Dossier SUR sobre migración e derechos humanos

No tan sanos y salvos11. El autor agradece a Sarah Mehta, Joshua Manson, y Thaddeus Talbot por su investigación y apoyo editorial.

Jamil Dakwar

La Ley de Seguridad Contra Enemigos Extranjeros (SAFE, por sus siglas en inglés) es otra señal de que la población inmigrante en los EE.UU. es cada vez más vulnerable

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RESUMEN

A pesar de su papel histórico como refugio para gente de todo el mundo buscando protección y una vida nueva, en los últimos años los Estados Unidos de América (EE.UU.) han comenzado a dar pasos atrás en su protección de los derechos humanos para solicitantes de asilo. Jamil Dakwar describe cómo, en respuesta a los ataques de París y otros acontecimientos en Europa y los EE.UU., que generaron preocupación sobre la amenaza de terrorismo, el Congreso de los EE.UU. está debatiendo una legislación conocida como la Ley SAFE dirigida específicamente a los refugiados sirios e iraquíes, excluyéndolos de protección en los EE.UU. Dakwar señala cómo la creciente histeria islamofóbica que ha caracterizado gran parte del ciclo presidencial estadounidense está amenazando desmantelar protecciones fundamentales de derechos humanos y derechos civiles nacionales no solo de los refugiados nacidos en el exterior buscando ayuda en los EE.UU., sino también de comunidades minoritarias que ya viven en el país. Estas políticas migratorias restrictivas y discriminatorias también se han dirigido a los solicitantes de asilo que llegan a los EE.UU. desde Centroamérica, con consecuencias devastadoras para las familias y los niños pequeños. Al denegar explícitamente la protección para los refugiados sirios e iraquíes escapando de riesgos graves, este artículo examina cómo la Ley SAFE viola diversas leyes y principios fundamentales en materia de derechos humanos.

Palabras Clave

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Estados Unidos de América (EE.UU.) fue fundado como un país inmigrante. Durante los últimos 200 años, millones de inmigrantes de todos los continentes se han asentado en los EE.UU. Con la excepción de los pueblos indígenas o indios americanos, todos los que viven en los EE.UU. son o bien inmigrantes o descendientes de inmigrantes voluntarios o involuntarios. Aun así, cada nueva ola de inmigrantes ha encontrado miedo y hostilidad, sobre todo en las épocas de dificultades económicas, inestabilidad política o guerra. Por ejemplo, durante las depresiones en los años 1840 y, después, 1930, multitudes hostiles a los inmigrantes irlandeses católicos quemaron un convento en Boston22. Ray Allen Billington, “The Burning of the Charlestown Convent,” The New England Quarterly 10, no.1 (1937). y causaron disturbios en las calles de Filadelfia33. Carl E. Prince, “The Great ‘Riot Year’: Jacksonian Democracy and Patterns of Violence in 1834,” Journal of the Early Republic 5, no. 1 (1985).. En 1882, el Congreso aprobó la restrictiva Ley de Exclusión de los Chinos, una de las primeras leyes migratorias del país, diseñada explícitamente para mantener fuera a la gente de origen chino.44. Maddalena Marinari, “Divided and Conquered: Immigration Reform Advocates and the Passage of the 1952 Immigration and Nationality Act,” Journal of American Ethnic History 35, no. 3 (2016). Durante el “Temor Rojo” de los años 1920, miles de personas nacidas en el extranjero sospechosas de radicalismo político fueron arrestadas y apaleadas. Muchos fueron deportados sin juicio.55. William H. Siener, “The Red Scare Revisited: Radicals and the Anti-Radical Movement in Buffalo, 1919-1920,” New York History 79, no. 1 (1998). En 1942, se confiscaron las casas y propiedades de 120.000 estadounidenses de ascendencia japonesa, y fueron internados sin el proceso debido en campos hasta el final de la Segunda Guerra Mundial.66. Robert Aitken y Marilyn Aitken, “Japanese American Internment,” Litigation 37, no. 2 (2011). Durante el mismo periodo, muchos judíos huyendo de la Alemania nazi fueron excluidos conforme a las regulaciones aprobadas en los años 1920.77. Alan M. Kraut, Richard Breitman, y Thomas W. Imhood, “The State Department, the Labor Department, and German Jewish Immigration, 1930-1940,” Journal of American Ethnic History 3, no. 2 (1984). En la década de 1950, el gobierno estadounidense creó un programa dirigido a los mexicanos, exclusivamente, para su deportación.88. Kelly Lytle Hernández, “The Crimes and Consequences of Illegal Immigration: A Cross-Border Examination of Operation Wetback, 1943 to 1954,” Western Historical Quarterly 37, no. 4 (2006). Después del 11 de septiembre, el gobierno estadounidense ha utilizado leyes de inmigración como justificación para llevar a cabo investigaciones, interrogatorios y a veces la deportación de miembros de las comunidades musulmanas, árabes y del sudeste asiático. Aunque esta táctica se ha utilizado de diversas maneras, la más famosa fue la del Sistema de Seguridad Nacional de Registro de Entrada y Salida (NSEERS, por sus siglas en inglés) que se disolvió en 2011 tras comprobarse que era una herramienta completamente inefectiva contra el terrorismo.99. El programa NSEERS exigía que ciertos no inmigrantes, predominantemente de países musulmanes, se registrasen en puertos de entrada y oficinas locales de inmigración, diesen sus huellas dactilares, se les tomasen fotos y fuesen cuestionados extensivamente en razón de sus países de origen. Aunque NSEERS fue concebido como un programa para prevenir ataques terroristas, entre los miles de personas forzadas a registrarse, el gobierno no consiguió ni una condena relacionada con el terrorismo. Chris Rickerd, “Homeland Security Suspends Ineffective, Discriminatory Immigration Program,” ACLU Speak Freely Blog (2011), visitado el 29 de junio de 2016, https://www.aclu.org/blog/speakeasy/homeland-security-suspends-ineffective-discriminatory-immigration-program.

Durante las últimas dos décadas, las leyes y políticas estadounidenses en materia de inmigración han sido ampliamente criticadas por no cumplir las normas internacionales más básicas en materia de derechos humanos en lo concerniente al trato de migrantes y refugiados. Los inmigrantes se han convertido de nuevo en chivos expiatorios del temor generalizado que es tan predominante en los EE.UU. tras el 11 de septiembre. El gobierno limita drásticamente el derecho de los inmigrantes de impugnar las bases de su detención ante un tribunal, los discrimina injustamente en las prisiones, los detiene por periodos más prolongados, y no les proporciona derecho a tener abogados en casos de expulsión. Millones de inmigrantes han sido deportados.

Aunque las políticas migratorias han visto algunas mejoras con el Presidente Obama, su administración no ha retirado, e incluso ha empeorado, algunas de las violaciones de derechos humanos más flagrantes de la administración Bush.

Bajo la administración Obama, la frontera EE.UU.-México ha sido un lugar de abundantes violaciones de derechos humanos. Quizá lo más perturbador han sido las violaciones que afectan a niños pequeños y familias que han buscado refugio en los EE.UU. provenientes de países violentos. El derecho internacional en materia de derechos humanos exige protecciones particulares para los niños migrantes, incluyendo un rechazo explícito de la detención como mecanismo legal. También exige disponer de acceso a un abogado y una audiencia para evaluar las peticiones de asilo. Sin embargo, en la frontera EE.UU.-México, la mayoría de individuos, incluyendo a muchos que están buscando asilo, son detenidos y devueltos sin una orden de deportación, y nunca reciben una oportunidad real de presentar sus peticiones ante un juez de inmigración.1010. Mehta, Sarah. American Exile: Rapid Deportations that Bypass the Courtroom. New York: American Civil Liberties Union, 2014. Incluso aquellos que reciben una audiencia en un tribunal de inmigración no disponen habitualmente de un abogado que los represente en algunos de los casos jurídicamente más complejos de los EE.UU. Esto es claramente una violación de los derechos humanos. Sin embargo, a pesar de la clara evidencia de que los niños que se presentan sin asesoramiento tienen altísimas probabilidades de ser deportados,1111. Laura Meckler y Ana Campoy, “Children Fare Better in U.S. Immigrant Courts if They Have an Attorney,” The Wall Street Journal, 16 de julio de 2014, visitado el 29 de junio de 2016, http://www.wsj.com/articles/children-fare-better-in-u-s-immigrant-courts-if-they-have-an-attorney-1405531581. el gobierno de EE.UU. se ha negado a proporcionar representación jurídica, ni tan siquiera para los migrantes más vulnerables enfrentando la deportación a lugares extremadamente peligrosos.

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Aunque el candidato Obama se presentó con un programa de reforma migratoria, como presidente se ha ganado el título de “Deportante en jefe” por deportar a más migrantes que ningún otro presidente nunca antes. Se ha mostrado como un aliado inquebrantable de la Patrulla Fronteriza; el 35 por ciento de sus funcionarios no tendrían trabajo si no fuese por la rápida expansión por parte de Obama de esta fuerza policial fuera de control. Esta, en el propósito de la administración Obama de redoblar los esfuerzos en control fronterizo, ha deportado más de 2,4 millones de inmigrantes; encerró sin miramientos a mujeres y niños centroamericanos solicitantes de asilo en lúgubres centros de detención privados como “disuasión”; y comenzó el 2016 anunciando una detención a escala nacional de inmigrantes indocumentados, incluyendo redadas. Una vez en custodia de las patrullas fronterizas, está casi garantizado que estos individuos no van a recibir una representación adecuada.1212. Julia Preston, “U.S. Will Step Up Deportations, Focusing on Central Americans,” New York Times, 13 de mayo de 2016, visitado el 29 de junio de 2016, http://www.nytimes.com/2016/05/14/us/us-will-step-up-deportations-focusing-on-central-americans.html.

Respondiendo a la presión y a las graves críticas resultantes de sus severas medidas políticas de inmigración y justo después de que el Congreso de EE.UU. no aprobase la reforma migratoria, el Presidente Obama emprendió acciones ejecutivas que habrían permitido a casi cinco millones de inmigrantes indocumentados “salir de las sombras” y trabajar legalmente. Dos ordenes ejecutivas, la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés) y Acción Diferida para Padres de Ciudadanos y Residentes (DAPA, por sus siglas en inglés), han intentado proteger a los inmigrantes que han estado viviendo en los EE.UU. durante cinco años y llegado antes de cumplir los 16 años, así como a los padres de ciudadanos estadounidenses, de la deportación – no para otorgarles la ciudadanía, sino solo para no deportarlos. Sin embargo, los desafíos jurídicos planteados por 25 estados han frenado la DAPA, impactando a millones de familias inmigrantes y exponiéndolos a la amenaza de la deportación.1313. Adam Liptak y Michael D. Shear “Supreme Court Tie Blocks Obama Immigration Plan,” The New York Times, 23 de junio de 2016, visitado el 29 de junio de 2016, http://www.nytimes.com/2016/05/11/world/middleeast/us-has-taken-in-less-than-a-fifth-of-pledged-syrian-refugees.html?_r=0.

El debate político actual, que ha sido dominado por una postura y retórica en contra de la inmigración, xenófoba y directamente racista – gran parte de la cual ha sido alimentada en particular por la creciente islamofobia – empeora aún más la situación para millones de inmigrantes. Leyes contra los refugiados, incluyendo cuotas y denegaciones a los servicios sociales básicos, así como llamamientos a prohibir a los musulmanes entrar en el país, han sido discutidas durante los últimos meses como una política legítima junto con las deportaciones en masa.

A pesar de estas violaciones atroces, EE.UU. continúa proporcionando alguna protección significativa a refugiados y solicitantes de asilo. En 2013, admitió a 69.909 refugiados y otorgó asilo a 25.199 individuos.1414. U.S. Department of Homeland Security, Office of Immigration Statistics. Annual Flow Report: Refugees and Asylees: 2013. Por Daniel C. Martin y James E. Yankay. Washington, D.C.: U.S. United States Government Printing Office, 2014. EE.UU. ha incrementado sustancialmente los subsidios de protección de inmigrantes para víctimas de tortura, tráfico, violencia doméstica, abuso infantil, abandono o negligencia, y otros crímenes. Sin embargo, después de la crisis de refugiados sirios, más de 4 millones de sirios han huido del conflicto y la violencia en sus países de origen, y 6,5 millones han sido desplazados internamente. Durante la consiguiente migración en masa a Europa, los EE.UU. solo se comprometieron a reasentar a 10.000 refugiados. Para abril de 2015, el país solo ha admitido a 1.736 sirios para reasentamiento.1515. Somini Sengupta, “U.S. Has Taken In Less Than a Fifth of Pledged Syrian Refugees,” The New York Times, 10 de mayo de 2016, visitado el 29 de junio de 2016, http://www.nytimes.com/2016/05/11/world/middleeast/us-has-taken-in-less-than-a-fifth-of-pledged-syrian-refugees.html?_r=0. En comparación, Alemania, mucho más pequeña que EE.UU., ha absorbido hasta ahora más de 1 millón de refugiados.

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La introducción de la Ley SAFE

Tras los ataques de París, que incrementaron de forma significativa el temor que ha caracterizado a las primarias a la elección presidencial en los EE.UU., se introdujo legislación para limitar los programas de reasentamiento de refugiados en el país, gran parte de la cual discrimina a los refugiados sirios e iraquíes. En noviembre de 2015, la Cámara de Representantes de EE.UU. aprobó la Ley de Seguridad Estadounidense Contra Enemigos Extranjeros (conocida como la Ley SAFE).1616. H.R.4038, 114th Cong. (2015-2016).

Esta ley crearía un proceso burocrático de revisión que acabaría efectivamente con el reasentamiento de refugiados de Siria e Irak, en la medida en que exige nuevas certificaciones e indefinidas investigaciones de antecedentes para todos los refugiados que sean nacionales o residentes de Irak o Siria, y para muchos otros. Todos los refugiados considerados provenientes de Irak o Siria, incluyendo a cualquiera que haya estado en alguno de estos dos países en los últimos cuatro años y medio, solo sería admitido en los EE.UU. después de que el director de la Oficina Federal de Investigación (FBI, por sus siglas en inglés) certifique que el refugiado ha superado una adicional investigación de antecedentes. Esta investigación complementaría lo que la fiscal general Loretta Lynch describió como el “significativo y sólido” control de seguridad existente.1717. Public Broadcasting Station, “Some governors want to refuse Syrian refugees,” 18 de noviembre de 2015, visitado el 29 de junio de 2016, http://www.pbs.org/newshour/extra/daily_videos/some-governors-want-to-refuse-syrian-refugees/. Además de este control adicional requerido, la legislación enredaría el proceso de refugiados en más papeleo burocrático al requerir que la secretaría de la Seguridad Nacional, el director del FBI, y el director de la Inteligencia Nacional certifiquen unánimemente que un refugiado potencial, que ya ha sido sometido a un control de seguridad extensivo, no es una amenaza para los EE.UU. No ha sido expresada ninguna necesidad por parte del FBI o agencias de la ley de tal proceso de aprobación sin precedentes, que llevaría años poner en marcha y no añadiría ningún beneficio de seguridad pública a la población de los EE.UU. En resumen, la ley llevaría el proceso de EE.UU. de reasentamiento de refugiados sirios e iraquís a una paralización total.
Aunque el Senado todavía no ha aprobado esta ley problemática, la misma ya ha causado un gran daño a la reputación de los EE.UU. de ser un país acogedor y seguro para los refugiados. Varios estados, incluyendo Texas y Luisiana, han denunciado al gobierno federal y a las agencias de reasentamiento para evitar que traigan refugiados sirios a estos estados (la ACLU representó a las organizaciones de reasentamiento y ha derrotado exitosamente estas iniciativas hasta ahora).1818. American Civil Liberties Union, “Federal Court Blocks Indiana’s Attempts to Interfere with Syrian Refugee Resettlement,” Press Release, 29 de febrero de 2016, visitado el 29 de junio de 2016, https://www.aclu.org/news/federal-court-blocks-indianas-attempts-interfere-syrian-refugee-resettlement; American Civil Liberties Union, “ACLU Comment on Texas Refugee Resettlement Ruling,” Press Release, 16 de junio de 2016, visitado el 29 de junio de 2016, https://www.aclu.org/news/aclu-comment-texas-refugee-resettlement-ruling. Muchos argumentan que la hostilidad del Estado, junto con el proyecto de ley SAFE y otras declaraciones escandalosas del candidato presidencial Donald Trump pidiendo prohibir a los musulmanes entrar en el país, claramente socavan el liderazgo de EE.UU. en el mundo, incluso en su lucha contra grupos como el llamado Estado Islámico. A su favor, el Presidente Obama y su administración hablaron enérgicamente contra la ley e instaron al Congreso a no recorrer este camino de añadir obstáculos al asentamiento de refugiados en los EE.UU.1919. Maya Rhodan, “President Obama Threatens to Veto Bill Tightening Security for Refugees,” Time Magazine, 18 de noviembre de 2015, visitado el 29 de junio de 2016, http://time.com/4119391/president-obama-syrian-refugee-bill/.

Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) en los EE.UU. están indignadas con la Ley SAFE. La ACLU, junto con otras OSC, envió una enérgica apelación a los representantes del Congreso, advirtiendo que estas leyes contra los refugiados “comprometerían el liderazgo moral de los EE.UU. en el mundo.’”2020. Carta Conjunta a Senadores y Congresistas, 17 de noviembre de 2015, visitado el 29 de junio de 2016, https://www.aclu.org/sites/default/files/field_document/sign-on_letter_protecting_refugees_-_november_17_2015.pdf. La apelación también señala que “los refugiados sirios están escapando exactamente del tipo de terror que se ha visto en las calles de París. Han sufrido ese tipo de violencia durante casi cinco años.”2121. Ibid. Además se recuerda a los representantes del Congreso que:

Funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional entrevistan a cada refugiado para determinar si cumplen la definición de refugiado y si son admisibles a los Estados Unidos. Los refugiados son sometidos a una serie de controles biométricos y una investigación de antecedentes, incluyendo la recolección y análisis de datos personales, huellas dactilares, fotografías, y otra información de antecedentes, todo lo cual es contrastado con las bases de datos del gobierno.2222. Ibid.

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Aparte del efecto preocupante y perjudicial de la legislación sobre la política migratoria de EE.UU., la protección de las minorías religiosas y sobre su autoridad moral y posición en el mundo de modo más general, la Ley SAFE estadounidense es inconsistente con las obligaciones de EE.UU. derivadas de los tratados para proteger refugiados y defender los derechos humanos sin discriminación. Las siguientes secciones de este artículo analizarán los modos en que la Ley SAFE estadounidense contradice el derecho internacional:

(1) El anteproyecto contraviene la carta y el espíritu de la Convención de Refugiados<2323. Ibid.

Al establecer una excepción a sus obligaciones derivadas de los tratados para una comunidad vulnerable, basada en su identidad religiosa y étnica y el país de origen de esos individuos, esta legislación viola de modo fragrante las obligaciones de EE.UU. en virtud del artículo 3 de la Convención de Refugiados de 1951 que estipula que “los Estados Contratantes aplicarán las disposiciones de esta Convención a los refugiados, sin discriminación por motivos de raza, religión o país de origen.” Los EE.UU. son un Estado parte del Protocolo de 1967 referente al Estatuto de Refugiados, y está por lo tanto comprometido a la Convención de Refugiados y sus obligaciones con respecto al Estatuto de Refugiados. En 1980, el Congreso promulgó la Ley de Refugiados con la intención clara de llevar a los EE.UU. a la conformidad con sus obligaciones internacionales en relación a los refugiados, incluyendo la aplicación de la Convención de Refugiados “a refugiados sin discriminación por motivos de raza, religión o país de origen.”2323. Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 28 de julio de 1951, 19 U.S.T. 6259, 189 U.N.T.S. 137 (implementado el 22 de abril de 1954); Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, 31 de enero de 1967, 19 U.S.T. 6223, 606 U.N.T.S. 267 (entró en vigor el 4 de octubre de 1967). La historia legislativa de la Convención de Refugiados y del Protocolo destaca “la evolución de un consenso en torno a una política humanitaria y no discriminatoria finalmente incorporada en la Ley de Refugiados.”2525. Deborah Anker y Michael Posner, The Forty Year Crisis: A Legislative History of the Refugee Act o f1980, 19 San Diego L. Rev. 9, 12 (1981). La historia de negociación y el comentario autorizado sobre la Convención de Refugiados también establecen claramente que la discriminación perpetrada por los Estados contratantes y contra diferentes grupos de refugiados es una violación directa de la Convención de Refugiados.

Aunque los gobiernos tienen el papel de diseñar sus propios programas de reasentamiento, estos programas deben conformarse a las obligaciones internacionales. Por lo tanto, los programas de reasentamiento de EE.UU. deben ser no discriminatorios y seleccionar refugiados para el reasentamiento solo en base a sus necesidades, independientemente de la nacionalidad, etnia, religión y otras características relacionadas. Además, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ha reconocido las preocupaciones legítimas de los Estados por mantener la seguridad pública y combatir el terrorismo, pero ha advertido contra la “erosión de los principios bien consolidados de protección a los refugiados.”2626. Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Frequently Asked Questions about Resettlement, abril de 2012, visitado el 2 de diciembre de 2015, http://www.unhcr.org/4ac0873d6.pdf. Estas protecciones de los derechos humanos no pueden ser desechadas durante épocas de aparente emergencia política; al contrario, son todavía más importantes en momentos de alarma, como en la situación actual, cuando los gobiernos son tentados a doblegarse a los miedos, por muy infundados o imaginados que sean, de sus electores.

(2) La Ley contraviene la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ICERD, por sus siglas en inglés)

El artículo 5 de la ICERD, con la que los EE.UU. están comprometidos, requiere que los Estados partes “garanticen el derecho de todos, sin distinción por cuestiones de raza, color, nacionalidad u origen étnico, a la igualdad frente a la ley.” Por consiguiente, las políticas gubernamentales que aplican normas jurídicas desiguales a los no ciudadanos basándose en su nación de origen claramente violan el ICERD.2727. Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, 21 de diciembre de 1965, 660 U.N.T.S. 195, 5 ILM 350 (entró en vigor el 4 de enero de 1969). Solo las disposiciones jurídicas relativas a cuestiones de nacionalidad, ciudadanía o naturalización están exentas de los efectos de la Convención. Sin embargo, de acuerdo con la Ley SAFE, los nacionales o residentes de Irak o Siria serán tratados distinto que otros solicitantes de asilo y refugiados de maneras no relacionadas con la nacionalidad, ciudadanía y naturalización. El trato diferencial entre grupos de no ciudadanos constituye una discriminación prohibida en virtud de los artículos 1.1 y 1.3 del ICERD.2828. El artículo 1.1. de la ICERD define “discriminación racial” como: “toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra esfera de la vida pública.” El artículo 1.3 de la ICERD afirma: “Ninguna de las cláusulas de la presente Convención podrá interpretarse en un sentido que afecte en modo alguno las disposiciones legales de los Estados partes sobre nacionalidad, ciudadanía o naturalización, siempre que tales disposiciones no establezcan discriminación contra ninguna nacionalidad en particular.”

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD, por sus siglas en inglés) ha pedido a los Estados que “velen por que las políticas de inmigración no tengan el efecto de discriminar contra las personas por motivos de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico”2929. El Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (“Comité CERD”), Recomendación General No. 30: Discriminación contra no ciudadanos, 1 de octubre de 2004, II, sección 9. y ha declarado que las leyes sobre deportación y expulsión deberían “no discriminar, por sus fines o efectos, por motivos de raza, color, ascendencia u origen nacional o étnico.”3030. Comité CERD, Recomendación General No. 30: Discriminación contra no ciudadanos, 1 de octubre de 2004, II, II, sección 10.

El tratamiento diferencial impuesto por la Ley estadounidense SAFE sobre los solicitantes de asilo y refugiados de Irak y Siria hace precisamente eso. El Comité ya ha concluido que la “xenofobia contra los no nacionales, en particular los migrantes, los refugiados y los solicitantes de asilo, constituía una de las principales fuentes del racismo contemporáneo, y que las violaciones de los derechos cometidas contra los miembros de esos grupos se producen ampliamente en el contexto de prácticas discriminatorias, xenófobas y racistas.”3131. Comité CERD, Recomendación General No. 30: Discriminación contra no ciudadanos, 1 de octubre de 2004. Al excluir a los solicitantes de asilo iraquíes y sirios de protecciones básicas de sus derechos humanos, la Ley SAFE no únicamente viola sus derechos de buscar protección, sino que también contribuye a la discriminación y racismo hacia estos individuos – incluidos aquellos que han sido capaces de entrar y buscar protección en los EE.UU.

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(3) La Ley SAFE contraviene el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos (ICCPR, por sus siglas en inglés, o el Pacto)

A EE.UU. se le exige que respete y defienda los derechos garantizados en el ICCPR a cualquier persona que esté en su territorio y sujeta a su jurisdicción. Esto significa que EE.UU. debe respetar y garantizar los derechos establecidos en el Pacto de cualquiera dentro de su dominio o control efectivo, incluso si el individuo no está situado dentro del territorio de los EE.UU. El Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH) ha interpretado que esta obligación no debe quedar limitada a los ciudadanos de los Estados partes, sino a todos los individuos, con independencia de su nacionalidad o situación apátrida, como los solicitantes de asilo, refugiados, mujeres migrantes y otras personas que puedan encontrarse en el territorio o sometidas a la jurisdicción del Estado parte.3232. Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, 16 de diciembre de 1966, 999 U.N.T.S. 171, 6 I.L.M. 368 (entró en vigor el 23 de marzo de 1976). En el contexto de expulsión contemplado en el artículo 13, el Comité ha declarado que “no se puede discriminar entre las diferentes categorías de extranjeros.”3333. Comité del ICCPR, Observación General No. 15: La situación de los extranjeros con arreglo al pacto, 11 de abril de 1986, II, sección 10.

Es más, conforme al artículo 2(1) del ICCPR, a los gobiernos les está prohibido denegar los derechos fundamentales consagrados en el Pacto por cuestiones de origen nacional. El artículo 26 del ICCPR estipula además que: “Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”

El CDH considera que el término “discriminación” tal como se emplea en el Pacto debe entenderse “referido a toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que se basen en determinados motivos, como la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento o cualquier otra condición social, y que tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales de todas las personas.”3434. Comité de Derechos Humanos (CDH), Observación General No. 18: No discriminación, 10 de noviembre de 1989, sección 7.

El Comité señaló además que la aplicación del principio de no discriminación en el artículo 26 no está limitado a aquellos derechos provistos en el ICCPR y que “al aprobar una ley, un Estado Parte debe velar por que se cumpla el requisito establecido en el artículo 26 de que el contenido de dicha ley no sea discriminatorio.”3535. Ibid, sección 12. El Comité ha observado que “no toda diferenciación de trato constituirá una discriminación, si los criterios para tal diferenciación son razonables y objetivos y lo que se persigue es lograr un propósito legítimo en virtud del Pacto.”3636. Ibid, sección 13.

Lo que la Ley SAFE se propone hacer, sin embargo, es claramente discriminación al distinguir y tratar injustamente a un grupo entero de personas, basándose en su origen nacional, y deniega a estos individuos sus derechos fundamentales en virtud del Pacto. La Ley tiene tanto el propósito como el efecto de discriminación sin justificación.

(4) La Ley SAFE contraviene la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre

La Declaración Americana garantiza, en el artículo II, el derecho de igualdad ante la ley. En una resolución de 1997 sobre la política de interdicción de EE.UU. con respecto a refugiados haitianos en alta mar, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos desestimó la argumentación del gobierno de EE.UU. de que el derecho de igualdad del Artículo II se aplica a la igualdad solo con respecto a la aplicación de los derechos substantivos articulados en la Declaración y subrayó que:

[Una] violación del Artículo II ocurre no solo en la aplicación de un derecho sustantivo sino también con respecto a cualquier diferenciación no razonable con respecto al trato actual de personas pertenecientes a la misma clase o categoría. Por lo tanto, la constatación de que los haitianos tienen un derecho sustantivo al asilo conforme al Artículo XXVII no impide constatar una violación del artículo II con respecto a la diferenciación no razonable en el trato de los haitianos y nacionales de otros países que buscan refugio en los Estados Unidos.3737. The Haitian Center for Human Rights et. al. v. United States, Case 10.675, Inter-Am. Comm’n H.R., Report No. 51/96OEA/Ser.L/V/1195 Doc. 7 rev. ¶ 178 (1997).

Así que nuevamente, al denegar a los sirios e iraquíes protección y una oportunidad de solicitar asilo en los EE.UU. debido a su origen nacional, la Ley SAFE viola explícitamente el derecho a la igualdad ante la ley.

(5) La Ley SAFE contraviene las orientaciones del Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados

Tras los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001, el Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados advirtió premonitoriamente que se haría de los refugiados y solicitantes de asilo chivos expiatorios ante las preocupaciones sobre terrorismo internacional en su orientación sobre “Cómo abordar el tema de la seguridad sin perjudicar la protección de los refugiados.”3838. Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados (ACNUR), Cómo abordar el tema de la seguridad sin perjudicar la protección de los refugiados: La perspectiva del ACNUR, 29 de noviembre de 2001, Rev.1, visitado el 2 de diciembre de 2015, http://www.acnur.org/t3/fileadmin/Documentos/BDL/2008/1760.pdf?view=1.. La orientación del Alto Comisionado subrayó que “cualquier discusión sobre las salvaguardas de seguridad debe partir de la presunción de que los refugiados están huyendo de la persecución y la violencia, incluidos los actos terroristas, y que ellos no son responsables de tales actos.”3939. Ibid.

Además, la orientación del Alto Comisionado de 2001 pidió a las partes contratantes combatir el racismo y la xenofobia señalando que

Identificar asilo con “refugio temporal” para los terroristas no solo es un error legal y hasta ahora sin respaldo de los hechos, sino que sirve para calumniar a los refugiados ante la opinión pública y señalar a individuos de ciertas razas o religiones por razones de discriminación y hostigamiento basados en el odio…

Desde el 11 de setiembre, varias comunidades de inmigrantes y refugiados han sufrido ataques y hostigamiento fundamentados en criterios étnicos o religiosos, lo cual ha intensificado tensiones sociales. Si bien es cierto que existen solicitantes de asilo y refugiados que han sido asociados o serán asociados con delitos graves, esto no significa que la mayoría tiene que estar condenada por asociación con la minoría.4040. Ibid.

Más recientemente, en respuesta a los ataques terroristas en París en 2015, el Alto Comisionado se mostró preocupado «por las reacciones de algunos Estados que quieren acabar con los programas establecidos, abandonar los compromisos que tomaron para gestionar la crisis de los refugiados (es decir, reubicación) o proponiendo el levantamiento de más barreras. Estamos muy preocupados por el lenguaje que demoniza a los refugiados como grupo. Esto es peligroso, ya que contribuirá a la xenofobia y el miedo. Los problemas de seguridad a los que se enfrenta Europa son muy complejos. Los refugiados no tienen por qué convertirse en chivos expiatorios ni en víctimas secundarias de estos trágicos eventos.”4141. Alto Comisionado de la ONU (ACNUR) portavoz Melissa Fleming, After Paris Attacks, Refugees should not be turned into scapegoats, 17 de noviembre de 2015, visitado el 2 de diciembre de 2015, http://www.unhcr.org/564b097e6.html.

En EE.UU. están apareciendo peligros semejantes, ejemplificados por la Ley SAFE y los repetidos llamamientos de Donald Trump de vetar a los inmigrantes musulmanes tras los tiroteos en Orlando, Florida, ejecutados por un musulmán nacido en los EE.UU. Estas respuestas a una real o aparente amenaza de seguridad nacional representan una seria amenaza a la protección de los derechos humanos no solo para los no ciudadanos que buscan ayuda en los EE.UU. sino también para las minorías religiosas y étnicas para quienes los EE.UU. siempre han sido su hogar.

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Conclusión

El desenlace de la Ley SAFE es todavía una incógnita, pero la agravada retórica contra los musulmanes y los refugiados ha dejado claro que incluso las protecciones de derechos humanos bien consolidadas para los inmigrantes y las minorías están siendo amenazadas en los EE.UU. La próxima elección presidencial en EE.UU. ha puesto a los derechos y el trato de solicitantes de asilo y comunidades minoritarias vulnerables bajo una fuerte presión y los temas en juego – el trato dispensado a los refugiados y a otros que buscan protección de la violencia – no parece que vayan a desaparecer pronto. La crisis de refugiados sirios y la crisis humanitaria en Centroamérica seguirán confrontando la próxima administración presidencial y el nuevo Congreso. La cuestión para el gobierno y población estadounidense cómo responder. ¿Será que el temor y la retórica política sensacionalista que presenta a los musulmanes y a todos los refugiados como una amenaza pasarán a incorporarse en leyes, y se les permitirá desmantelar las leyes y principios básicos de los derechos humanos internacionales? ¿O acaso estos compromisos con los derechos humanos podrán recordar a los EE.UU. su identidad histórica como lugar de refugio, inclusión y renacimiento?

Jamil Dakwar - EE.UU.

Jamil Dakwar es el director del Programa de Derechos Humanos (HRP, por sus siglas en inglés) de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU, por sus siglas en inglés), que se dedica a exigir responsabilidades al gobierno de los Estados Unidos de América (EE.UU.) en virtud de sus obligaciones y compromisos internacionales en materia de derechos humanos. Antes de formar parte de ACLU en 2004, Jamil trabajó en Human Rights Watch. Antes de venir a los EE.UU., fue abogado principal de Adalah, un grupo destacado de derechos humanos en Israel. Tiene una licenciatura de la Universidad de Tel Aviv y de la Facultad de Derecho NYU. Es profesor adjunto en la John Jay College of Criminal Justice (CUNY).

Recibido en junio de 2016

Original en inglés. Traducido por Sebastián Porrua Schiess