Perspectivas

Derechos humanos y cambios sociales en Angola

Maria Lúcia da Silveira

+ ARTICLES

RESUMEN

En este artículo, la autora hace un repaso de los recientes desafíos al movimiento de derechos humanos en Angola en el periodo de posguerra. En el ámbito nacional, pese a la aprobación en 2010 de la nueva Constitución, el gobierno continúa persiguiendo a los defensores de derechos humanos. La autora relata, especialmente, restricciones al ejercicio del derecho de reunión y de manifestación en Angola. En el ámbito internacional, organizaciones de la sociedad civil angoleña han utilizado instrumentos internacionales para hacer presión con el fin de lograr un mayor respeto a los derechos humanos por parte del gobierno. Por último, se argumenta que, incluso en un contexto hostil, como el angoleño, los derechos humanos constituyen un lenguaje eficaz para producir cambios sociales, principalmente si se utilizan como instrumento de presión externa para que el gobierno los cumpla en el ámbito nacional, así como cuando hay grandes movimientos sociales capacitados en materia de derechos humanos. Pese a los desafíos que enfrentan los defensores de derechos humanos, la autora argumenta que la idea de una Angola más justa e igual para todos mantiene viva la voluntad de luchar por el cambio social.

Palabras Clave

| | |

• • •
01

1.  Introducción

Los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos angoleños están garantizados constitucionalmente. Hay muchos instrumentos jurídicos de protección de los derechos humanos en el ámbito nacional, así como tratados internacionales incorporados en el orden jurídico nacional. Sin embargo, la práctica ha demostrado que esos documentos, por sí solos, no garantizan el respeto a esos derechos. Varios factores explican ese hecho.

En primer lugar, en Angola predomina aún la idea de que los derechos humanos son incompatibles con las diferencias étnicas, culturales y religiosas. Además, la violación de derechos es una de las formas que el poder político encuentra para imponerse, inhibir la participación ciudadana y, así, cimentar y perpetuar el poder como la principal traba al proceso de democratización del país.

Debido a los treinta años de guerra civil por el que atravesó el país, todo análisis de los problemas sociales se hace desde dos puntos de vista: el del partido en el poder y el de los partidos en la oposición. Así, los activistas de derechos humanos y de la lucha por la igualdad en Angola son etiquetados como simpatizantes de algún partido político opositor, y suelen ser vistos, en general, como “contrarios” al gobierno y al servicio de potencias extranjeras. En otras palabras, se ha implementado en Angola una cultura político-partidaria hostil a la conciencia cívica para la defensa de los derechos humanos. El problema de esa situación es que siempre habrá alguien dispuesto a juzgar todo lo que se hace con la misma ferocidad con que se enfrenta a los adversarios políticos, aunque la intención de los defensores de derechos humanos sea solo criticar algo que está mal y apuntar el mejor camino a seguir para la satisfacción y protección del interés común. Nos convertimos en policías unos de otros, y así se pierde el foco de lo que realmente interesa, que es la lucha por la democratización del país y, consecuentemente, por mayor respeto y tolerancia en materia de derechos humanos.

Sin embargo, incluso en ese contexto hostil, los derechos humanos son un lenguaje eficaz para producir cambios sociales, principalmente si se utilizan como instrumento de presión externa para que el gobierno los cumpla en el ámbito nacional. Presento a continuación mis argumentos analizados desde la perspectiva de defensora de derechos humanos.

02

2.  Avances en la ley, retrocesos en la práctica

La nueva Constitución angoleña, que revocó la Ley constitucional de 1992, fue aprobada en 2010. La nueva Carta Magna introdujo cambios legislativos positivos, sobre todo en lo referente a los derechos y las libertades básicas de los ciudadanos. Por ejemplo, mientras que la Ley Constitucional tenía 35 artículos, la Constitución actual tiene 59. Hay que decir también que el actual texto constitucional está mejor organizado en cuanto a las generaciones de derechos. Sin embargo, se trata solo de una observación técnica que no es más que una mera disposición e integración decorativa, pues entre los derechos constitucionalmente consagrados y su aplicación real hay un abismo que los separa.

El gobierno sigue persiguiendo a los defensores de derechos humanos y continúan produciéndose secuestros y asesinatos de activistas y adversarios políticos. Así, cabe concluir que, pese a los avances en la ley, la práctica se estancó en el tiempo, por no hablar de los ámbitos en que se ha producido un manifiesto retroceso. Por ejemplo, actualmente resulta aún casi imposible ejercer el derecho de reunión y manifestación, garantizado constitucionalmente a los ciudadanos,* aunque la policía y los órganos de la administración del Estado aceptan de buen grado ese derecho si tales actos son iniciativa del partido en el poder o de grupos afines a él. También continúa siendo una práctica corriente la detención arbitraria de personas cuyas ideas chocan con los intereses de miembros del partido en el poder. La policía angoleña tiene la misión de mantener el orden, la seguridad pública y garantizar los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas consagrados en la Constitución, pero, en cambio, ese órgano del Estado con frecuencia sigue intimidando, empleando la fuerza y armas de fuego contra los ciudadanos, efectuando detenciones y arrestos sin cumplir los procedimientos legales, y practicando tortura y tratamientos crueles y degradantes contra los ciudadanos que se manifiestan de forma pacífica y sin armas. Estas prácticas al margen de la ley han ido generalmente acompañadas de detenciones y de la criminalización de periodistas que informan de ellas.

Un ejemplo reciente de esa contradicción entre legislación y práctica dio inicio el 3 de septiembre de 2011 (CLUB-K, 2011), cuando un grupo de jóvenes salió a la calle para manifestarse pacíficamente contra la manera antidemocrática con la que se ha conducido el destino del país. Agentes de la Policía Nacional utilizaron la fuerza de forma desproporcionada y detuvieron arbitrariamente a 18 manifestantes. El día 12 de aquel mes, menos de diez días después de su detención, los jóvenes fueron juzgados sumariamente. Cinco de los organizadores de la manifestación fueron condenados a tres meses de prisión y al pago de una fianza de 1 400 dólares por supuestos crímenes de desobediencia, resistencia y “ofensas corporales”. Además de las violaciones de derechos durante la represión a esa protesta y el juicio sumario de los jóvenes, las autoridades volvieron a restringir el derecho de reunión y manifestación dos semanas después, cuando otros 80 jóvenes salieron a la calle a pedir la liberación de los condenados. En aquella ocasión, según los manifestantes, agentes de los servicios de inteligencia del Estado se infiltraron en el lugar de la concentración, junto al cementerio de Santa Ana, en Luanda. La marcha fue bloqueada por agentes de la Policía Nacional veinte minutos después, a unos 800 metros del lugar de partida, en los alrededores del mercado de los congoleses, donde permanecieron más de tres horas.

Otro ejemplo tuvo lugar en 2013. Diversos manifestantes organizaron una protesta el día 19 de septiembre contra lo que denominaron, según los reportajes, “régimen autoritario del presidente José Eduardo dos Santos”. En aquella ocasión, siete personas fueron arrestadas y tres periodistas que cubrían su liberación fueron agredidos y detenidos por la policía.

Policías de la Unidad de Intervención Rápida angoleña cercaron, junto a la entrada de un tribunal en Luanda, a los periodistas Rafael Marques de Morais, editor de la web de noticias independiente Maka Angola, Coke Mukuta, freelance de la emisora Voz da América, financiada por el gobierno norteamericano, y Alexandre Neto. Según Rafael Marques de Morais (MORAIS, 2013), los policías ordenaron que los periodistas se tumbaran en el suelo y, a continuación, les amenazaron a gritos y les patearon repetidamente. Marques de Morais dijo que le golpearon en la cabeza con un objeto no identificado. Alexandre Neto declaró que los policías los metieron en un coche y los llevaron a la comisaría de policía, de donde fueron liberados con un pedido de disculpas tras cinco horas de detención. Rafael Marques afirmó que la policía le devolvió el equipo que le había sido confiscado, excepto su cámara, que valía unos 2 000 dólares, porque había sido destruida. Pese a la agresión de que fueron víctimas, los periodistas no informaron haber sufrido heridas físicas de consideración. La brutalidad de la policía angoleña tuvo la clara intención de intimidarlos e impedir que se informara acerca de las acciones llevadas a cabo durante las manifestaciones.

Mientras Angola ratificaba en Nueva York la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y el respectivo Protocolo Facultativo, el día 24 de septiembre de 2013, la policía torturaba a ciudadanos angoleños que ejercían su derecho de reunión y manifestación pacíficas consagrado en la Constitución de la República de Angola.

03

3.  Acción internacional

La eficacia de los derechos humanos para producir cambios sociales está íntimamente relacionada con la eficacia del sistema judicial para hacer efectivos esos derechos. De la misma forma que no dejamos de recurrir a la justicia, aunque no siempre sea justa, para la resolución de los conflictos sociales, en cuanto defensora de derechos humanos en Angola, estoy convencida de que el enfoque de derechos humanos es aún el mejor instrumento que tenemos para lograr cambios sociales, en particular una mayor libertad de expresión, acceso a la justicia y a derechos, una libertad de reunión y manifestación más amplia y muchos otros derechos garantizados constitucionalmente y en tratados internacionales de que Angola es signataria.

En otras palabras, el lenguaje de derechos humanos es, sin duda, un lenguaje eficaz para generar cambios sociales, siempre y cuando sepamos utilizarlo en función de cada contexto. Para hacerlos efectivos, es necesario que los grandes movimientos sociales estén capacitados, por un lado, para hacer pedagogía con vistas a habituarnos al ejercicio de los derechos y, por otro, para ejercer presión con el fin de causar cambios de conducta en los poderes instituidos, que normalmente son los grandes protagonistas de las violaciones de derechos humanos al no hacer valer la fuerza de la ley y del derecho.

Una de las vías que han utilizado las organizaciones de la sociedad civil angoleña para hacer presión en pro de un mayor respeto a los derechos humanos por parte del gobierno es la vía internacional, mediante informes periódicos al mecanismo de Examen Periódico Universal de la ONU y de la Comisión Africana y de denuncias a la comunidad internacional.

Angola es actualmente una de las grandes potencias económicas de África y ha sido citada muchas veces como ejemplo para la paz y la reconciliación nacional en otros países, lo cual ha sido utilizado por el gobierno para promocionar su imagen en el extranjero. Como en el contexto de derechos humanos aún queda mucho por hacer, habida cuenta de las violaciones sistemáticas que se producen, diversas organizaciones angoleñas de defensa de esos derechos han intensificado sus acciones de promoción y defensa de los derechos humanos más allá de sus fronteras. Las organizaciones más eficaces en esta labor no tienen más de quince años, pues nacieron durante la guerra. El enfoque de derechos humanos en un contexto de guerra es menos eficaz, aunque tampoco es el mismo, que en tiempos de paz. Aun así, hemos notado, aunque tímidamente, que algo tiende a cambiar en el ámbito de los derechos humanos, pues los ciudadanos son cada vez más conscientes de la importancia de que ellos mismos sean los grandes protagonistas de la promoción y defensa de sus derechos.

La estrategia de las organizaciones de la sociedad civil ha consistido en hacer acto de presencia en los foros regionales e internacionales denunciando los casos de violación sistemática de los derechos humanos. Angola, por ejemplo, es Estado Parte de la Comisión Africana de Derechos Humanos, desde que se creó el 12 de junio de 1989, pero solo empezó a enviar informes sobre buenas prácticas en materia de derechos humanos en 2007, fecha en la cual las organizaciones angoleñas de defensa de derechos humanos se convirtieron en miembros observadores ante la Comisión y empezaron a mandar informes sobre la situación de los derechos humanos en el país. Eso sirvió de elemento de presión para que el gobierno también enviara sus informes sobre buenas prácticas en materia de derechos humanos.

Actualmente, Angola cuenta con una secretaría de Estado para los Derechos Humanos, el Ministerio de Justicia ha sido rebautizado como Ministerio de Justicia y de los Derechos Humanos, y se ha instituido una defensoría de la Justicia. Aunque estas instituciones sean aún bastante incipientes en la promoción y defensa de los derechos y garantías fundamentales de los ciudadanos, conviene recordar que surgieron gracias al lenguaje de derechos humanos, que fue usado por la sociedad civil como herramienta para generar cambios sociales mediante su trabajo de educación cívica, incidencia y lobby ante diversos mecanismos internos y externos de derechos humanos, así como la creación de alianzas con el gobierno para dar respuesta a los diversos casos de violación y de intolerancia política que fueron surgiendo en el país.

04

4.  Conclusión

Cuando en 2002 se firmó el Memorando de Entendimiento de Luena-Moxico, entre el gobierno y la Unión Nacional para la Independencia Total de Angola (UNITA), todos los angoleños ansiaban dejar atrás las atrocidades de la guerra. Sin embargo, había una cierta resistencia por parte del partido en el poder a concentrarse en la consolidación de la democracia y en el respeto a los derechos fundamentales de los ciudadanos. En lugar de eso, prefería relatar los males de la guerra y usaba eso como justificación para no hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales, así como los derechos civiles y políticos de los ciudadanos. En un determinado momento, el presidente de la república llegó incluso a decir en uno de sus discursos que “los derechos humanos no llenan la tripa”, pero la sociedad civil entendía que era el momento de dejar atrás las marcas de la guerra y seguir adelante rumbo al desarrollo y a la democratización del país con la participación de todos.

Todo el trabajo llevado a cabo por la sociedad civil, por las iglesias y por la comunidad internacional llevó al gobierno de Angola a replantear sus posiciones. Entre las diversas repercusiones positivas de ese hecho se cuentan la candidatura a miembro no permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU), la invitación a los diversos relatores de la ONU a visitar Angola para constatar la situación de derechos humanos en el país, así como el examen periódico al que está sujeto Angola en el ámbito del Consejo de la ONU y de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, confirmando una apertura hacia el cumplimiento de las responsabilidades asumidas ante los mecanismos de derechos humanos regionales e internacionales. Por eso mismo, no cabe duda de que el lenguaje de derechos humanos es, ciertamente, un lenguaje eficaz para generar cambios sociales. Se han creado las condiciones materiales para hacer avanzar ese valioso “instrumento”; ahora solo queda que profundicemos las condiciones subjetivas o la perspicacia de los actores y movimientos sociales para que estos sean verdaderos agentes impulsores de cambios sociales y de influencia ante los políticos y los poderes legalmente instituidos, con vistas al logro del bien común.

• • •

Notas

* “Se garantiza a todos los ciudadanos la libertad de reunión y de manifestación pacífica y sin armas, sin necesidad de autorización previa y en los términos de la ley” (Derechos políticos, art. 47º, n.º 1 de la Constitución de la República de Angola).

• • •

Referencias

Bibliografía y otras fuentes

CLUB-K. 2011. Repressão policial contra estudantes Universitários. Club-K.Net, 03 Set. Disponible en: http://club-k.net/index.php?option=com_content&view=article&id=8673:cronologia-da-manifestacao-de-3-de-setembro-video&catid=11:foco-do-dia&Itemid=130. Visitado el: 1 ago. 2014.

MORAIS, Rafael Marques de. 2013. Jornalistas Apresentam Queixa Contra Polícia. Maka Angola, 30 Set. Disponible en: http://www.makaangola.org/index.php?option=com_content&view=article&id=9754:english-jornalistas-apresentam-queixa-contra-policia&catid=2:uncategorised&lang=pt. Visitado el: 1 ago. 2014.

Maria Lúcia da Silveira

Maria Lúcia da Silveira es miembro fundadora y directora administrativa de la Associação Justiça, Paz e Democracia (AJPD), una organización angoleña, de ámbito nacional, constituida legalmente en el año 2000 y cuyos objetivos son contribuir a la participación activa, consciente y responsable de los ciudadanos angoleños en el proceso de consolidación del Estado democrático y de derecho, de la paz, del desarrollo y del respeto a los derechos humanos en Angola. Además, la AJPD ha buscado investigar, documentar y denunciar situaciones de violación de derechos humanos en Angola.

Email: ltumelo@gmail.com

Original en portugués. Traducido por Fernando Campos Leza.

Recibido en marzo de 2014.