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Minorías democráticas en democracias del siglo XXI

Pedro Abramovay y Heloisa Griggs

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RESUMEN

Existe un creciente debate y entusiasmo en el mundo para repensar las relaciones ciudadanas con los poderes legislativos y ejecutivos, como resultado de la brecha existente entre las instituciones democráticas del siglo IXX y las sociedades del siglo XXI. Hay un potencial importante para transformar y expandir la participación democrática a través de nuevas herramientas y abordajes. Sin embargo, esto no está exento de riesgos, ya que las mayorías democráticas pueden abusar de su poder y oprimir a las minorías democráticas. El debate sobre la necesidad de repensar al poder judicial y otros mecanismos para salvaguardar los derechos de las minorías democráticas, está menos avanzado. Varias organizaciones de derechos humanos e individuos están pensando activamente en cómo deberían ser los nuevos frenos y controles para promover los derechos de las minorías democráticas en las sociedades del siglo XXI. Aún así, existe una significativa resistencia en el campo de los derechos humanos a revisar los abordajes y las estructuras existentes para la protección de los derechos humanos. Si bien es entendible la aprensión basada en que un cambio en la forma en la que pensamos, hablamos y promovemos los derechos humanos puede debilitar los mecanismos existentes, estos cambios y pruebas serán fundamentales para poder avanzar en los derechos de las minorías democráticas en las sociedades del siglo XXI.

Palabras Clave

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Cuando cientos de miles de personas tomaron las calles de Brasil el año pasado, una de las frases más comunes fue “queremos ser escuchados”. Más allá de Brasil, las protestas recientes, en diferentes lugares del mundo, han demandado respuestas de parte de los gobiernos y expresado rechazo a “la política de siempre”, demostrando una extendida frustración e impaciencia con la opacidad e impermeabilidad del sistema político en sí mismo (>KRASTEV, 2014, p. 21). El uso de las redes sociales fue esencial en la planificación y explosiva expansión de las protestas, permitiendo que individuos se unan a otros individuos y presionen por un cambio de manera directa. Más allá de las protestas masivas que hoy pueden ser organizadas simultáneamente en diversas ciudades, existe un amplio rango de herramientas, como analizaremos a continuación, que permiten que los individuos puedan monitorear, cuestionar, e involucrarse con los gobiernos de formas que eran inconcebibles hasta hace poco tiempo atrás.

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1.  Instituciones democráticas del siglo IXX y sociedades del siglo XXI

La principal innovación de las democracias modernas no fue establecer instituciones que representen a las mayorías, algo que la democracia antigua ya había experimentado hace mucho, sino diseñar instituciones que permitieron la incorporación de las minorías en el debate público. Los fundadores de Estados Unidos tenían la preocupación de que las mayorías podrían abusar de sus poderes para oprimir a las minorías, aún reconociendo que el gobierno de la mayoría era necesario para representar la voluntad popular. Alexis de Tocqueville estaba sorprendido por la habilidad de la democracia de EEUU para controlar la tiranía de las mayorías. Las democracias modernas reconocieron los derechos humanos fundamentales, como con la Ley de Derechos de EEUU, y establecieron poderes judiciales independientes para controlar los brazos Ejecutivo y Legislativo.

Por supuesto que en realidad las instituciones del siglo IXX fueron diseñadas para proteger el poder de los propietarios masculinos de descendencia europea. Sin embargo, el diseño de estas instituciones creó un marco y un discurso sobre la protección de las minorías, que facilitó los avances significativos en derechos durante el siglo XX. En concordancia, un aspecto central de las democracias modernas fue la habilidad para combinar el sufragio universal con mecanismos de frenos y controles para proteger los derechos humanos.
Tanto los mecanismos para representar a la mayoría, como los que integran las perspectivas de las minorías democráticas fueron diseñados para sociedades que eran completamente diferentes a las que tenemos hoy. Cuando las instituciones modernas fueron diseñadas, las sociedades estaban moldeadas por la Revolución Industrial, con estructuras jerárquicas y sistemas de representación de grupos mayoritarios y minoritarios comparativamente estáticos.

Nuestras sociedades del siglo XXI cambiaron drásticamente, con una capacidad tremenda de intercambio de información y comunicación entre los ciudadanos. Los individuos tienen un mayor número de identidades y membresía en diversos grupos. La velocidad de los cambios tecnológicos ha contribuido al declive de las estructuras de poder tradicionales. Las estructuras de poder concebidas en el siglo IXX están debilitándose y siendo reducidas en un amplio rango de áreas, incluyendo a la política, los negocios, la guerra, la religión, la cultura, la filantropía y el poder de los individuos (>NAÍM, 2013).

Los poderes Ejecutivo y Legislativo de nuestras democracias fueron diseñados en un tiempo en que parecía factible pensar que la principal interacción de los ciudadanos con los gobiernos sería decidir la elección o re-elección de funcionarios, cada algunos años. Sin embargo, con el ritmo intenso con el cual hoy generamos, recibimos y nos relacionamos con la información, las personas pueden y quieren hacer mucho más que controlar el progreso del gobierno cada algunos años. Esta desconexión significativa entre las instituciones democráticas del siglo IXX y las sociedades del siglo XXI es un fenómeno al cual los gobiernos alrededor del mundo no se han adaptado.

Como resultado de la cada vez más evidente brecha entre las instituciones democráticas del siglo IXX y las sociedades del siglo XXI, se está desarrollando un consenso en diversas partes del mundo sobre la necesidad de repensar las relaciones ciudadanas con los poderes legislativo y ejecutivo. Existe un potencial significativo para transformar y extender la participación democrática a través de nuevas herramientas y abordajes. Aún así, no hay todavía claridad sobre cómo se verían estos cambios (o incluso una agenda de reforma institucional para generarlos).

Las condiciones para probar nuevos modelos de participación democrática que puedan catalizar el debate global sobre la naturaleza de las instituciones democráticas y la relación Estado-sociedad civil varían sustancialmente, estando América Latina particularmente bien posicionada. Las nuevas democracias de la región, relativamente estables, han experimentado en la última década reducciones históricas en la pobreza, y las expectativas de los ciudadanos han aumentado en la mayor parte de la región, así como también en otras economías emergentes alrededor del mundo (>FUKUYAMA, 2013). Más de la mitad de la población de América Latina tiene menos de treinta años, y estos jóvenes adultos son la primera generación que crece bajo gobiernos democráticos. Si bien la democracia ha echado raíces y avanzado en muchas partes del Sur Global, la cultura y las instituciones democráticas son relativamente jóvenes y todavía maleables comparadas con las democracias más estáticas de Estados Unidos y la mayor parte de Europa. Con el crecimiento económico de la región, acompañado por una creciente influencia global, América Latina está en una posición que le permite determinar su propio futuro, en lugar de ser principalmente formateado por actores y eventualidades externas.

Las grandes protestas en Brasil y otras partes, pueden significar que actores claves de gobiernos estén más abiertos a reconsiderar el diseño de los procesos institucionales. El reto actual es transformar la reciente explosión de participación ciudadana en compromiso ciudadano para moldear nuevas políticas, procesos e instituciones. Con la creciente atención puesta en los cambios de comportamiento, cultura política y procesos institucionales, las tecnologías de la información y la comunicación, pueden ofrecer canales para la participación ciudadana con los gobiernos y reforzar la capacidad de respuesta gubernamental. Este es un momento oportuno para experimentar reformas que hagan a las democracias más efectivas y abiertas a la participación ciudadana.

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2.  Minorías democráticas en el siglo XXI

Expandir la participación democrática en América Latina o en otros lugares del mundo no está libre de riesgos, ya que las mayorías democráticas pueden abusar de su poder y oprimir a las minorías democráticas. Las minorías democráticas pueden incluir a grupos raciales, étnicos, nacionales, de género, religión o de otras minorías con poco poder o con poca representación relativa, frente a otros grupos en la sociedad. Las minorías democráticas no son una categoría fija, y pueden comprender a diferentes grupos de personas dependiendo de la temática, cambiando con el tiempo, como fue en el caso de las iniciativas para reformar las políticas de drogas. En algunas instancias, como con los derechos de las mujeres, los grupos pueden constituir mayorías en términos de números absolutos en una sociedad, pero aún así ser minorías democráticas como resultado de la falta de influencia relativa a otros grupos en la democracia.
Existe un importante debate y entusiasmo público para repensar las relaciones entre ciudadanos y los poderes legislativo y ejecutivo, como resultado de la brecha entre la sociedad del siglo XXI y las instituciones democráticas del siglo IXX (>ITO, 2003). Por el contrario, la discusión sobre la necesidad de revisar el poder judicial y otros mecanismos contra-mayoritarios para salvaguardar los derechos de las minorías democráticas está mucho menos avanzado. Diversas organizaciones de derechos humanos están comenzando a pensar como serían los nuevos tipos de controles y chequeos para promover los derechos de las minorías democráticas en las sociedades del siglo XXI. Sin embargo, más allá de la pobre actuación de las instituciones responsables de salvaguardar los derechos de las minorías democráticas, la mayor parte del campo de derechos humanos no parece ansioso por revisar las normas y mecanismos existentes sobre derechos humanos.

Como resultado de los esfuerzos para debilitar o retraer avances en derechos humanos, en muchas partes del mundo hoy, muchos en el campo de derechos humanos se preocupan con que un cambio sustancial en los abordajes, lenguaje y estructuras podría debilitar y socavar los marcos existentes de derechos humanos. Por ejemplo, durante el proceso de reforma de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos entre 2011 y 2013, miembros de la Organización de los Estados Americanos presentaron un cúmulo de retos existentes y preguntas relevantes para la discusión. Sin embargo, las propuestas presentadas durante el proceso de reforma por parte de algunos Estados miembros, fueron percibidas como esfuerzos para debilitar y limitar la autonomía de la Comisión Interamericana, posicionando a muchos defensores de la Comisión Interamericana a la defensiva y limitando la posibilidad de una debate franco y constructivo sobre estos retos.

Aún así, es precisamente por los cambios significativos que se están llevando a cabo en las democracias actuales y en el balance de poder global, que necesitamos experimentar con nuevas estrategias y mecanismos para avanzar en los derechos de las minorías democráticas. Como campo, estamos normalmente enfocados en mejorar esfuerzos del pasado, y a veces más orientados a mirar hacia atrás que hacia adelante. Nuestra respuesta a la pregunta que SUR 20 propone sobre si los derechos humanos son todavía un lenguaje efectivo para producir el cambio social es un sí contundente, siempre y cuando tengamos la predisposición de contemplar cambios significativos para los abordajes y estructuras de derechos humanos existentes. Esta conversación sobre y experimentación con nuevos abordaje e instituciones para avanzar en los derechos de las minorías democráticas puede aparecer por momentos en desacuerdo con mucho de lo que pensamos como normas y procesos centrales en derechos humanos, pero va a ser esencial para la continua relevancia e influencia del campo.

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3.  Experimentando con nuevos abordajes para avanzar en los derechos de las minorías democráticas

Poner al día los frenos y controles de las instituciones democráticas del siglo IXX para hacerlos relevantes en las sociedades del siglo XXI, puede implicar tanto pequeños ajustes como revisiones sustanciales del rol y tareas de estas instituciones. Concretamente, ¿a qué tipo de experimentación con nuevos mecanismos y estrategias para avanzar en los derechos de las minorías democráticas nos estamos refiriendo?

3.1  Poderes judiciales nacionales

En el contexto nacional, los poderes judiciales son las instituciones contra-mayoritarias centrales, responsables de proteger los derechos de las minorías democráticas. Basados en la premisa de que preservar la independencia judicial y la capacidad de actuar como control sobre los poderes Ejecutivo y Legislativo requiere el aislamiento de la opinión pública y de toda influencia, los poderes judiciales son usualmente más reservados y menos transparentes que otros poderes del Estado. Por ejemplo, una reciente evaluación de la implementación de la ley de acceso a la información por parte de los tres poderes del gobierno en Brasil, mostró que el poder judicial era el más rezagado en la implementación (>MONITORAMENTO…, 2014, p. 56). En lugar de posibilitar que el poder judicial avance en los derechos de minorías democráticas, los esfuerzos por aislarlo de la opinión pública y del escrutinio público tienden a hacer al poder judicial menos transparente, receptivo y accesible.

Al mismo tiempo, más allá del diseño constitucional direccionado a que el poder judicial actúe como control sobre la voluntad popular, parece que la justicia está usualmente influenciada por la opinión pública. En Estados Unidos, por al menos setenta años, la opinión pública ha influenciado a la Corte Suprema y las dos se han alineado en el tiempo, aún cuando la Corte Suprema se adelante al público en algunos casos o se retrase en otros (>FRIEDMAN, 2009, p. 14-15). El público y los representantes electos han presionado a la Corte Suprema en diferentes momentos, y los jueces de la Corte Suprema han reconocido la dependencia de la Corte Suprema respecto a la opinión pública (>FRIEDMAN, 2009, p. 370-371).

Alrededor del mundo se están llevando a cabo debates acerca de la interacción y frecuente afirmación de la relación entre la Corte Suprema y la opinión pública. Por ejemplo, un debate similar sobre la relación entre la Corte Suprema y la opinión pública se está dando en Brasil, con argumentos en apoyo a que la opinión pública sea incorporada en las deliberaciones de la Corte Suprema, resaltando la importancia de esta relación, para la legitimidad de una Corte Suprema en la democracia (>FALCÃO, 2012).

Las herramientas de información y comunicación del siglo XXI han acelerado las formas en las que la opinión pública puede influenciar al poder judicial. En lugar de continuar pretendiendo que podemos y debemos aislar al poder judicial de la opinión pública, deberíamos reconocer esta relación y explorar su significado para avanzar en los derechos de las minorías democráticas. Experimentar con formas de interacción del público con el poder judicial puede ser más fácil en las democracias del Sur Global, donde los poderes judiciales son más nuevos y quizás menos reacios al cambio.

Por ejemplo, se ha producido un debate en diversos países sobre si los procesos de la Corte Suprema deberían ser televisados. En Estados Unidos, se ha producido un importante debate público sobre la televisación de los procesos de la Corte Suprema, con argumentos que apoyan los beneficios, en términos de mayor transparencia y de interacción del público con la Corte Suprema, y propuestas legislativas para fomentar o requerir la televisación de los procesos de la Corte Suprema (>YOUR REALITY…, 2010; CHEMERINSKY, 2014). Sin embargo, el argumento que la televisación de la Corte Suprema podría amenazar la independencia judicial parece triunfar por ahora, más allá del importante apoyo público para televisar los procesos de la Corte Suprema (>MAURO, 2010).

En contraste, en Brasil el poder judicial creó “Justicia TV” en 2002. Luego de una controversia inicial acerca de la televisación de los procesos judiciales, con preocupación de que la transmisión de los procesos en vivo influiría en las decisiones legales, todas las audiencias de la Corte Suprema comenzaron a ser televisadas en vivo. “Justicia TV” tuvo el objetivo de incrementar la comunicación y el entendimiento con el público en general, y en los últimos años ha habido un importante incremento en el interés y debate público sobre las decisiones de la Corte Suprema. Se está produciendo un debate y experiencia significativa sobre la televisación de los procedimientos de las Cortes alrededor del mundo, y ciertamente, estas innovaciones no van a ocurrir sólo en el Sur Global, pero este es un ejemplo interesante sobre cómo quizás sea más fácil probar diferentes abordajes, en poderes judiciales en democracias más nuevas.

Al discutir acerca de la televisación de los procesos de la Corte Suprema, estamos ciertamente discutiendo si deberíamos alinear al poder judicial con la tecnología del siglo XX, en vez de formas mucho más interactivas de comunicación disponibles en la actualidad, pero esto en sí mismo demuestra la resistencia al cambio dentro del poder judicial. El tema de la televisación de los procedimientos de la Corte Suprema es sólo un pequeño ejemplo que muestra que cada vez más tiene sentido reconocer la influencia de la opinión pública sobre los poderes judiciales, e incorporar esto en nuestras estrategias para promover los derechos de las minorías democráticas. Hay ciertamente muchas nuevas formas de ajustar y modificar la forma en que operan los poderes judiciales. Algunas de estas van a incorporar las posibilidades para la participación pública actuales y ayudar al avance de los derechos humanos.

3.2  Mecanismos internacionales de derechos humanos

En el contexto internacional existen oportunidades importantes de cambio para mecanismos internacionales de derechos humanos, de manera tal que los haga más receptivos a los retos en derechos humanos del siglo XXI, y más efectivos en el avance de los derechos de las minorías democráticas. En el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, que es el sistema regional de derechos humanos que seguimos más de cerca, la Comisión Interamericana está bien posicionada para experimentar con nuevas formas de interacción con los gobiernos y la sociedad civil para enfrentar los retos actuales a los derechos humanos.

Si bien la Comisión Interamericana tiene funciones tanto decisorias como políticas más amplias, normalmente ha enfocado mucha de su atención en su rol de recibir, analizar y realizar recomendaciones sobre peticiones individuales. Con respecto a los pedidos individuales, están siendo debatidos o probados importantes cambios posibles en los procedimientos actuales, tales como la consolidación de casos que involucren gran similitud de hechos fácticos o legales; o, más controversialmente, priorizar casos (>OROZCO, 2014). Estas modificaciones podrían ayudar a la Comisión Interamericana a reducir el número sustancial de casos pendientes, lo que ha afectado considerablemente su capacidad de cumplir con su rol central.

Aún así, las posibilidades de que la Comisión Interamericana expanda y desarrolle su rol en políticas públicas es la oportunidad más interesante para que la Comisión Interamericana incremente su impacto y su habilidad de avanzar en los derechos de las minorías democráticas en América Latina y el Caribe hoy. Por supuesto, la Comisión Interamericana ha tenido ya un impacto sustancial en materia de políticas en la región, a través de sus funciones no procesales en el pasado, como en el caso de la reconocida visita a Argentina en 1979 (SIKKINK, 2011, p. 65-66). Sin embargo, los abordajes más efectivos para que la Comisión Interamericana pueda influenciar los resultados en derechos humanos en el contexto de las actuales democracias imperfectas, pero en evolución, van a ser ciertamente diferentes a los abordajes adoptados en el pasado, en un período en el cual muchos de los gobiernos del hemisferio eran dictaduras.

El creciente compromiso de la Comisión Interamericana con diferentes áreas de los gobiernos nacionales, apuntalando a los líderes de esos gobiernos o instituciones interesados en el avance de los derechos de las minorías democráticas, puede contribuir a promover los derechos en el lugar, de formas que las peticiones individuales no lo logran, y llevan a cambios políticos más amplios y estructurales. Mientras las peticiones son esencialmente formas de interactuar con gobiernos de una manera antagónica (excepto en el caso de acuerdos amistosos), el compromiso de la Comisión Interamericana con los gobiernos a través de la colaboración en cuestiones de derechos humanos de interés mutuo, incluyendo visitas, asistencia técnica, y proyectos conjuntos, puede ayudar a reforzar la implementación de normas de derechos humanos a nivel nacional y local.

Esto no significa que no habrá retos en un abordaje más colaboracionista con los gobiernos en el hemisferio, y presumiblemente preocupaciones de algunos actores del campo de derechos humanos, respecto a la capacidad de la Comisión Interamericana de mantener su independencia. Sin embargo, de la misma forma que organizaciones de derechos humanos se involucran cada vez más con los gobiernos para construir agendas de políticas en derechos humanos, a la vez que se mantienen críticas e independientes, la Comisión Interamericana también puede beneficiarse enormemente con este abordaje sobre su relación con los gobiernos del hemisferio.

El cambio significativo implicará reformas complejas de políticas públicas y no sólo reparaciones de corto plazo. La Comisión Interamericana ya tiene experiencia suficiente para generar relevantes reformas de políticas, como en el caso de Maria da Penha, donde la Comisión Interamericana concluyó que la violación de los derechos de Maria da Penha fue parte de un patrón de discriminación que involucraba la justificación de la violencia doméstica contra las mujeres en Brasil (>INTER-AMERICAN COMMISSION ON HUMAN RIGHTS, Maria da Penha v. Brazil, 2001). La decisión de la Comisión Interamericana, en conjunto con el apoyo de la sociedad civil y el compromiso del gobierno, contribuyó a la promulgación de la “Ley Maria da Penha” (Ley número 11.340/2006) y la adopción de otras políticas públicas para lidiar con la omisión y tolerancia relativa a la violencia doméstica contra mujeres. Construyendo a partir de las experiencias previas de influencia en políticas de derechos humanos en el hemisferio, la Comisión Interamericana debe ser elogiada por su actual deliberación y discusión sobre cómo extender y reforzar esta función de política pública. Con suerte, el campo de derechos humanos de la región podrá apoyar a la Comisión Interamericana en el replanteamiento de este aspecto de sus funciones.

Tanto en el contexto nacional como en el internacional hemos discutido sobre cambios grandes y pequeños en las formas con las que los organismos contra-mayoritarios abordan su trabajo, pero no hemos discutido sobre nuevas estructuras o mecanismos. Es nuestra expectativa que estas conversaciones acerca de cómo empezar a cambiar instituciones existentes puede llevar a ideas sobre procesos e instituciones completamente nuevos, siendo difícil anticipar actualmente en qué consistirán estas novedades. El aspecto más importante en este punto es la voluntad de revisar los mecanismos y abordajes existentes para ver hacia dónde pueden ir, en lugar de dejar que el campo de los derechos humanos esté limitado por sus actuales estructuras.

3.3  Influenciar la opinión pública y trabajar con los gobiernos

Nuevos abordajes para avanzar en los derechos de las minorías democráticas que puedan crear diferentes frenos y controles van a precisar esfuerzos sustanciales para comunicarse con y ganar a la opinión pública en cuestiones de derechos humanos. Como fue remarcado anteriormente, la noción de que los tribunales, tradicionalmente encargados de defender los derechos de las minorías democráticas, pueden estar aislados de la opinión pública, probablemente no ha sido cierta por mucho tiempo, y lo es cada vez más con el ritmo y el volumen de debate público, que se vuelve posible a partir de las tecnologías de la información y la comunicación. Más allá de esto, y por encima de su rol absolutamente fundamental, hay muchas otras limitaciones sobre el alcance al que puede llegar el poder judicial en los derechos de las minorías democráticas, y es esencial el compromiso con los poderes Ejecutivo y Legislativo.

Reconocer que las instituciones contra-mayoritarias han sido, y continuarán siendo afectadas por la opinión pública, tiene implicancias importantes sobre cómo avanzamos en los derechos de las minorías democráticas. Especialmente, significa que no deberíamos esperar que el poder judicial y los mecanismos de derechos humanos por sí solos sean capaces de salvaguardar los derechos de estos grupos. En cambio, deberíamos involucrarnos más proactivamente en esfuerzos para moldear la opinión pública, usando las herramientas en rápida expansión y los canales para la participación democrática. Buscar influenciar a la opinión pública no significa que las organizaciones de derechos humanos van a tener que ceder ante la opinión pública o que el camino a elegir en cualquier tema siempre va a tener que ganarse la opinión de las mayorías.

Nuevas estrategias también requerirán trabajar cerca de los gobiernos, reconociendo sus complejidades y múltiples perspectivas, a veces contradictorias, dentro de los gobiernos que pueden ser efectivamente comprometidos para avanzar en derechos humanos. En muchos países, el movimiento de derechos humanos surgió durante períodos difíciles de dictaduras o conflictos, cuando se producían graves violaciones a los derechos humanos y el contexto de derechos humanos estaba caracterizado por extremos y absolutos. Si bien los conflictos y los líderes absolutistas todavía existen en diversas partes del mundo, las democracias imperfectas y normalmente desordenadas requieren un involucramiento más multifacético.

Existen muchos ejemplos actuales de nuevos abordajes y estrategias. La reforma sobre la política de drogas es un ejemplo de un tema donde, más allá de las extensas violaciones de derechos humanos de larga data resultado de la guerra a las drogas, ni las instituciones democráticas mayoritarias ni las contra-mayoritarias fueron capaces, o quisieron, lidiar con este desafío para los derechos humanos. El paradigma de la guerra a las drogas se volvió ubicuo y siquiera discutir alternativas al régimen actual fue posible durante un largo tiempo. Los líderes políticos buscaron superarse entre sí a ver quién tenía la política más dura respecto a las drogas, subiendo las penas y direccionando amplias sumas de dinero a la guerra contra las drogas. Mientras que organizaciones de derechos humanos y algunas instituciones contra-mayoritarias en América Latina, han tratado desde hace tiempo las consecuencias de la guerra a las drogas en la forma de abusos de las fuerzas militares y cuerpos policiales, falta de debido proceso, y superpoblación carcelaria, cambiar las políticas sobre las drogas fue generalmente visto como un tema marginal, tabú.

Pero el movimiento por la reforma de la política de drogas ha tomado un tremendo empuje en los últimos años en el Hemisferio Occidental, habiéndose conformado desde sus inicios por fuera de los canales tradicionales e involucrando alianzas impensadas. Se han realizado importantes esfuerzos para involucrar a ex líderes políticos, con la Comisión Latinoamericana sobre Drogas y Democracia, involucrando a tres ex-presidentes de Brasil, Colombia y México, quienes juegan un rol importante, así como también comprometiendo a líderes políticos actuales abiertos a discutir o explorar opciones de reforma en Uruguay, Colombia, Guatemala y otros países. Han existido campañas creativas para influenciar a la opinión pública respecto de la política de drogas, tal como en el camino a la legalización de la marihuana en Uruguay. Un creciente grupo de organizaciones de derechos humanos están incorporando la reforma de la política de drogas en sus agendas políticas, y órganos de derechos humanos, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México se están enfocando en reformas de las políticas de drogas por primera vez. Con el tema pasando de un lugar marginal a uno de centralidad, un debate público real sobre alternativas al actual régimen de prohibición de drogas se ha tornado posible.

También se están produciendo innovaciones en temáticas que fueron históricamente consideradas parte de la agenda de derechos humanos, como la justicia penal. Muchas organizaciones están llevando a cabo campañas para tratar de convencer a la opinión pública sobre retos acuciantes de derechos humanos. Por ejemplo, la campaña del “No a la Baja” de Uruguay está orientada a prevenir la baja de la edad de imputabilidad en un referéndum constitucional hacia fin de 2014 (>COMISIÓN NACIONAL NO A LA BAJA, 2014).

Mientras el potencial y la influencia de la opinión pública crece, también va a tener creciente sentido experimentar con formas de influenciar a la opinión pública en temas de derechos humanos que usualmente se encargaban de defender las cortes. Algunas organizaciones de derechos humanos estratégicas están cada vez más enfocadas en construir bases de apoyo local para su trabajo, buscando colaborar con nuevos sectores que no estaban necesariamente identificados con el campo de derechos humanos en el pasado. El abordaje del movimiento de derechos humanos a trabajar con los gobiernos para avanzar en derechos humanos en América Latina ya ha cambiado sustancialmente, con altos niveles de colaboración en el diseño e implementación de políticas, mientras se mantiene la perspectiva independiente y crítica.

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4.  Impulsores del cambio

Esta es una agenda ambiciosa para el cambio en la manera de cómo pensamos sobre y avanzamos en derechos humanos en las democracias del siglo XXI; una pregunta fundamental es ¿quién impulsará estos cambios? La respuesta toca una de las preguntas centrales que propone SUR 20: ¿a quién representan las organizaciones de derechos humanos?

Organizaciones de derechos humanos resistentes e innovadoras alrededor del mundo, y especialmente en el Sur Global, van a estar en el centro de estos cambios y experimentaciones. Las nuevas herramientas de comunicación y las protestas masivas de los años recientes han generado la impresión que los individuos ahora pueden interactuar con los gobiernos y generar un cambio directamente. Sin embargo, un número de observadores, incluyendo a Ivan Krastev y Pierre Rosanvallon, advierten sobre las limitaciones e inconvenientes de las democracias donde el individuo desconfiado está en el centro, desligado de ataduras organizacionales y excesivamente centrado en el control y la limitación del gobierno, en lugar enfocarse en construir democracia. Los individuos pueden cuestionar, monitorear y limitar a los gobiernos, pero no pueden construir agendas y proponer sendas constructivas hacia adelante. Las organizaciones de la sociedad civil robustas tienen que jugar un rol vital en esta función democrática proactiva.

Movimientos de protesta en diversos países, organizados y estructurados sin gran rigidez, han generado una importante energía y atención, pero han decaído sin ser capaces de avanzar en agendas de reforma. De hecho, un crítica cada vez más común sobre esta nueva forma de protesta es que aparece esencialmente como un estallido de indignación moral sin liderazgos ni objetivos estratégicos (>KRASTEV, 2014, p. 13).

Durante las protestas masivas recientes, muchas organizaciones de derechos humanos y otras partes de la sociedad civil organizada, incluyendo a fundaciones, han estado fuera del grueso de la acción y a veces han estado desconcertadas sobre cómo involucrarse en estos estallidos de participación ciudadana que rechazan a todas las organizaciones formales. La relación y colaboración entre los movimientos de protesta y la sociedad civil organizada no es fácil ni directa. Pero será fundamental para construir agendas de reforma con amplios sectores y para poder promoverlas.

En este contexto, las organizaciones de derechos humanos y otras partes de la sociedad civil organizada pueden jugar un rol crucial al actuar como núcleo que empodere a las minorías democráticas y que construya y mantenga su influencia en el tiempo. Las organizaciones tienen mayor posibilidad de desarrollar propuestas y diálogos con los gobiernos que los individuos. Están bien posicionadas para interactuar con gobiernos de formas complejas, reconociendo la pluralidad y heterogeneidad de los gobiernos, y la necesidad de involucrarse con actores claves dentro del gobierno presionando por cambios, mientras mantienen su carácter crítico. En lugar de actuar en representación de las minorías democráticas, estos núcleos pueden servir como canales para promover los derechos de las minorías democráticas manteniendo constantemente abierto el diálogo con los grupos de minorías democráticas, diferentes sectores del gobierno, los medios y la opinión pública en general.

Esta función de núcleo e interacción regular con el gobierno, que permite el seguimiento y la participación, en lugar de sólo cada unos años a través de elecciones, es de importancia vital en una democracia moderna. Servir como canal para diversos grupos e involucrarse con diversos sectores del gobierno seguramente va a requerir cambios en cómo las organizaciones entienden y promueven los derechos humanos, siendo esto experimentado ya por diversas organizaciones de derechos humanos en la actualidad. Si avanzar en derechos humanos genera nuevas formas y canales, esto lleva a que puedan ser incluidos actores clave para el avance de los derechos de las minorías democráticas, que no se piensan primariamente como organizaciones de derechos humanos.

Este cambio e innovación en el campo de los derechos humanos seguramente tomará diferentes formas alrededor del mundo, y ciertamente habrá equivocaciones y experimentos fallidos en el camino. Mientras SUR 20 correctamente se pregunta sobre los retos de trabajar en derechos humanos a nivel internacional desde el Sur, hay al menos una forma en la que hacerlo trae ventajas significativas. Las instituciones y culturas democráticas en el Sur Global, aunque usualmente frágiles, son todavía flexibles y están abiertas a cambios de maneras que las democracias tradicionales establecidas en el Norte Global no lo están. Esto es especialmente cierto en América Latina, y genera las condiciones para experimentar con nuevos abordajes e ideas que quizás no serán posibles en el Norte Global.

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5.  Conclusión

Pluralismo y experimentación no son conceptos que inmediatamente identificamos con el campo de los derechos humanos, históricamente enfocado en la universalidad y la jurisprudencia. El desarrollo y rápida expansión de los derechos humanos en las décadas recientes ha sido drástico o e impresionante, con la adopción de un amplio número de acuerdos internacionales de derechos humanos y la incorporación de los derechos humanos en las constituciones y legislaciones nacionales. La falta de implementación y los retrocesos en algunas áreas, recientemente han generado frustración y argumentos que dicen que el régimen global de derechos humanos está al borde del declive (>HOPGOOD, 2013). Sin embargo, de la misma manera que el movimiento de derechos humanos surgió y se expandió de manera impredecible, debería ahora adaptarse y cambiar de acuerdo a los retos presentados por los derechos humanos y a los contextos de las sociedades del siglo XXI. Se van a producir errores en el camino y no va a ser fácil ajustarnos a la idea de que la manera en la que hablamos, pensamos y accionamos por los derechos humanos puede verse muy distinta alrededor del mundo.

Si la universalidad definió a los derechos humanos en el siglo XX, el pluralismo podría hacerlo en el siglo XXI. Pluralismo incluirá diversidad en términos de actores y líderes de derechos humanos, y de procedencia en el mundo. También incluirá la heterogeneidad en el tipo de derechos que queremos y como se verán en la práctica. Por ejemplo, Joey Fishkin nos insta a reconsiderar nuestro abordaje sobre igualdad de oportunidades, dejando de lado nuestro eje en la igualación literal y enfocando en cambio en la oportunidad del pluralismo y desatando los nudos que limitan el acceso a las oportunidades (>FISHKIN, 2014). Finalmente, incluirá experimentación e innovación en cómo queremos avanzar por derechos de minorías democráticas alrededor del mundo.

Las instituciones diseñadas para proteger a las minorías democráticas hace doscientos años ya no pueden cumplir ese rol en la actualidad. Hay una oportunidad para construir nuevos frenos y controles que tomen en cuenta tanto las herramientas nuevas como los retos de las sociedades contemporáneas para profundizar la inclusión de las minorías democráticas en los debates públicos y proteger sus derechos de manera efectiva. El movimiento de derechos humanos tiene un rol central en ayudar a construir estos nuevos controles a través de un compromiso más profundo con la opinión pública y con diferentes áreas de los gobiernos.

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Referencias

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YOUR REALITY TV. 2010. New York Times, New York, 13 Mar. WK7 of the New York edition.

Jurisprudencia

INTER-AMERICAN COMMISSION ON HUMAN RIGHTS. 2001. Maria da Penha v. Brazil, Report Number 54/01 of 16 Apr., Case Number 12.051, OEA/Ser.L/V/II.111 Doc. 20 rev. at 704.

Pedro Abramovay

Pedro Abramovay es director del Programa América Latina y director regional para América Latina y el Caribe de Open Society Foundations. Previamente, Abramovay ocupó una serie de cargos importantes en el Ministerio de Justicia de Brasil, incluyendo el cargo de Secretario de Justicia entre 2010 y 2011. Durante el gobierno del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva, Abramovay contribuyó en la redacción de importantes leyes, y lideró una campaña que resultó en la remoción de aproximadamente medio millón de armas de circulación. Trabajó en la reforma del sistema penitenciario brasileño y creó un proceso de elaboración de leyes sobre la libertad en Internet por medio de un blog. Abramovay también fue director de campaña de Avaaz y profesor de la Escuela de Derecho de la Fundación Getulio Vargas en Río de Janeiro. Abramovay estudió derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de São Paulo y obtuvo su maestría en Derecho Constitucional de la Universidad de Brasilia.

Original en inglés. Traducido por Maité Llanos.

Recibido en junio de 2014.

Heloisa Griggs

Heloisa Helena Griggs es asesora senior del Programa para América Latina de Open Society Foundations, donde se encarga de la concesión de donaciones y del advocacy de los programas de derechos humanos y seguridad ciudadana en América Latina. Previo a sumarse a Open Society Foundations, Griggs trabajó como abogada asociada en la oficina de São Paulo, Brasil, del estudio Simpson Thatcher & Bartlett LLP. De 2007 a 2010 fue asesora del Senador Richard J. Durbin en el Comité Judicial del Senado de Estados Unidos, asesorando al Senador Durbin en derechos humanos, justicia penal y migración. Anteriormente, Griggs trabajó para organizaciones no gubernamentales de derechos humanos en Washington, D.C., Timor Oriental y Angola. Griggs obtuvo su Doctorado en Derecho en la Yale Law School. Se graduó con una licenciatura en historia y estudios internacionales en la Universidad de Yale.

Original en inglés. Traducido por Maité Llanos.

Recibido en junio de 2014.