Dossier SUR sobre Recursos Naturales y derechos humanos

El caso de la ruptura de la represa en el Río Doce

Caio Borges y Tchenna Fernandes Maso

El uso de estratégias internacionales como una forma de reducir las asimetrias de poder en la relación entre derechos humanos y empresas

Ana Rodríguez Carrington

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RESUMEN

La destrucción de la cuenca del río Doce con la ruptura de la represa de desechos de minería de la empresa Samarco, en 2015, es un caso emblemático de la tensa relación entre garantizar derechos humanos dentro de los estándares internacionales y la acción de las empresas, especialmente las empresas transnacionales en los países del Sul Global. A lo largo del caso, se hizo evidente la fragilidad del Estado y sus más variadas instituciones, para garantizar los derechos de las comunidades afectadas delante del poder económico de las empresas involucradas. En la práctica, las empresas responsables por las violaciones son las que están reconstruyendo, a su manera, la vida en los territorios. El trabajo de la sociedad civil y de las entidades internacionales ha buscado quebrar la inercia estatal y las prácticas violadoras tales como el cercenamiento del debate, de las garantías de acceso a la justicia y la participación social. El presente artículo trae un relato sobre algunos de los esfuerzos para darle visibilidad internacional al caso y propone una reflexión sobre el escenario de profundización de los retrocesos socioambientales y violaciones de derechos humanos derivados de la implementación del actual modelo de explotación minera en Brasil.

Palabras Clave

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1. Introducción

“Llovían gotas de barro”.

Fue así como un vecino de Bento Rodrigues describió el momento en que se dio cuenta de que el dique de Fundão se había roto, en el municipio de Mariana, Minas Gerais. La “lluvia de barro” era causada por la existencia de una defensa rocosa contra la cual la ola de desechos proveniente del dique roto se chocaba antes de seguir su curso hacia abajo en el valle. En el transcurso, encontraba nuevas formaciones rocosas que producían remolinos, remansos y corrientes que se llevaban árboles, objetos y personas, aumentando su potencial destructivo.explotaci11. Marcos Cristiano Zucarelli, “Efeitos Institucionais e Políticos dos Processos de Mediação de Conflitos, ” in Desastre no Vale do Rio Doce: Antecedentes, Impactos e Ações sobre a Destruição, orgs. Bruno Milanez y Cristiana Losekann (Rio de Janeiro: Folio Digital: Letra e Imagem, 2016): 311-35.

A partir de aquel momento, alrededor de las 4 de la tarde del día 5 de noviembre de 2015, se dio inicio a un largo y tortuoso recorrido por parte de las comunidades afectadas, de organizaciones de la sociedad civil y de órganos de tutela de derechos difusos y colectivos (Ministerio Público y Defensoría Pública), para exigir a las autoridades públicas y a las empresas implicadas – Samarco, Vale y BHP Billiton – las debidas responsabilidades por las acciones y omisiones, así como la reparación integral y compensación por las violaciones de derechos e impactos ambientales causados por el desastre.

Casi dos años después del fatídico evento, el horizonte final de este camino permanece lejano. Son miles de acciones con pedidos de indemnización individuales, acciones colectivas y distintos acuerdos judiciales y extrajudiciales, además de investigaciones y procesos criminales para llegar a las responsabilidades penales por el evento. Pese a todo ello, el conjunto de medidas tomadas por el poder público y por las empresas revela una suma de acciones paliativas e insuficientes para lidiar con un desastre de tamaña proporción22. “Especialistas em Direitos Humanos da ONU Apelam para Ação Urgente no Aniversário do Colapso Devastador de Barragem no Brasil,” OHCHR, 14 nov. 2016, visitado el 25 de junio de 2017, http://www.ohchr.org/Documents/Press/PRBrazil4Nov2016_Portuguese.docx; en inglés: “UN Experts LaunchUrgentCall for ActiononAnniversaryofDevastatingBrazilDamColapse,” OHCHR, 4 de novembro de 2016, visitado el 25 junio de 2017, http://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=20829&LangID=E.

Por su magnitud y gravedad, el rompimiento del dique de Fundão ya nació con una dimensión que va mucho más allá de los 850 km de extensión del Río Doce entre Mariana y su desembocadura en el océano Atlántico, franja que fue contaminada por los más de 40 millones de metros cúbicos de barro derramados por la represa. Considerada la peor tragedia socio-ambiental de la historia de Brasil y el caso más grave el desastre tecnológico con represas de desechos de minería en los últimos dos siglos33. Ver Lindsay Newland Bowker “Samarco DamFailureLargestbyFar in RecordedHistory” Bowker Associates, Science & Research In The Public Interest, 12 de diciembre de 2015, visitado el 25 de junio de 2017, https://lindsaynewlandbowker.wordpress.com/2015/12/12/samarco-dam-failure-largest-by-far-in-recorded-history/., la ruptura del dique en Mariana/Río Doce atrajo fuertemente la atención de la prensa en todo el mundo y repercutió en el mercado financiero internacional. Las acciones de BHP Billiton se desplomaron en la bolsa de Nueva York tras el evento.44. James Wilson, “BHP Billiton Shares Fall After UN Accusations on Dam Spill.” Financial Times, 26 nov.2015, visitado el 25 de junio de 2017, http://www.ft.com/cms/s/0/9f6e7c4c-9430-11e5-b190-291e94b77c8f.html#axzz3sRz4sncK.

No obstante, incluso ante el escrutinio de la comunidad internacional, los actores locales públicos y privados adoptaron, en un primer momento, una “postura defensiva”55. “Brazilian Mine Disaster: ‘This Is Not the Time for Defensive Posturing’– UN Rights Experts,” Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights (OHCHR), 25 de noviembre de 2015, visitado el 25 de junio de 2017, http://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=16803&LangID=E. por razones de conveniencia o hasta por incapacidad de lidiar con las consecuencias del desastre. Entre las acciones más ilustrativas del espíritu reactivo y de la falta de empatía hacia las víctimas del desastre en la inmediata post ruptura del dique están la actitud del gobernador del estado de Minas Gerais al dar la primera entrevista colectiva a la prensa en la sede de Samarco, la afirmación del secretario de Estado de Desarrollo Económico de Minas Gerais de que la empresa era víctima de la ruptura y la demora de siete días hasta que la presidenta Dilma Rousseff hiciera un sobrevuelo por el área afectada (y solo en Minas Gerais, no en Espírito Santo).

Desde el inicio, quedó claro para las organizaciones de la sociedad civil y para los representantes de los afectados que, en el plano doméstico, la posibilidad de reparación integral de los daños y la revitalización del territorio de la cuenca del Río Doce solo vendrían si hubiera presión internacional. El presente artículo narra una parte del esfuerzo de dar visibilidad internacional al caso y trae reflexiones sobre las violaciones de derechos humanos derivadas de la implementación del actual modelo de explotación mineral en Brasil.

El artículo está dividido en tres secciones más, que se suman a esta introducción. La sección siguiente contextualiza el caso de la ruptura del dique de Fundão dentro del andamiaje sobre la responsabilidad de las empresas por los derechos humanos, dedicando atención a su repercusión sistémica. Luego, se presentan algunas de las estrategias y acciones adoptadas para conferir mayor visibilidad internacional al caso. El apartado siguiente discute la importancia que tuvo ese abordaje para deslindar algunos de los nudos más graves observados en el proceso de remediación de las violaciones. Las consideraciones finales indican posibles caminos futuros teniendo en cuenta el escenario existente pasados casi dos años de la ruptura.

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2. El caso emblemático del Río Doce

Samarco Mineração S.A es una sociedad de capital cerrado fundada en 1973, organizada desde su origen con una joint venture societaria compuesta por 50% de capital de Vale S.A y 50% de BHP Billiton Brasil Ltda. Representa un ícono de la inserción subordinada de Brasil en el mercado global por presentar un complejo mina-mineroducto-peletizadora-puerto, asegurando la extracción de los bienes naturales, semitransformación y exportación integral como commodities al mercado internacional66. Bruno Milanez y Cristiana Losekann, Desastre no Vale do Rio Doce: Antecedentes, Impactos e Ações sobre a Destruição (Rio de Janeiro: Folio Digital: Letra e Imagem, 2016): 43-4.

El dique de Fundão forma parte del complejo de operaciones Alegria, en Mariana, estado de Minas Gerais, compuesto por dos diques, uno arenoso y otro de barro, con capacidad para 79,6 millones de m³ y 32,2 millones de m³ respectivamente77. “Parecer Único Supram CM N° 79/2008 Protocolo Nº 259470/2008,” Governo do Estado de Minas Gerais, 7 de mayo de 2008, visitado el 27 de junio de 2017, http://www.meioambiente.mg.gov.br/images/stories/riodasvelhas/4reuniao/6-1%20samarco%20pu.pdf.. Según el informe pericial de la Policía Civil de Minas Gerais, la causa de la ruptura fue la licuefacción de los desechos arenosos que soportaba el dique. De acuerdo con la investigación, los factores que llevaron a la ruptura fueron las siguientes: (i) elevada saturación de los desechos arenosos depositados en el dique de Fundão; (ii) fallas en el monitoreo continuo del nivel de agua y de las presiones de poros junto a los desechos; (iii) distintos equipamientos de monitoreo presentaban defectos, no realizando las lecturas adecuadas para el informe de seguridad del dique; (iv) elevada tasa de alteado anual del dique, en función del gran volumen de barro en su interior, no midiéndose integralmente; (v) sedimentación del dique 2, que permitió la infiltración de agua; (vi) deficiencia en el sistema de drenaje del agua. Asimismo, el plan de acción para emergencias en casos de ruptura presentado a los órganos de control ambiental nunca fue puesto en práctica88. Desastre no Vale do Rio Doce, 2016, 55,

En suma, los investigadores han sostenido la relación entre la precarización de las actividades de control y seguridad del dique y el mantenimiento de las tasas de rentabilidad de la empresa, que implicó la reducción de inversiones en los sectores. Eso porque el precio del mineral de hierro cayó después de 2013; a fin de mantener las expectativas de rentabilidad, las empresas desinvirtieron en el uso de tecnologías de seguridad más avanzadas. Eso señala la relación directa entre la responsabilidad de las empresas por la actividad de riesgo de la minería con el desastre causado, además de la inercia del Estado en su rol de fiscalizar la atención de las condicionantes ambientales99. Ibid.

En lo concerniente a la afectación en el territorio después del desastre, hay una tensa relación entre afectados y empresas. En un primer momento, las empresas intentaron exentarse de responsabilidades, dejando a muchas comunidades en situaciones degradantes durante días, sin acceso a vivienda, alimentación, sin información sobre sus familiares. No hubo cualquier tipo de medida preventiva para evitar que el barro llegara al mar, el 16 de noviembre, ni tampoco cualquier tipo de informe y alerta previo dados a las comunidades. Posteriormente, buscaron inviabilizar la organización de los afectados en movimientos, asociaciones y comisiones para la construcción de peticiones colectivas, cuando las familias estaban alojadas en hoteles.

La disputa central del conflicto implica el reconocimiento de quienes son afectados y, en este sentido, la empresa realizó compensaciones de acuerdo a sus propios criterios, sin ningún tipo de publicidad, al margen de la eventualidad, sin cualquier consulta o participación de las víctimas. En lo que se refiere a los catastros socioeconómicos que reconocían o no a las familias, fueron completamente abusivos, exigiendo en algunos casos mecanismos de carga probatoria a personas mayores y a víctimas que no tuvieron cómo rescatar nada.

Tal situación fue denunciada a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en una audiencia temática en el 158º período extraordinario de sesiones, en el cual entidades de la sociedad civil y afectados expusieron que el catastro de las familias era exclusivamente controlado por Samarco, y quienes no estuvieran registrados no tendrían acceso a la ayuda de emergencia.

El control de la gestión de los conflictos por parte de las empresas, sin la participación de los afectados, y con la inercia del Estado brasileño, compone un escenario de profunda asimetría en las relaciones de poder entre las empresas y las víctimas, relegando a las últimas los riesgos y daños de todo el desastre. Esta hace que el conflicto no sea observado desde la óptica y los estándares de los derechos humanos, sino como un problema de reanudación de la actividad económica.

Así, el llamado “Acordão1010.Acordão” es el apodo dado al Documento de Transacción y Ajuste de Conducta (TTAC, por sus siglas en portugués) firmado entre el Poder Ejecutivo Federal y el estatal, representados por la Unión, por los estados de Minas Gerais y de Espírito Santo y por las respectivas secretarías u órganos ambientales y las empresas Samarco, Vale y BHP Billiton. El TTAC establece que la recuperación de la Cuenca del Río Doce y zla reparación a los afectados se dará por medio de 17 programas socio-ambientales y 22 programas socioeconómicos. Además, el “Acordão” determina que Samarco deberá pagar 500 millones de reales en medidas compensatorias destinadas a mejorar la infraestructura de saneamiento de las ciudades localizadas a lo largo del Río Doce. La gestión de los recursos asignados para la reparación de daños y la implementación de los programas ambientales, sociales y económicos estaría a cargo de una fundación de derechos privado constituida exclusivamente para tal fin, cuyos recursos vendrían de aportes de Samarco y de sus controladoras. Esa entidad es hoy la Fundación Renova, que ejecuta los programas de recuperación y revitalización pese a que el TTAC ha sido anulado por la justicia federal brasileña. firmado por estados y gobiernos con las empresas en marzo de 2016 es emblemático de la ausencia de respeto a la centralidad de las víctimas en la reconstrucción de sus vidas, al no consultar a las mismas sobre la elaboración y negociación del acuerdo; al crear una fundación privada de las empresas con la cual las víctimas son obligadas a negociar directamente, sin la presencia de agentes públicos para mitigar las asimetrías de poderes entre las partes, exponiendo a los afectados a mesas de arbitraje sin asesoría técnica; al prever mecanismos contractuales que blindan el acceso a la justicia de las víctimas; y la posibilidad de rediscusión del tema en el caso de hechos supervenientes, como indicios de contaminación a la salud a largo plazo.

Aunque el “Acordão” está, desde el punto de vista jurídico, invalidado por la justicia brasileña, el mismo sigue siendo enteramente implementado por las empresas e reconocido por el gobierno. En las regiones, la Fundación Renova asumió el control total de la gestión de las reparaciones y políticas de mitigación de impactos, trayendo a los territorios un sinnúmero de empresas de consultoría privada y técnicos que no dispone del manejo social para lidiar con las comunidades, causando más intimidación y violencia psicológica a las familias afectadas.

El Ministerio Público Federal propuso una Acción Civil Pública en junio de 2016, estimando los gastos indemnizatorios en un promedio de 155 mil millones de reales, basándose sólidamente en la participación de las comunidades. Sin embargo, en enero de 2017, el mismo Ministerio Público firmó un Documento de Acuerdo Preliminar con las empresas, según el cual estas financiarían la realización de estudios de diagnóstico para cuantificación de la demanda. Pero esa proposición no había sido discutida y construida con los afectados, que no tuvieron la oportunidad de indicar entidades en las que confían para la realización de los estudios.

Pasados casi dos años del desastre, las familias afectadas todavía no saben qué derechos y demandas serán atendidos, más aún porque no se construyó ningún plan de restructuración integral de la cuenca del Río Doce. Tampoco hay ninguna previsión confiable de los impactos sobre la salud de las familias con la presencia de metales pesados en el agua, ni cualquier estimación sobre cuándo los grupos de pescadores, indígenas, pueblos y comunidades tradicionales van a tener restablecida su capacidad productiva y de ingreso.

En los espacios decisorios sobre el conflicto, o sea, las innumerables instancias de negociación creadas para la problemática, tales como Fundación Renova, Consejo Interfederativo (CIF), Programa de Indemnización mediada (PIM), audiencias públicas, se muestra ausente la primacía de los derechos humanos de esas comunidades como eje conductor de la resolución del conflicto. Frente a ello, encontramos la completa ineficacia de todas las medidas que vienen siendo tomadas para la resolución de la problemática, una vez que es desconsiderada la centralidad de la víctima en la construcción de su reparación, marcada por la ausencia de participación activa. En este sentido, las acciones de mitigación no atienden a las expectativas y necesidades de los atingidos, y se vuelven meras actividades de una obligación de hacer incierta, que podrá generar un empobrecimiento y aumento de la vulnerabilidad de diversos grupos sociales.

Ese escenario pone de manifiesto la falta de capacidad del Estado brasileño para asegurar los derechos humanos frente a las compañías transnacionales. Aunque figure como telón de fondo una legislación ambiental bastante clara sobre la responsabilización que se debe adoptar por lo ocurrido, los mecanismos de flexibilización del licenciamiento ambiental, del control de la fiscalización del cumplimiento de las medidas, la fuerte relación entre la financiación de estas empresas a las candidaturas de los gobiernos y la ausencia de mecanismos de acceso a la justicia con celeridad para las víctimas componen la reproducción de una sistemática que favorece la impunidad corporativa por abusos de derechos humanos.

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3. Acciones y estrategias internacionales: el caso Río Doce entre los ejemplos paradigmáticos de irresponsabilidad corporativa

En un primer momento después de la ruptura del dique, los responsables permanecieron en un estado de parálisis.1111. Consuelo Dieguez, “A Onda.” Piauí, julio de 2016, visitado el 25 de junio de 2017,. http://piaui.folha.uol.com.br/materia/a-onda-de-mariana/.Las acciones de asistencia de emergencia humanitaria fueron en gran parte desempeñadas por la propia sociedad civil, con el apoyo y movilización de personas en todo el país que enviaron víveres y artículos de primera necesidad. Mientras que Samarco se apoyaba en la tesis de que la ruptura había sido un evento imprevisible y extraordinario causado por factores completamente ajenos a su voluntad, Vale y BHP Billiton se anclaban en la tesis de la personalidad jurídica distinta entre ellas y su subsidiaria para apartar su propia responsabilización.

En un segundo momento luego del colapso de Fundão, gobiernos y empresas firman compromisos de recuperación de la cuenca del Río Doce y reparación a las víctimas, dejándolas a estas completamente fuera de la mesa de negociaciones. Posteriormente anulado por la justicia federal, el acuerdo firmado entre los estados de Minas Gerais y Espírito Santo y el gobierno federal, de un lado, y Samarco, Vale y BHP Billiton, del otro, es el mayor ejemplo de incumplimiento del derecho básico a un remedio efectivo, en sus dimensiones procedimental y sustantiva. Esta es, además, una práctica descripta por el Grupo de Trabajo sobre Empresas y Derechos Humanos de la ONU como endémica en Brasil en casos de violaciones de derechos humanos por empresas.

Ante el cuadro de inercia, o simple negativa, de parte de las autoridades gubernamentales y de las empresas privadas sobre respetar el principio de la centralidad de las víctimas en los procesos de remediación y de la imposibilidad de aguardar el desenlace de las acciones judiciales, restó a la sociedad civil y a los afectados elevar el caso hacia mecanismos internacionales de protección de la persona humana. En el sentido de relatar una parte del esfuerzo realizado por las víctimas y por la sociedad civil para dar visibilidad internacional al caso y, así, aumentar el nivel de accountability de las instituciones domésticas, se presentan aquí algunas acciones desarrolladas desde la ruptura del dique en noviembre de 2015.

Es posible decir que la estrategia internacional adoptada por las organizaciones y movimientos tenía dos objetivos primordiales. Primero, apuntaba a quitar a los actores locales responsables de la tragedia de la “zona de confort”, buscando así reducir la asimetría entre las partes, sobre todo entre las víctimas y las empresas involucradas. Estas últimas han ejercido en la práctica, como se ha visto, un considerable poder sobre el diseño e implementación de las medidas de recuperación de los daños ambientales y socioeconómicos, en un cuadro de conocido abandono de la mediación de conflictos por parte del Estado en proyectos de extracción o, más ampliamente, de desarrollo económico.

El otro objetivo fue el de despertar la atención de observadores externos en lo que se refiere al costo humano de la tragedia. A los ojos de muchos, la ruptura de Fundão fue visto más como un desastre ambiental que como un caso paradigmático de violación de derechos humanos por empresas. Si es cierto que la devastación ambiental causada por la ola de desechos ha causado daños irreversibles a la Cuenca del Río Doce, también son enormes los perjuicios causados a las comunidades tradicionales que dependían del agua del río para su subsistencia y a toda la población de millones de habitantes de las ciudades bañadas por el Río Doce, expuesta a la presencia de metales pesados y otros daños a la salud.

La evaluación sobre qué mecanismos internacionales serían accionados consideró una serie de factores, entre ellos la probabilidad de éxito en la obtención de pronunciamientos públicos contundentes de condenación a las fallas en los procesos de atención de emergencia y remediación a las víctimas y de intimidación pública de los actores públicos y privados involucrados.

Se decidió por la utilización del sistema regional y por el sistema internacional de protección de derechos humanos. En el primero de ellos, se optó por el pedido de una audiencia pública a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que se realizó en si 158º período de sesiones en Santiago de Chile, en junio de 2016. La audiencia tuvo por objeto las violaciones de derechos humanos derivadas del modelo de explotación mineral en Brasil. Las organizaciones de la sociedad civil presentaron casos emblemáticos que evidencian los impactos ambientales y socioeconómicos de la explotación mineral en Brasil. Entre ellos, el caso de Piquiá de Baixo, en el estado de Maranhão, donde hay contaminación del aire, del agua y del suelo por la extracción de arrabio y carbón, y el Proyecto Minas-Río, en Conceição do Mato Dentro, donde se fragmentó la licencia ambiental en tres procesos separados, el de la mina, el del mineroducto y el del puerto de Açu. Esa práctica, según las organizaciones, tenía el propósito deliberado de ocultar los impactos acumulativos de todo el complejo, si fuera tomado como un conjunto de piezas que se encajan para viabilizar un emprendimiento económico con alto potencial de degradación ambiental y violaciones de derechos.

El documento enviado a la CIDH1212. “Ref: Solicitação de Audiência Temática - Afetações aos Direitos Humanos devido à Mineração no Brasil,” Conectas, 27 de mayo de 2016, visitado el 25 de junho de 2017, http://www.conectas.org/arquivos/editor/files/informe_audie%CC%82ncia-minerac%CC%A7a%CC%83o%20revisado.pdf. relataba el proceso de creación de dependencia económica y social de la minería sobre comunidades y economías locales. Esto se da por la centralización de las actividades (productos y servicios) en la atención de las demandas directas e indirectas para el funcionamiento de la explotación mineral. En poco tiempo, las ciudades y poblados donde se encuentran instaladas las empresas mineras se vuelven rehenes de esa actividad económica, naturalizando la dependencia y considerando un privilegio contar con los recursos provenientes de la recaudación por la presencia de este sector en el territorio, olvidándose que la inexistencia de otras fuentes de recaudación es, en realidad, efecto de la presencia de las mineras. Eso caracteriza la relación de dependencia de la economía local y de los estándares de empobrecimiento de las regiones de extracción mineral1313. Ibid. 5.En lo que atañe a la dependencia de las comunidades de las áreas de minería respecto de este sector económico, el documento destaca que la condición de pobreza y desigualdad social son los principales facilitadores de la acción de las empresas, pues bajo tales condiciones hay una tendencia a que la población acepte más fácilmente los impactos negativos de la actividad minera1414. Ver Andréa Zhouri y Klemens Laschefski, “Desenvolvimento e Conflitos Ambientais: Um Novo Campo de Investigação,” in Desenvolvimento e Conflitos Ambientais, orgs. Andréa Zhouri y Klemens Laschefski (Belo Horizonte: Editora UFMG, 2010): 11-34..

Respecto al apoyo político y económico del Estado a la actividad minera, el documento enumera políticas de incentivos financieros, fiscales y tributarios, además de la flexibilización del marco de licenciamiento ambiental y de la legislación socio-ambiental. Según el documento enviado a la CIDH1515. Ibid, 2.

El Estado brasileño desempeñó un papel crucial en este escenario. La opción por la priorización de la exportación de materias primas se reflejó en la centralidad que tuvo el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social (BNDES) en la financiación a estos emprendimientos y también a la infraestructura indispensable a esta actividad; la exención de impuestos dada a las empresas mineras; el marco normativo del licenciamiento ambiental que ha sido flexibilizado en los últimos años; así como la precarización y desmantelamiento de los órganos licenciadores y fiscalizadores de la actividad minera.

En el ámbito de la ONU, la primera medida tomada fue la puesta en marcha de mecanismos de protección del Consejo de Derechos Humanos (CDH) del órgano intergubernamental. El CDH es el principal órgano de derechos humanos de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra, Suiza. Se compone de 47 miembros, electos por la Asamblea General para un mandato de tres años, por criterios de representación y distribución geográfica. Para auxiliar al Consejo en su misión de fortalecer la protección y promoción de los derechos humanos y enfrentar cuestiones concretas sobre violaciones de derechos, el órgano designa a expertos independientes para que emitan recomendaciones y aconsejen a los Estados, bajo una perspectiva temática o por país. Tales expertos, también conocidos por Procedimientos Especiales, pueden realizar visitas oficiales a los países miembros y enviar “comunicaciones” a los Estados (en algunos casos, también a las empresas) cuestionando sobre acciones tomadas en el ámbito de denuncias concretas de violaciones de derechos humanos. Actualmente, hay un total de 43 expertos temáticos y 13 con mandato relativo a un país.

El primer Procedimiento Especial accionado fue la Relatoría sobre Residuos Tóxicos, cuyo titular del mandato era el turco Baskut-Tuncak. Representantes de la sociedad civil informaron a la relatoría la ausencia de informaciones confiables sobre la composición del “barro tóxico” que se creó tras la ruptura del dique y la ausencia de medidas de emergencia. El relator sobre residuos tóxicos envió, en conjunto con otros cinco Procedimientos Especiales, un comunicado al gobierno brasileño menos de diez días después del desastre. En el comunicado – que, por reglas de la propia ONU, se transmite en carácter confidencial y solo se divulga tras cierto tiempo1616. Tales comunicaciones se vuelven públicas tras un período de tiempo, cuando el propio Consejo de Derechos Humanos prepara un informe compilado con todos los comunicados enviados por los Procedimientos Especiales, al igual que se dejan disponibles (cuando las hay) las respuestas envidas por los gobiernos. La divulgación de los comunicados ocurre entre una y dos sesiones después del envío de los informes, y la de la respuesta de los Estados depende de la acción de estos a la hora de atender a los cuestionamientos de los mecanismos.–los expertos demostraron preocupación por la salud, la seguridad y el bienestar de las personas alcanzadas por la ola de barro y de aquellas expuestas a los residuos sólidos en ella contenidos. Los expertos solicitaron al Estado brasileño informaciones sobre los compuestos químicos y los metales pesados presentes en los desechos derramados de Fundão. El Estado brasileño también fue cuestionado sobre los planes para asegurar el derecho de las víctimas y de las comunidades afectadas a un remedio efectivo.

El día siguiente al envío del comunicado reservado, la relatoría de Residuos Tóxicos y la de Derechos Humanos y Medio Ambiente emitieron una nota pública condenando la “postura defensiva” y la insuficiencia de las medidas de contención de daños tomadas por las empresas y por el Estado brasileño. En un escenario de ausencia absoluta de informaciones confiables por parte del Poder público y de las empresas, los expertos recordaron que, bajo los estándares internacionales de derechos humanos, “el Estado tiene la obligación de generar, evaluar, actualizar y diseminar información sobre el impacto al medio ambiente y sustancias y residuos peligrosos, y las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, incluyendo la debida diligencia en derechos humanos”.1717. “Brazilian Mine Disaster: ‘This Is Not the Time for Defensive Posturing’– UN Rights Experts,” 2015.

Un segundo pronunciamiento público vino de la Relatoría sobre el Derecho Humano al Agua Potable y Saneamiento.1818. “Brazil Mine Disaster: UN Human Rights Expert Calls for Urgent Access to Safe Drinking Water,” OHCHR, 8 de diciembre de 2015, visitado el 25 de junio de 2017, http://www.ohchr.org/en/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=16855&LangID=E. La nota de prensa, divulgada poco después del primer mes del desastre, llamó la atención a la distribución desorganizada e insuficiente de agua embotellada en los puntos de distribución localizados en las ciudades donde hubo corte de distribución en razón de la contaminación del Río Doce. El relator, el brasileño Léo Heller, instó a las autoridades a diseminar informaciones claras a la población y a monitorear la calidad del agua del río y la tratada, que abastece las casas en las áreas afectadas.

También al mes siguiente al desastre, el Grupo de trabajo sobre Empresas y Derechos Humando incluyó las ciudades de Mariana y Belo Horizonte en el derrotero de su visita oficial a Brasil, la primera a un país de América Latina. La visita del Grupo a la región se dio después de un pedido formal de decenas de organizaciones de la sociedad civil brasileña, una vez que no estaba contemplada en la agenda original del GT. En Mariana, el GT de la ONU se reunió con Samarco, con autoridades públicas y con los afectados. En audiencia pública con representantes de los distritos más afectados – Bento Rodrigues, Paracatu, Barra Longa y Gesteira – los dos miembros del GT presentes, Dante Pesce y Pavel Sulyandziga que, oyeron de los vecinos declaraciones que reiteraban las denuncias anteriormente enviadas a la ONU. Entre ellas, la historia de un habitante de Barra Longa que, al enterarse de la ruptura del dique, habría indagado a los empleados de Samarco sobre las chances de que el barro llegara a su ciudad, a lo cual le contestó la empresa que no habría posibilidad de que llegara tan lejos. Desgraciadamente, en pocas horas, el barro llegó a las casas de manera avasalladora, sin dejar tiempo para que las personas sacaran sus pertenencias personales.

En su informe oficial sobre la misión al país1919. “Report of the Working Group on the Issue of Human Rights and Transnational Corporations and Other Business Enterprises on its Mission to Brazil,” OHCHR, A/HRC/32/45/Add.1, 12 de mayo de 2016, visitado el 25 de junio de 2017, http://ap.ohchr.org/documents/dpage_e.aspx?si=A/HRC/32/45/Add.1#sthash.c18zU8Vc.dpuf., presentado al CDH de la ONU en junio de 2016, el GT de Empresas y Derechos Humanos lamentó la ausencia de un plan de contingencia y la falta de alerta a las comunidades más allá de Bento Rodrigues. El Grupo concluyó que, dada la escala del desastre, las autoridades federales podrían haber hecho un trabajo mejor en seguida después de la ruptura. El GT enfatizó la necesidad de restaurar la confianza por la mejoría de los procesos de consulta y por la garantía del acceso a informaciones y servicios esenciales, además de haber recomendado la creación de canales de escucha para que comunidades y empleados pudieran expresar libremente sus opiniones sin el miedo de sufrir represalias.

La segunda fase de interacción entre la sociedad civil y el sistema ONU se dio tras la firma del Documento de Transacción y Ajuste de Conducta (TTAC, por sus siglas en portugués) – el “Acordão” entre el Poder Público federal y de los estados y las tres empresas, que fue homologado por la justicia federal en mayo de 2016. Inmediatamente tras la homologación por el Tribunal Regional Federal de la 1ª Región, situado en Brasilia, Distrito Federal, ocho entidades de la sociedad civil enviaron un llamado urgente a cuatro relatorías especiales de la ONU2020. Relatoria sobre Resíduos Tóxicos, Relatoria sobre Derechos humanos y Medio ambiente, Relatoria sobre Pueblos indígenas y Relatorias sobre Derecho al agua y saneamiento. y al presidente del GT sobre Empresas y Derechos Humanos. En el documento, las entidades calificaron al acuerdo como «ilegítimo e ilegal”, y consideraron que agrava las violaciones de los derechos humanos causadas por el rompimiento de la represa. Tras el llamamiento urgente, el ministro de Medio Ambiente de Brasil, Sarney Filho, afirmó públicamente que propondría una revisión del acuerdo para garantizar que las empresas hagan más para tener en cuenta las demandas de las víctimas.

Según el llamamiento, el acuerdo tenía como objetivo limitar el deber del Estado brasileño de proteger los derechos humanos de los ciudadanos en su territorio contra violaciones cometidas por empresas. Uno de los ítems vistos como más problemáticos era la cláusula inicial que disponía como uno de los propósitos del instrumento terminar todos los procesos judiciales relacionados al desastre, además del dispositivo que explícitamente exentaba de responsabilidad a las tres empresas respecto de las consecuencias adversas del colapso del dique.

En julio de 2016, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) emitió una medida cautelar que suspendía la homologación del acuerdo. El STJ consideró que la falta de consulta con los pueblos afectados en la definición de los términos del acuerdo lo volvía ilegal e ilegítimo. El tribunal entendió que la extensión de los daños causados por la catástrofe merecía un debate más amplio sobre la solución negociada del conflicto. Según la decisión, las autoridades públicas y las empresas deberían haber conducido audiencias públicas con la participación de ciudadanos, sociedad civil, comunidad científica y otras entidades que representan intereses locales, como las autoridades municipales.2121. “Reclamação N° 31.935 - MG (2016/0167729-7). Rel. Min. Diva Malerbi,” STF, 30 de junio de 2016, visitado el 25 de junio de 2017, , https://www.jusbrasil.com.br/diarios/documentos/356533966/andamento-do-processo-n-2016-0167729-7-reclamacao-01-07-2016-do-stj.

La suspensión del acuerdo fue elogiada por expertos de derechos humanos de la ONU que siguen en caso.2222. Las relatorías que firmaron la nota de elogio a la suspensión del acuerdo fueron: Agua y Saneamiento, Residuos Tóxicos, Pueblos Indígenas y Empresas y Derechos Humanos. “Brazilian Mine Disaster – UN Experts Call for a Timely Resolution After the Settlement Suspension,” OHCHR, 5 julio de. 2016, visitado el 25 de junio de 2017 http://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=20242&LangID=E. En una nueva nota pública, se hicieron duras críticas al acuerdo. Constatando algo que ya había sido ampliamente criticado por la sociedad civil, por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y por el Poder Judicial, los mecanismos de la ONU notaron que “los poderes ejecutivos y las empresas parecen haber, con su prisa, ignorado los derechos de las víctimas a la información, la participación y una reparación efectiva, así como a entregar garantías de rendición de cuentas”. Los expertos se mostraron particularmente preocupados con la gobernanza institucional creada por el acuerdo y con la exclusión de las comunidades afectadas de las instancias decisorias. Sobre esto, así se manifestaron:

De quedar establecido, la empresa minera tendría el poder de decidir sobre las indemnizaciones a ser entregadas a las poblaciones afectadas sin posibilidad alguna de que esas decisiones fueran cuestionadas o recurridas. Además, el acuerdo no proyectaba mecanismos suficientes para asegurar la participación de todas las comunidades afectadas en la implementación de la fundación.2323. Ibid.

Las actividades en homenaje a las víctimas y a la memoria del primer año del desastre incluyeron acciones locales articuladas con el advocacy internacional. En el ámbito local, el Movimiento de los Afectados y Afectadas por Represas (MAB, por sus siglas en portugués) organizó la Marcha de los Afectados, que salió de la desembocadura del Río Doce, en Espírito Santo, y llegó a Bento Rodrigues exactamente el día 5 de noviembre de 2016, un año después de la ruptura del dique. Bento Rodrigues fue el distrito más devastado por la fuerza de los detritos, y su reconstrucción está prevista tan solo para 2019.

A nivel internacional, fueron realizadas distintas acciones, empezando por la denuncia sobre el desastre en el Foro Social Mundial, en agosto de 2016, en Montreal, Canadá.

Siguiendo una estrategia ya utilizada por el Movimiento de los Afectados por la Vale, los afectados participaron de una reunión de accionistas de BHP Billiton, en octubre de 2016. El MAB entregó a los medios y a los accionistas las cuatro principales reivindicaciones de las familias impactadas en toda la cuenca:: (i) no construcción del dique S4 en Bento Rodrigues y remoción del barro depositado en la orilla del río; (ii) reconocimiento de todas las familias afectadas; (iii) restructuración del acuerdo y de la fundación para que haya participación de los afectados en las decisiones; y (iv) agilidad en las acciones de reparación, principalmente en la construcción de las casas, cuidados de salud y vuelta de las actividades productivas de la población agricultora.2424. “Em Londres, Atingidos Participam de Assembleia de Acionistas da BHP Billiton,” Movimento dos Atingidos por Barragens (MAB), 21 de octubre de 2016, visitado el 25 de jun. 2017, http://www.mabnacional.org.br/noticia/em-londres-atingidos-participam-assembleia-acionistas-da-bhp-billiton.

En el ámbito de la ONU, con base en informaciones actualizadas sobre la marcha insatisfactoria de los procesos de reparación, cinco Procedimientos Especiales2525. Relatoría sobre Defensores de Derechos Humanos, Relatoría sobre Pueblos Indígenas, Relatoría sobre el Derecho al Agua y al Saneamiento, Relatoría sobre el Derecho a la Salud y el GT de Empresas y Derechos Humanos.emitieron un comunicado público criticando las medidas adoptadas por el Estado y por las empresas como siendo “insuficientes para lidiar con las masivas dimensiones de los costos humanos y ambientales resultantes de ese colapso”.2626. “Especialistas em Direitos Humanos da ONU Apelam para Ação Urgente no Aniversário do Colapso Devastador de Barragem no Brasil,” 2016. De acuerdo con los expertos, después de un año, el saldo de la tragedia es la falta de acceso seguro al agua para el consumo humanos, la contaminación de los ríos, la incertidumbre sobre el destino de las comunidades forzadas a dejar sus casas. Para ellos, los seis millones de personas afectadas no tenían sus derechos humanos respetados.

El primer año tras el desastre también asistió a una acción durante el 5º Foro de las Naciones Unidas sobre Negocios y Derechos Humanos, el evento más importante sobre el tema en el mundo, que reúne a cerca de dos mil representantes de gobiernos, empresas y sociedad civil en el Palacio de las Naciones, en Ginebra. Para recordar el desastre, Conectas realizó una acción de advocacy en el Foro, distribuyendo panfletos con informaciones básicas sobre el desastre, tales como el número de víctimas, el valor económico estimado de las pérdidas y el número de personas directa o indirectamente impactadas. Se notó que muchos de los participantes todavía no tenían una noción precisa de la escala de la tragedia y de su posición como mayor desastre del tipo en la historia de la minería.

También como parte de los eventos del primer año, se lanzó una plataforma online – “Rio Doce Vivo” –, en la que cualquier persona puede enviar informes, estudios, documentos técnicos, fotos, videos, casos legales y otros datos públicos que puedan ayudar personas y organizaciones interesadas en (re)construir una memoria viva y monitorear la responsabilidad de las empresas y organizaciones cuyos actos y omisiones causaron la tragedia del Río Doce.2727. Se puede tener acceso al acervo en: Rio Doce Vivo, visitado el 25 de junio de 2017, http://riodocevivo.omeka.net/.

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4. La arena internacional: desatando nudos domésticos

La ruptura del dique de Samarco/Vale/BHP Billiton en el Río Doce nació como un caso emblemático de irresponsabilidad social empresarial y de violación de derechos humanos por empresas. Una de las principales lecciones extraídas del episodio es que, inclusive en casos de graves violaciones de derechos humanos y de impactos ambientales, la responsabilización de los perpetradores depende de una articulación extremadamente coordinada entre las comunidades afectadas, la sociedad civil organizada, los órganos de prensa (sobre todo las agencias de periodismo investigativo), los organismos de defensa de los derechos e intereses colectivos (en el caso brasileño, las defensorías públicas y el Ministerio Público estatal y federal).

Se puso una vez más en evidencia la fragilidad de los mecanismos de mercado y de las herramientas de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) como inductores de un comportamiento respetuoso de los derechos humanos por las empresas. En el mercado en que actúa, Samarco era considerada como una “benchmark”, hasta entonces por sus “altos estándares” de RSC2828. Álvaro Almeida, "O Caso Samarco e o Desmoronamento da Responsabilidade Social Corporativa. IstoÉ Dinheiro 9 de noviembre de. 2015, visitado el 25 junio de. 2017, http://www.istoedinheiro.com.br/blogs-e-colunas/post/20151109/caso-samarco-desmoronamento-responsabilidade-social-corporativa/7737..

Incluso herramientas más sofisticadas de “benchmarking” de empresas con relación a las políticas y prácticas corporativas de respeto a los derechos humanos no fueron capaces de penalizar adecuadamente a las empresas por el desastre del Río Doce. El Corporate Human RightsBenchmark, una iniciativa multisectorial liderada por organizaciones respetadas como el Business and Human RightsResource Centre, exhibió en sus primeros resultados, en 2017, a BHP Billinton en el grupo de empresas que mejor puntuación obtuvieron en el ranking. Este resultado muestra que las metodologías de rankings, índices y benchmarks de medición del desempeño empresarial en relación a los derechos humanos todavía padecen de cierta insensibilidad frente al sufrimiento de las víctimas. Va contra el sentido común y la razonabilidad la posición de BHP Billinton como “top perfomer” en derechos humanos, entre casi cien empresas globales, inclusive ante las más claras evidencias de que los procesos de reparación de las violaciones y recuperación de la Cuenca del Río Doce se encuentra en un nivel muy inferior del exigido por los estándares internacionales. En última instancia, estas herramientas prestan un mal servicio al esfuerzo de las víctimas y sus representantes para la promoción de accountability del Estado y de las empresas.

Ante este cuadro de inercia estatal combinada con la inhabilidad de las herramientas de RSC (y de empresas y derechos humanos) en inducir a las empresas perpetradoras a observar los estándares internacionales y el derecho a un remedio efectivo, las declaraciones de los mecanismos internacionales de derechos humanos dieron visibilidad internacional a un caso que, de otra forma, tal vez habría permanecido como un suceso local. La atención internacional provocó una caída de las acciones de BHP Billinton, lo que garantizó la atención y escrutinio de los actores privados internacionales.

Después de casi dos años, la sociedad civil ha recurrido a la tragedia del Río Doce para alertar a la población sobre los riesgos del debilitamiento del marco de la licencia ambiental en Brasil. Lamentablemente, al contrario de lo que se esperaba, el marco socio-ambiental brasileño y los organismos de fiscalización de diques no fueron fortalecidos, tal como fue constatado por el GT de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos en su informe sobre la visita al país. Está en marcha, en verdad, un ataque a los derechos de las comunidades tradicionales y al derecho ambiental en Brasil, tal como había sido denunciado por tres expertos independientes del CDH y un informe del CIDH en comunicado conjunto divulgado el 8 de junio de 20172929. “Indigenous and Environmental Rights Under Attack in Brazil, UN and Inter-American Experts Warn,” OHCHR, 8 junio de 2017, visitado el 25 de junio de. 2017, http://www.ohchr.org/EN/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=21704&LangID=E.. Según los expertos, las propuestas de debilitamiento del marco legal están siendo defendidas por “miembros del grupo de lobby ‘ruralista’, una coalición que representa a las asociaciones de productores rurales”.

El meme #FábricadeMarianas ha sido utilizado en campañas contra la aprobación de una nueva ley general de licencia ambiental en Brasil, con graves retrocesos en relación al régimen actual, que se refiere a la posibilidad concreta de que los cambios pretendidos por grupos de interés en los Poderes Legislativo y Ejecutivo resulten en nuevos desastres.3030. Ver “ISA e Mais 250 Organizações, Redes e Pesquisadores Condenam ‘Fábrica de Marianas’,” Instituto Socioambiental, 13 diciembre de 2016, visitado el 25 de junio de 2017, https://www.socioambiental.org/pt-br/noticias-socioambientais/isa-e-mais-250-organizacoes-redes-e-pesquisadores-condenam-fabrica-de-marianas.

Entre las principales amenazas a la licencia ambiental en Brasil están los sustitutivos al PL 3.729/2004, que tramita en régimen de urgencia en el Congreso Nacional y tiene por objetivo establecer una nueva Ley General de Licencia Ambiental en Brasil. En caso de que se apruebe con su redacción actual, el proyecto creará una serie de excepciones a la licencia, inclusive para actividades potencialmente degradantes, incluidas la exploración mineral y la expansión de carreteras. El proyecto también elimina el aspecto de localización de la licencia, retirando de esta forma criterios geográficos, territoriales y humanos que influyen en el proceso de concesión de la licencia. Así, un proyecto como el de explotación mineral y depósito de residuos como era el de Samarco en Mariana, ubicado en las proximidades de una comunidad, tendría el mismo proceso de otorgación de licencia que otro ubicado en un lugar que ofrece menor riesgo al medio ambiente, a la salud y a la vida humana. En lugar de estandarizar los procedimientos y las etapas de la licencia, el proyecto abriría espacio a una “guerra ambiental” entre los estados de la federación, al disponer que estos tendrían amplios poderes para rebajar las reglas y normas individuales para sus propias jurisdicciones.

El escenario de debilitamiento de la legislación socio-ambiental en Brasil refleja tan solo la fuerza de algunos escasos segmentos organizados que se benefician del desmonte del poder fiscalizador y sancionador del Estado para llevar a cabo actividades de alto riesgo y sin los debidos recaudos para cometer violaciones, sin que se les exija nada en virtud de sus responsabilidades. Queda claro que, más allá de estos grupos restringidos, tales medidas no traen ningún tipo de beneficios: solo generan inseguridad jurídica, potencian el riesgo de que ocurran nuevos desastres como el de Mariana y violan principios plasmados en tratados internacionales, como el de no retroceso, el de precaución y el del remedio efectivo e integral por violaciones de derechos humanos.

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5. Conclusiones

La historia de la Cuenca del Río Doce atraviesa la contradictoria y accidental historia de la colonización y emancipación de Brasil. Son más de 300 años de minería en la región, que representaron una profunda degradación ambiental; la ruptura con modos de producción y reproducción tradicionales en la región; la agudización de la dependencia de las comunidades con elementos externos para asegurar su supervivencia; la pérdida sistemática de su autonomía y soberanía; la extracción de riquezas de la región para exportación, sin generar desarrollo local. Son siglos de explotación y opresión, marcados por la clasificación étnico/racial que determina roles y lugares específicos para la existencia social y cotidiana de representatividad.

Los conflictos socio-ambientales representan la disputa de intereses entre particulares y colectividades sobre el uso del territorio y la relación entre la producción y la naturaleza. Como regla, la solución que se presenta a la problemática es la institucionalización de la cuestión como ambiental y, por lo tanto, un problema de políticas públicas de Estado, que buscan soluciones pragmáticas para los conflictos a través del medidor de la razón administrativa, o sea, entre lo políticamente aceptable y lo económicamente viable.

Tal situación se agudiza cuando el Estado nación ve relativizado el control del territorio, su soberanía, por la entrada de actores sociales que están más allá de las territorialidades de su propio dominio, como las empresas transnacionales, dificultando los mecanismos de imposición de conductas a las mismas3131. Ver Gabriela Scotto, “Estados Nacionais, Conflitos Ambientais e Mineração na América Latina,” in Seminário de Pesquisa do Instituto de Ciências da Sociedade e Desenvolvimento Regional (Rio de Janeiro: Universidade Federal Fluminense, 2011).. Así, los Estados asumen el papel de estimular la promoción de más inversiones en las regiones, a través del ofrecimiento de incentivos fiscales, flexibilización de la legislación ambiental, reducción del rol de la fiscalización, y posible precarización de los órganos de control. Para las comunidades, presentan mecanismos débiles de mitigación y compensación de impactos, no asegurando el derecho a la información y participación en el proceso decisorio sobre los emprendimientos en sus territorios.

La ruptura del dique de desechos de minería de Fundão es un ejemplo emblemático del encuentro entre el pasado, el presente y el futuro de la minería en Brasil, en la medida en que nos remite a un modelo de producción de riquezas secular en la región, que resultó en un desastre tecnológico de proporciones aún no dimensionadas, y nos proyecta a reflexionar sobre el futuro de otros miles de diques de desechos en el país.

No obstante toda la complejidad jurídica que circunda el caso del Río Doce, se advierte que este camina hacia un agotamiento de las vías internas de garantía de justicia a las comunidades afectadas. Estas tienen tan solo algunos derechos reconocidos por medio de un intenso proceso de lucha, del cual la presencia de actores y la movilización internacional han sido fundamentales para asegurar que sus voces sean oídas por los tomadores de decisión. En los espacios institucionalizados, esas voces todavía se hacen ausentes.

Todavía queda mucho por hacer para que se comprenda enteramente cómo las empresas responsables operan en la reconstrucción de la región, las causas que llevaron a la ruptura, los impactos generados y la participación de los afectados en el proceso. De igual manera, se hace fundamental entender en este caso también por lo que él representa en términos de formación y consolidación de alianzas, de creación de redes de solidaridad y de apoyo mutuo entre la sociedad civil y los mecanismos internacionales de protección de la dignidad de la persona humana.

Por lo que el caso del Río Doce tiene de duro y simple, trae lecciones valiosas sobre cómo evitar y superar las injusticias generadas por la minería en Brasil y en el mundo.

Caio Borges - Brasil

Caio Borges es Coordinador del Programa de Empresas y Derechos Humanos de Conectas Derechos Humanos. Tiene Maestría en Derecho y Desarrollo por la Fundación Getúlio Vargas, en São Paulo (FGV-SP) y es estudiante de doctorado en derecho por la Facultad de Derechos de la Universidad de São Paulo (USP).

Recibido en Junio de 2017.

Original en portugués. Traducido por Celina Lagrutta.

Tchenna Fernandes Maso - Brasil

Tchenna Fernandes es graduada en derecho por la Universidad Federal de Paraná (UFPR) y tiene Maestría en Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales en la Universidad Unila También actúa como abogada popular del Movimiento de afectadas y afectados por la represa.

Recibido en Junio de 2017.

Original en portugués. Traducido por Celina Lagrutta.