de registrar el First Information Report (FIR) que exige una investigación penal en los casos de violaciones de derechos humanos y el recurso judicial que las víctimas presentan cuando denuncian la falta de investigación en sus casos. Las víctimas también retiran sus casos debido a intimidaciones y amenazas de represalias.
Otro reto al que se ha estado enfrentando AF es la abrumadora naturaleza del trabajo realizado por su equipo; como representar a las víctimas en los tribunales, escuchar sus terribles historias, estar constantemente involucrados en la incidencia política y el lobby y sufrir amenazas reiteradas de agentes estatales y otros grupos; y el perjudicial impacto que esto tiene en su salud mental. AF proporciona a sus abogados y otros miembros asesoría psicosocial.
La inestabilidad política ha sido también objeto de preocupación. Hay una frustración creciente entre las víctimas y los defensores, al constatar que la impunidad sigue sin ser castigada ni sancionada en relación a los crímenes, incluyendo la tortura, cometidos durante el conflicto de Nepal. A pesar de los intentos coordinados de las víctimas y la sociedad civil, los propuestos mecanismos de justicia en transición todavía deben materializarse.
Más importante aún, AF ha sido hostigado asiduamente por el Social Welfare Council (SWC); un órgano del gobierno encargado de regular las organizaciones no gubernamentales. Este Consejo ha hostigado a AF ya sea no aprobando los proyectos de AF o creando obstáculos en la renovación anual de la situación legal de la organización, que es un requisito legal obligatorio para todas las ONGs en Nepal.
Pero el desafío más serio al que se enfrenta AF es mantener el ímpetu de su trabajo contra la tortura. Para llevar a cabo este tipo de trabajo holístico, AF necesita disponer de los recursos adecuados y recibir apoyo continuo a largo plazo, de forma estratégica. En cuanto a la financiación, los caprichos de los donantes han afectado negativamente al trabajo de AF. Un enfoque basado en proyectos a veces puede ser dañino, al perderse el ímpetu en el objetivo principal de prevenir la tortura. Como nuestros esfuerzos pretenden provocar cambios sistémicos, van a necesitar años antes de producir resultados concretos.
La falta de comprensión sobre la naturaleza política del trabajo de los derechos humanos y los riesgos que conlleva también ha creado problemas por parte de algunos socios financiadores. Cuando los socios financiadores cambian de prioridades, a menudo fuerzan a las ONG a que también cambien su prioridad. Los socios financiadores a menudo se olvidan de que su financiación es para corregir el déficit de los derechos humanos en Nepal a través de nosotros y que las ONG son impulsadoras de cambios. No reconocer los años de experiencia y conocimiento del activismo en este ámbito y dar demasiado peso a los “consultores expertos” puede socavar el impacto del trabajo de las ONG. Los socios financiadores también deben ser conscientes de que arrastrar a los activistas y movimientos al marco burocrático que se ha creado en los países en desarrollo y tratar de imponérselo a las organizaciones locales tiene un impacto negativo en la prevención de la tortura y otras violaciones de derechos humanos.
Cuando AF comenzó su trabajo, el país estaba inmerso en una vorágine de conflicto, y la tortura por las fuerzas de seguridad era habitual. Aunque la Comisión Nacional de Derechos Humanos (National Human Rights Commission – NHRC) se estableció entonces, no tenía fuerza, ni estaba preparada, ni tenía los recursos necesarios para tratar con la abrumadora frecuencia de las violaciones de derechos humanos. Otras organizaciones de la sociedad civil estaban ocupadas denunciando violaciones, pero el tema de la tortura se dejó en un segundo plano. En tal escenario, AF tomó la responsabilidad de hacer seguimiento de las instalaciones de detención para prevenir la tortura. Superando el miedo de ser clasificados como rebeldes por las fuerzas de seguridad por ayudar a supuestos terroristas maoístas, los abogados de AF siguieron denunciando la detención ilegal y la tortura e interponiendo recursos de habeas corpus y presentando casos de compensación por tortura.
La estrategia de AF, desarrollada durante el conflicto y el periodo posterior, desempeñó un papel significativo en reducir la práctica de la tortura. Además, la intervención a tres niveles; local, nacional e internacional, ha ampliado el alcance del trabajo a favor de los derechos humanos en Nepal. AF considera que la estrategia desarrollada por la organización también puede ser aplicada en otros contextos, debido a la naturaleza holística de sus intervenciones y a su eficacia.
1. La sección 9 del TADO dispone:
Si hay motivos razonables para creer que una persona debe ser impedida de cometer algún acto que pueda resultar en actos terroristas o perturbadores del orden público, el oficial de seguridad puede emitir una orden para detener a tal persona en cualquier lugar, durante un periodo no superior a los noventa días.
Si parece que se detiene a cualquier persona por un periodo que excede el periodo referido en el apartado (1), el oficial de seguridad puede, con la aprobación de El Gobierno de Su Majestad, Ministro de Asuntos Internos, detener a tal persona por otro período de tiempo no superior a los noventa días.
2. El artículo 27 de la Constitución provisional de Nepal provee:
El derecho contra la tortura: (1) Ninguna persona que se detenga durante una investigación, o para juzgarlo o por cualquier otro motivo será sometido a tortura física o mental, ni se le dará ningún tipo de trato cruel, inhumano o degradante. (2) Cualquier acción de esta naturaleza será, con arreglo a la cláusula (1) punible por ley, y cualquier persona así tratada será compensada del modo determinado por la ley.
3. Cuantitativamente, “Nepal ocupa el sexto lugar entre los países altamente contribuyentes a las misiones de paz de Naciones Unidas en el mundo”, según The Himalayan, 19 de marzo de 2013. Ver http://www.thehimalayantimes.com/fullNews.php?headline=Nepal+Police+in+UN+Peace+Keeping+Operations&NewsID=369951. Visitado el: 25 jul. 2014.
4. Ver: http://advocacyforum.org/hrc-cases/index php. Visitado en: jun. 2014.
5. Ver: http://advocacyforum.org/hrc-cases/index php. Visitado en: jun. 2014.
6. Ibid.
Bibliografía y otras fuentes
Advocacy Forum. 2009. Criminalize Torture. 26 June. Disponible en: http://advocacyforum.org/downloads/pdf/publications/criminalize-torture-june26-report-english-final.pdf. Visitado el: 28 mayo 2014.
________. 2014. Promising Development – Persistent Problems: Trends and Patterns in Torture in Nepal During 2013. June 2014. Disponible en: http://advocacyforum.org/downloads/pdf/publications/torture/promising-development-persistent-problems.pdf. Visitado en: jul. 2014.
ADVOCACY FORUM; HUMAN RIGHTS WATCH. 2010. Indifference to Duty: Impunity for Crimes Committed in Nepal. December, p. 10. Disponible en: http://www.hrw.org/sites/default/files/reports/nepal1210webwcover.pdf. Visitado el: 28 mayo 2014.
ADVOCACY FORUM; REDRESS. 2001. Held to Account: Making the Law Work to Fight Impunity in Nepal. Disponible en: http://www.redress.org/downloads/Nepal%20Impunity%20Report%20-%20English.pdf. Visitado el: 28 mayo 2014.
UNITED NATIONS. 2004. Office of the High Commissioner for Human Rights. Manual on Effective Investigation and Documentation of Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment. Disponible en: http://www.ohchr.org/Documents/Publications/training8Rev1en.pdf. Visitado el: 28 mayo 2014.
________. 2012. General Assembly. Report of the Committee Against Torture. UN Doc. A/67/44. Disponible en: http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=A%2f67%2f44&Lang=en. Visitado el: 28 mayo 2014.
Jurisprudencia
NEPAL. 2007. Supreme Court. Ghimire & Dahal v. the Government of Nepal, 17 December.