Diálogos

“El informe causó impresión en el CDH”

Michael Kirby

Entrevista con el juez jubilado del Tribunal Supremo de Australia Michael Kirby, sobre su papel como presidente del Comité de Investigación de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos en la República Popular Democrática de Corea

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En esta entrevista exclusiva concedida a la Revista Sur, Michael Kirby habla sobre la Comisión de Investigación sobre los Derechos Humanos en la República Democrática Popular de Corea (conocida como la «CI sobre la RDPC» o «CI sobre Corea del Norte»), de la que fue presidente. Nos cuenta la impresión que causó el informe cuando se presentó en el Consejo de Derechos Humanos (CDH) el 17 de marzo de 2014. La particular metodología —que se discute en detalle más adelante— que utilizaron Michael Kirby y sus colegas, Marzuki Darusman y Sonja Biserko, permitió a la CI recoger material y documentar los abusos graves contra los derechos humanos que se producen en la República Democrática Popular de Corea (RPDC o Corea del Norte), incluidos crímenes de lesa humanidad.

La península de Corea fue gobernada como un país unido durante al menos mil años, hasta 1945, cuando fue dividida por los aliados al vencer la Segunda Guerra Mundial tras derrotar a Japón, que ocupaba Corea desde 1911. Los aliados trazaron una línea artificial que atravesaba más o menos el centro de la península. La sección norte se le asignó a la esfera de influencia soviética; la sección sur, a la esfera de influencia de los Estados Unidos de América. Los regímenes que se establecieron en la posguerra fueron ambos muy autocráticos, y dieron lugar a grandes tensiones en la península. Esas tensiones culminaron en 1950, cuando las fuerzas del norte atacaron el sur. El resultado fue una guerra demoledora, que causó gran devastación económica y humana en ambas partes de Corea. El régimen comunista del norte sobrevivió y el primer gobernante supremo de Corea del Norte, Kim Il-sung, estableció un régimen marcadamente autocrático, que no protegió los derechos humanos de sus ciudadanos, sino que más bien, con frecuencia, los violó deliberadamente. Esta tendencia continúa hasta nuestros días bajo el actual líder supremo, el tercer miembro de la dinastía Kim, Kim Jong-un.

En 2013, tras muchos años de preocupación internacional por los informes sobre la situación de derechos humanos en Corea del Norte, el CDH decidió establecer la CI, un mecanismo del CDH utilizado para centrar la atención internacional en un país o un área en particular.

Kirby observa que la CI sobre Corea del Norte es un caso muy interesante, con muchas lecciones para la forma en que la ONU puede abordar con mayor eficacia los problemas de derechos humanos. Según él, la insistencia de la CI en el debido proceso y la justicia —incluso frente a un régimen como el norcoreano— es la única manera en que pueden tratarse las cuestiones de derechos humanos. En última instancia, dice, esto se traducirá de forma más probable en un mayor compromiso en relación con las medidas de seguimiento.

El informe completo de la CI sobre Corea del Norte puede leerse aquí.

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Conectas Derechos Humanos • La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) ha apoyado o instaurado 50 comisiones internacionales de investigación y misiones de determinación de los hechos desde 1992.11. “Commissions of Inquiry And Fact-Finding Missions On International Human RightsAnd Humanitarian Law - Guidance And Practice,” Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights (OHCHR), 2015, visitado el 30 de mayo de 2016, http://www.ohchr.org/Documents/Publications/CoI_Guidance_and_Practice.pdf. ¿En qué se diferencia la CI sobre derechos humanos en la RPDC de las demás, sobre todo en cuanto a la metodología y la forma en que se presentó el informe?

M. K.: No esperábamos que la RPDC cooperara con la CI, y no cooperó. Por lo tanto, nos enfrentamos al problema singular de no poder visitar el país y verificar la situación por nosotros mismos. En consecuencia, tuvimos que recoger testimonios fuera del país. No fue ningún problema conseguir testigos. Anunciamos que buscábamos testigos y recibimos un gran número de personas que deseaban hablar. Hay una comunidad de cerca de 28.000 refugiados norcoreanos en Corea del Sur, de donde surgió la mayor parte de los testigos.

Se permitió a los testigos dar su testimonio sin preguntas dirigidas y con una mínima intervención de la CI. Uno de los puntos fuertes del informe de la CI sobre la RPDC es que en casi cada página hay pasajes citados de la transcripción que cuentan la experiencia de las personas. A eso se añade la fuerza y el vigor del informe, que creo que supone un hito.

Como juez de un país de derecho anglosajón, me sentí cómodo dirigiendo la CI sobre la RPDC utilizando elementos de derecho anglosajón que me eran familiares, en particular la cuestión de la transparencia. Esto fue particularmente relevante para una investigación en torno a un lugar con tanto sigilo. Un antídoto contra el secretismo es la transparencia. Mis colegas, Marzuki Darusman (Indonesia) y Sonja Biserko (Serbia), pese a sus antecedentes en el derecho continental, se mostraron de acuerdo con esta estrategia y la investigación se llevó a cabo de la manera más transparente posible. Esto incluyó la filmación de las audiencias públicas, que —con la debida protección de la identidad de los testigos, cuando era necesario— se pusieron en línea, junto con las transcripciones, tanto en el idioma original, ya fuera coreano o japonés, como en inglés.

En un primer momento la ONU no se mostró particularmente feliz acerca del procedimiento transparente que adoptamos. Decían que determinadas personas tratarían de interrumpir nuestras reuniones, que habría riesgos de seguridad y que esa no era la forma en que se llevaban a cabo las CI normalmente. Sin embargo, persistimos no solo porque la transparencia ayuda a convencer a la comunidad pertinente en cuanto a la integridad y la imparcialidad del procedimiento, sino también porque aumenta las expectativas de que ese procedimiento logre resultados.

Uno de los problemas de los informes de la ONU es que a veces pueden ser difíciles de leer. Eso puede deberse en parte al hecho de que los funcionarios los redactan con una psicología de funcionarios y, en ocasiones, en un idioma que no es su lengua materna. Aunque el informe de la CI sobre Corea del Norte fue redactado por nuestra secretaría, yo lo revisé minuciosamente. Al ser el único hablante nativo de inglés de la CI, me esforcé para que la redacción fuera clara, sencilla y que lograra comunicar directamente a los no expertos a qué problemas nos enfrentábamos.

También se nos planteó la cuestión de la conveniencia de hacer llegar la versión casi final del informe a las autoridades de la RPDC. Ese sería el procedimiento en una investigación en el marco del derecho anglosajón, sobre todo cuando el sujeto de la investigación no había respondido a la investigación. Por lo tanto, enviamos una copia de nuestro informe al líder supremo a través de la misión de la RPDC en Ginebra. En la carta de presentación, le advertí al líder supremo de que él mismo podría ser responsabilizado de las violaciones de derechos humanos que recogía el informe. Así se le ofreció la oportunidad de respondernos y se le estimuló a ello, pero no respondió. Algunos funcionarios de la ONU dijeron que eso no se había hecho nunca. Sin embargo, nos pareció que era un requisito básico de las garantías procesales debidas.

Estos son algunos de los aspectos distintivos de la CI sobre la RPDC. A mí me interesaba mucho la metodología, que me parece importante. Si se acierta con la metodología, es más probable que se elabore un informe convincente que realmente pueda ayudar a cambiar las cosas. Tengo la esperanza de que logremos que una editorial privada publique el informe, porque la RPDC y sus problemas no han desaparecido de la escena internacional. Creo que el informe de la CI sigue siendo relevante y debería difundirse lo más ampliamente posible.

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Conectas • ¿Hay cosas que habría hecho de otra manera?

M. K.: Seguro que hay muchas cosas que podríamos haber hecho de otra manera. Le ofrecimos a Corea del Norte la oportunidad de contar con un representante ante la CI. Eso se negoció con el gobierno de Corea del Sur y era en sí misma una medida inusual en la relación entre Corea del Norte y Corea del Sur. Al final, la RPDC rechazó la oferta. Por lo tanto, si hubiéramos tenido más tiempo, podríamos haber seguido un procedimiento para velar por que hubiera un representante de la RPDC, aunque lo hubiéramos tenido que nombrar nosotros mismos.

Conectas • El informe de la CI fue firme en su condena del régimen de Corea del Norte, al exponer que instituciones y funcionarios de Corea del Norte han cometido y están cometiendo «violaciones sistemáticas, generalizadas y graves de los derechos humanos», incluyendo crímenes de lesa humanidad, y recomendó que se llevara al Estado ante Corte Penal Internacional (CPI).22. United Nations General Assembly, A/HRC/25/63, “Report of the commission of inquiry on human rights in the Democratic People’s Republic of Korea,” 7 de febrero de 2014, párrafo 24 y 94(a). A pesar del rechazo total por parte de Pyongyang de la CI y sus conclusiones, tras la publicación del informe Corea del Norte se sometió por primera vez al Examen Periódico Universal (EPU) y también participó en varias iniciativas diplomáticas promovidas por la ONU y la UE.33. Ver, por ejemplo: David Hawk, “North Korea Responds to the UN Commission of Inquiry.” 38 North, Oct. 16, 2014, visitado el 30 de mayo de 2016, http://38north.org/2014/10/dhawk101614/.http://38north.org/2014/10/dhawk101614/. Sin embargo, después de que en diciembre de 2014 la Asamblea General de la ONU remitiera las conclusiones de la Comisión al Consejo de Seguridad, Pyongyang renunció a cualquier tipo de cooperación con los mecanismos de derechos humanos de la ONU.44. Ver, por ejemplo: Christine Chung, “Moving Forward on North Korean Human Rights.” 38 North, July 27, 2015, Christine Chung, “Moving Forward on North Korean Human Rights.” 38 North, July 27, 2015, visitado el 30 de mayo de 2016, http://38north.org/2015/07/cchung072715/. ¿Cuánto de esas maniobras diplomáticas atribuye usted a la presión creada a partir del informe? ¿Y cómo responde a la crítica según la cual, considerando que ahora Corea del Norte rechaza cualquier tipo de cooperación con los mecanismos de derechos humanos de la ONU, el informe puede haber tenido el efecto de aislar aún más a ese país?

M. K.: Está claro que el informe causó impresión en el CDH y que metió presión sobre Corea del Norte para que diera una respuesta. Por lo tanto, la secuencia temporal parece indicar que la respuesta fue producto del informe. La consecuencia fue que Corea del Norte se embarcó en una «ofensiva seductora» para tratar de disuadir a los órganos de la ONU de proseguir con el informe y, en particular, de evitar que siguiera mostrándose crítico con el líder supremo o remitiéndolo al Consejo de Seguridad. La RPDC ha fallado en todas sus acciones porque la comunidad internacional se indignó y alarmó de verdad con el contenido del informe. Las medidas tomadas por Corea del Norte, sin embargo, eran de agradecer. Había sido el único país del mundo sometido al EPU que afirmaba que no había problemas de derechos humanos que resolver. Ninguno, nada en absoluto.

Una vez que se publicó nuestro informe, la RPDC adoptó un papel más activo en el segundo ciclo del EPU. Acordó que había un número significativo de puntos —por ejemplo, la ejecución pública de enemigos del régimen— que debían ser considerados contrarios a las normas de derechos humanos. Todo eso supuso una buena evolución, sin duda digna de una buena acogida. No obstante, cuando se hizo evidente que el asunto iba a ser remitido al Consejo de Seguridad y cuando el Consejo de Seguridad hizo una votación de procedimiento para incluirlo en el orden del día —por dos veces—, la RPDC dejó de cooperar.

La CI no era un órgano político; era una comisión independiente cuyo objetivo era llevar a cabo una investigación. Nuestra obligación no era como la de los diplomáticos que intercambian y negocian favores a cambio de objetivos geopolíticos: nuestra obligación era hacer una investigación y un informe que fueran precisos, justos y que siguieran principios. Y eso es lo que hicimos. No se pueden lograr progresos en el tema de los derechos humanos ignorando o tratando con miramientos los crímenes de lesa humanidad. Por ello, es sencillamente incompatible con tales graves crímenes contra el orden jurídico internacional sugerir que esos crímenes, aunque aparecían en los testimonios, quizá ya no existían o habernos guardado esa información para nosotros por sospechar que pudieran aislar a la RPDC. Corea del Norte ya estaba aislada; el país se aísla solo. Pero no está aislado de la ONU, de la que es miembro, ni de los tratados de derechos humanos ni de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que el país está obligado a cumplir. Esos tratados son protecciones para el pueblo de la RPDC, que mira hacia la ONU. Hicimos nuestro deber al revelar la situación. En su debido momento, cuando mejore la situación de los derechos humanos en Corea del Norte, eso solo será debido al trato impactante que ha recibido el pueblo de la RPDC, que la CI ha dado a conocer al mundo.

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Conectas • Una de las conclusiones más impactantes del informe de la CI es el tratamiento de los refugiados de Corea del Norte. ¿Podría explicar a nuestros lectores los retos específicos a que se enfrenta ese grupo de personas?

M. K.: Uno de los capítulos más enérgicos del informe es el capítulo relativo a los alimentos y las consecuencias de la gran hambruna —la llamada «marcha penosa»— a mediados de la década de 1990. Un gran número de personas murió de hambre. Las cifras exactas son objeto de controversia, pero no fueron menos de 300.000 y pueden haber superado el millón, de una población de 23 millones. Es decir, el sufrimiento estaba muy extendido. Una consecuencia de ello es que un gran número de personas trataron de huir a China. En aquel momento, la frontera noreste de China no estaba muy protegida durante el invierno. Muchas personas de la RPDC, especialmente mujeres, cruzaron los ríos helados y penetraron en China. En ese país sufrieron grandes abusos, que en algunos casos llegaron a la trata, y en muchos casos condiciones de trabajo y de vida muy difíciles. Muchos de ellos solo se fueron para juntar el suficiente dinero y asegurar la subsistencia de sus familias antes de volver a la RPDC.

En la RPDC existe el principio de la exclusividad racial. Por ello, hubo una gran discriminación hacia cualquier persona que regresara a Corea del Norte, sobre todo hacia las mujeres que habían tenido hijos de padres chinos. En un caso, una testigo nos dijo que se había visto obligada a ahogar a su hijo en un cubo porque el padre del niño era chino. Quienes volvían de China eran sometidos a castigos crueles y, a menudo, eran internados en campos de detención. Las autoridades chinas tomaron medidas para cooperar con la RPDC en la devolución de los refugiados. La CI advirtió a China de que esa práctica era incompatible con las obligaciones de China en virtud tanto de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados como de su Protocolo. China respondió alegando que no eran refugiados, sino emigrantes económicos. Sin embargo, la CI insistió en que una vez que esas personas habían huido a China, aunque en un principio hubiera podido deberse a razones económicas, teniendo en cuenta las condiciones en Corea del Norte, eran técnicamente refugiados y por lo tanto tenían derecho a gozar de protección en cuanto refugiados. China no está de acuerdo con esa posición.

Conectas • Según el informe, “la comunidad internacional debe aceptar su responsabilidad de proteger al pueblo de la República Popular Democrática de Corea”.55. Asamblea General de las Naciones Unidas, A/HRC/25/63, párr. 86. ¿Cómo y en qué medida cree usted que esa responsabilidad se plasmará a corto y a largo plazo? ¿Hay signos de que dicha responsabilidad ya haya sido reconocida?

M. K.: El informe contenía muchas recomendaciones para la ONU. Una de ellas ha sido implementada, a saber, el establecimiento de una oficina sobre el terreno en Seúl (Corea del Sur). Allí recogen testimonios y, de esa manera, continúan con el trabajo que empezó la CI. El informe también recomienda que el asunto se remita al Consejo de Seguridad para que este pueda invocar su jurisdicción de conformidad con el Estatuto de Roma y remitir el caso de la RPDC a la CPI. El primer paso en ese proceso se ha logrado al referir la Asamblea General la cuestión al Consejo de Seguridad, una medida inusual y que, en lo tocante a los derechos humanos, solo se había tomado una vez, en el caso de Myanmar (Birmania). Esa decisión se reafirmó en diciembre de 2015 mediante una votación similar para llevar la cuestión ante el Consejo. En consecuencia, en febrero de 2016, el Consejo de Seguridad aprobó por unanimidad las resoluciones que imponían sanciones más fuertes contra la RPDC como reacción a los ensayos nucleares y de misiles que había llevado a cabo.

La pregunta es si algo de eso se hizo como reivindicación del contenido del informe de la CI. No puedo decir qué pensaron los Estados miembros del Consejo de Seguridad a la hora de tomar esas diversas medidas, pero lo que yo creo es que el informe de la CI abrió un espacio que no habría existido si la comunidad internacional no se hubiera enterado de lo especial de la situación en Corea del Norte y de que allí se habían cometido crímenes de lesa humanidad, que exigían una respuesta.

El Consejo de Seguridad aún no ha remitido el caso, como recomendamos, a la CPI. Sin embargo, eso podría suceder en el futuro, sobre todo si la RPDC sigue actuando de esa forma beligerante, hostil y belicosa. Al final de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional, al establecer las Naciones Unidas, decidió que el mundo no le daría la espalda nunca más a los crímenes de lesa humanidad. Estos crímenes no son violaciones ordinarias de los derechos humanos, de las cuales se producen millones de casos en el mundo. Se trata de la forma más grave de los crímenes internacionales que, junto con el genocidio y ciertos crímenes de guerra, exigen una respuesta de la conciencia de la humanidad. Y ese tipo de crímenes constan en el informe de la CI. Creo que la comunidad internacional continuará ejerciendo presión sobre la RPDC y, en última instancia, hará rendir cuentas a los responsables de los crímenes de lesa humanidad cuya existencia se pruebe.

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Conectas • ¿Qué papel debe jugar China en las iniciativas para mejorar la situación de los derechos humanos en Corea del Norte? ¿Son preocupantes los signos recientes de un enfriamiento de las relaciones bilaterales entre la RPDC y China en ese sentido?

M. K.: China es clave para el progreso de la RPDC. Es el principal socio comercial de Corea del Norte, mientras que la Federación de Rusia tiene ahora intereses económicos relativamente pequeños. Por eso, espero que China continúe buscando formas de lidiar con el problema que tiene en su puerta. Obviamente, China debe estar profundamente preocupada acerca de los peligros de su propio entorno y de sus propias componendas políticas en el noreste del país. Pero también por las terribles armas que posee la RPDC y por el sistema de gobierno algo inestable que tienen, que hace que China deba enfrentarse a la posibilidad del uso accidental o equivocado de esas armas.

Todo esto significa que es probable que se vaya a producir una evolución de la posición de China. Sin embargo, hay varios indicios de que Corea del Norte ha dañado las relaciones de que disfrutaba con China. El asesinato de Jang Song-Thaek, el tío del líder supremo, en diciembre de 2013, fue un ejemplo de ello. Tras la muerte de Kim Jong-II, los informes indicaban que él había insistido en que la RPDC debía avanzar hacia una mejora de su economía y su política interna siguiendo el modelo chino.

La diplomacia discreta de China, incluyendo conversaciones secretas que no están bajo los focos del escrutinio internacional, serán un camino a seguir para hacer presión sobre Corea del Norte con el fin de mejorar la situación de los derechos humanos.

Conectas • Si nos fijamos en general en la política exterior de otros países del Sur Global que mantienen representación en Pyongyang (como por ejemplo Brasil, Indonesia, India y Nigeria), ¿cuál debería ser el papel de estos países y cómo pueden sus representantes diplomáticos en el país contribuir a mejorar la situación de los derechos humanos?

M. K.: Uno de los aspectos decepcionantes de la respuesta en la ONU al informe de la CI fue que los países africanos y los BRIC no se comprometieron, siendo países que han sentido el dolor de la privación de derechos humanos. India, por ejemplo, se abstuvo en varias ocasiones en relación con el examen del informe en la Asamblea General. La votación en la Asamblea General fue de 120 a 20, y 55 países se abstuvieron. Entre esas abstenciones se encuentran las de muchos de los principales países del mundo en desarrollo que han sufrido experiencias directas de violaciones de los derechos humanos.

Muchos de los países del mundo en desarrollo continúan viviendo en el mundo ideal de la no alineación. No han ajustado su respuesta internacional al mundo desde 1989. Entendí eso claramente al ver los debates en la ONU. Sin embargo, nunca hay que olvidar que 120 países —un número considerable para un voto sobre una cuestión de derechos humanos— votaron a favor del informe de la CI y en contra de la ofensiva seductora de la RPDC. Del mismo modo, en el Consejo de Seguridad, primero 11 Estados miembros y luego 10 votaron a favor de la acción en una votación de procedimiento. Y, finalmente, en febrero de 2016 el Consejo aprobó por unanimidad sanciones más enérgicas.

Conectas • ¿Tuvo ocasión de contactar con alguna organización de la sociedad civil en Corea del Norte durante la CI, por ejemplo, alguna que actúe de forma oculta? Si es así, ¿cómo se organizan y cuál es su papel para atraer la atención hacia el régimen?

M. K.: Un aspecto sorprendente de nuestra investigación fue que no había evidencias de la existencia de una sociedad civil organizada en Corea del Norte. Quizá existan, pero tendrían que ser extremadamente prudentes y estar encubiertas, porque Corea del Norte es un lugar violento y cruel para cualquier persona que esté en contra del régimen.

También en Corea del Sur sorprende que no haya surgido ninguna organización de la sociedad civil que represente a los muchos refugiados que allí han huido desde el Norte. La razón aparente que se da para ello es que Corea es constitucionalmente un país, que los refugiados se han unido a la «verdadera Corea» y que, por lo tanto, no necesitan una sociedad civil independiente. Pero quizás sea una consecuencia residual de vivir en un régimen opresivo y totalitario que haga que, incluso en los altos niveles de libertad cívica en Corea del Sur, los refugiados de Corea del Norte no han formado organizaciones de la sociedad civil de cierta importancia.

Pese a ello, la CI mantuvo un diálogo constante con la sociedad civil en otros países de la ONU. La sociedad civil desempeñó un papel importante en los movimientos que condujeron a la decisión unánime del Consejo de Derechos Humanos para crear la CI. La sociedad civil tiene un papel muy importante en los mecanismos de derechos humanos de la ONU, en el sentido de que persuade, estimula y provoca acciones para proteger los principios cuando la inercia o los intereses económicos llevan a veces a que los Estados no hagan nada.

Conectas • De cara al futuro, ¿cómo pueden nuestros lectores movilizarse para ayudar en la mejora de los derechos humanos en Corea del Norte?

M. K.: Todos tenemos que volver al principio de la Carta de las Naciones Unidas. Muchos en Australia o en América del Sur dirán: “¿Qué tiene que ver con nosotros Corea del Norte? Es un país muy lejano y no hay mucho que podamos hacer para influir en él y, por lo tanto, debemos ocuparnos de nuestros asuntos y no hacer nada.” Ese no es el principio de la Carta. El principio de la Carta, estimulado por los enormes sufrimientos de la Segunda Guerra Mundial y por los horrores de los crímenes de lesa humanidad en los campos de exterminio y provocado por las nubes de hongo de las bombas nucleares lanzadas sobre Japón, hace hincapié en que todos somos una especie, que vive en un planeta minúsculo y más bien insignificante. Tenemos que buscar y mantener un terreno común, y ese terreno común incluye la dignidad fundamental y los derechos humanos de todas las personas, incluyendo a los ciudadanos de Corea del Norte.

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Entrevista realizada en mayo de 2016 por Oliver Hudson (Conectas Derechos Humanos).

Michael Kirby - Australia

Michael Kirby se jubiló en el Tribunal Supremo de Australia en 2009, cuando era el juez del país que más tiempo llevaba en ejercicio y tras haber ocupado en dos ocasiones el cargo de presidente en funciones del Tribunal Supremo australiano. Además de presidir la Comisión de Investigación sobre los Derechos Humanos en la República Democrática Popular de Corea (2013-14), ha ocupado una serie de cargos de alto nivel en los ámbitos nacional e internacional, incluyendo el de presidente de la Comisión Internacional de Juristas (1995-98) y el de representante especial de la ONU para los Derechos Humanos en Camboya (1993-96). En la actualidad es miembro del Grupo de Referencia de ONUSIDA sobre el VIH y los Derechos Humanos (2004-) y es editor jefe de la Legislación de Australia (2009-). En diciembre de 2015 fue nombrado por el secretario general de las Naciones Unidas para el Grupo de Alto Nivel de las Naciones Unidas sobre Innovación Tecnológica Sanitaria y Acceso a la Salud.

Original en inglés. Traducido por Fernando Campos Leza.

Foto de Sasha Hadden