El Perú ha vivido en los últimos años un proceso que en gran medida determinó la dinámica de las relaciones entre las Fuerzas Armadas y la sociedad política y civil: la instalación de una Comisión de la Verdad y Reconciliación, y la judicializaciòn de las violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno, protagonizado por el grupo terrorista Sendero Luminoso y las fuerzas de seguridad del estado (1980-2000). Este proceso generó airadas reacciones desde las Fuerzas Armadas, a través de un conjunto de discursos y estrategias que intentaban limitar sus alcances, por medio de continuos pedidos a las autoridades políticas de medidas de respaldo político y legal para cumplir con sus funciones.
Una afirmación que resiste escasa discusión es que el control civil sobre las Fuerzas Armadas, entendido en sentido amplio como “la capacidad de un gobierno civil democráticamente elegido para llevar a cabo una política general sin intromisión por parte de los militares, definir las metas y organización general de la defensa nacional, formular y llevar a cabo una política de defensa, y supervisar la aplicación de la política militar” (AGÜERO, 1995, p. 47), es uno de los principales requisitos para la consolidación de la democracia. En América Latina, tras el fin de los gobiernos militares y las transiciones a la democracia en la década del ochenta, estos procesos han tenido resultados disimiles: en algunos países se ha avanzado en la institucionalización de los ministerios de Defensa y la reducción de prerrogativas institucionales de las Fuerzas Armadas, en otros el avance ha sido más lento y sinuoso, presentándose en muchos casos resistencias desde la corporación militar a este proceso y, en algunos casos, rechazo a los procesos de justicia transicional en sociedades que dejaban atrás conflictos armados internos o episodios de violencia política y represión estatal.
Un buen ejemplo de esto último lo presenta el Perú, que en los últimos años vivió un proceso que en gran medida determinó la dinámica de las relaciones entre las Fuerzas Armadas y la sociedad política y civil: el proceso de justicia transicional tras fin del régimen de Alberto Fujimori (1990-2000) y la instalación de una Comisión de la Verdad y Reconciliación, encargada de investigar y esclarecer las responsabilidades por las violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno protagonizado por Sendero Luminoso y las fuerzas de seguridad del estado.
En ese contexto, el objetivo de las siguientes páginas es analizar los discursos y estrategias desarrolladas desde la corporación militar frente a dichos eventos, lo cual nos ayudará a comprender, a su vez, los alcances y límites de la reforma del sector defensa en el periodo posterior a la transición democrática, así como las consecuencias que el proceso de violencia política que vivió el Perú entre 1980 y el 2000 –y que ciertamente no ha terminado aún en algunas regiones del país– tiene sobre las relaciones entre las Fuerzas Armadas y la sociedad civil y política.
Ante la renuncia de Alberto Fujimori a la presidencia en noviembre del 2000, se instaló en el Perú un gobierno de transición (noviembre 2000- julio 2001) dirigido por Valentín Paniagua, que tenía como objetivo principal organizar unas elecciones limpias y transparentes, garantizar el debido proceso en los juicios que se habían abierto por casos de corrupción contra operadores políticos del fujimorismo, y entregar el poder a un nuevo gobierno democráticamente electo. En este contexto, al quedar en evidencia ante la luz pública la red de corrupci ón de Montesinos dentro de las Fuerzas Armadas, y encontrarse é stas cada vez más desprestigiadas ante la opinión pública, no fue demasiado difícil para el gobierno de transición de Paniagua destituir a toda la cúpula militar 1, y generar las condiciones para que el Poder Judicial los procese por los actos de corrupción cometidos con todas las garantías del debido proceso. Una circunstancia inesperada que aceleraría este proceso fue la difusión pública en abril del 2001 del “Acta de sujeción”, firmada en 1999 virtualmente por todos los altos oficiales de las Fuerzas Armadas, en las que estos respaldaban el autogolpe de 1992, la política contrasubversiva que aplicaron las Fuerzas Armadas durante el conflicto armado interno, y las leyes de amnistía:
La participación de las Fuerzas Armadas….en la decisión adoptada por el gobierno del señor presidente de la República el 5 de abril de 1992 fue un acto consciente y serenamente meditado, por lo que el respaldo y apoyo brindado a tal decisión fue la expresión de la voluntad institucional unánime de los miembros que conforman las Fuerzas Armadas, PNP y estamentos del Sistema de Inteligencia Nacional.
(…)
Precisar que la nación ha dictado leyes de Amnistía General que están en plena vigencia, en las cuales queda establecido muy claramente que no le corresponde responsabilidad alguna, institucional o individual, al personal militar, policial y de la comunidad de inteligencia que participaron en la lucha contra el terrorismo.
Declarar que las Fuerzas Armadas (…) asumen el compromiso institucional, sin límite en el tiempo, de defender, proteger y solidarizarse con sus integrantes ante la eventualidad, y no obstante la plena vigencia de las leyes de amnistía, de que se pretendiera responsabilizarlos, encausarlos o ejercer cualquier tipo de represalia por su intervención en la lucha contra el terrorismo.
Ceremonia de Adhesión de Generales y Almirantes, 13 de marzo de 1999
(PERU, 2004, p. 3503-3505).
Si bien se podría argüir que la firma de esta acta fue un hecho compulsivo, al que los mandos militares fueron obligados por Montesinos (a pesar de lo cual algunos generales pudieron encontrar buenas excusas para ausentarse en esa fecha), también es cierto que el contenido de dicha acta refleja a grandes rasgos el estado de ánimo de los mandos militares en las postrimerías del gobierno de Fujimori: el temor a que, de no reelegirse Fujimori y ganar la oposición las elecciones del 2000, se persiguiera o sancionara penalmente a los generales que apoyaron el golpe de 1992, así como a todos los efectivos militares que cometieron violaciones de derechos humanos durante la lucha contra la subversión.
Frente a la difusión de este pronunciamiento, el gobierno de transición pasó a retiro a 50 generales de división y de brigada del Ejército, a 20 vicealmirantes y contralmirantes de la Marina de Guerra y a 14 generales de la Fuerza Aérea que habían suscrito dicha acta (ROSPIGLIOSI; BASOMBRIO, 2006, p. 46). Además, los Comandantes Generales de los tres institutos armados y el Director General de la PNP pusieron sus cargos a disposición y emitieron un comunicado en el que ofrecieron disculpas al pueblo peruano por la participación institucional de las Fuerzas Armadas en el golpe del 1992, esbozaron una autocrítica por su participación en el gobierno de Fujimori y respaldaban la creación de una Comisión de la Verdad señalando:
Su compromiso de cumplir funciones dentro del marco del respeto de los derechos humanos, el fortalecimiento de los valores morales, y en consecuencia, de combatir firme y permanentemente cualquier indicio de corrupción o inconducta en la vida institucional que comprometa tales valores y principios. Por ello, respalda las iniciativas destinadas a la formación e instalación de una Comisión de la Verdad que permita la unión y reconciliación nacionales, fundada en la justicia y en una equitativa y objetiva apreciación de los hechos y circunstancias en que se llevó a cabo el esfuerzo por la pacificación nacional.
Comunicado firmado por los tres Comandantes Generales y el Director General de la PNP el 17 de abril del 2001
(ROSPIGLIOSI; BASOMBRIO, 2006, p. 48).
Este giro de 180 grados, en menos de dos años, se debe no solo al cambio en la conducción de las Fuerzas Armadas (nos referimos al cambio en los mandos), sino sobre todo a la debilidad política de é stas tras la caída de la red de Montesinos y la difusión de los casos de corrupción. Pero esto también puede echar luces sobre la superficial convicción de la nueva cúpula militar acerca de la conveniencia de crear una Comisión de la Verdad.
En junio del 2001, a escasas semanas de concluir sus breves 8 meses de gobierno, el ex presidente Valentín Paniagua instaura una Comisión de la Verdad que tenía como mandato “esclarecer el proceso, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la violación de los derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre del 2000, imputables tanto a las organizaciones terroristas como a los agentes del estado…” ( PERU, 2001). Asimismo, entre los objetivos de la comisión se encontraba elaborar propuestas de reparación y dignificación de las víctimas y de sus familiares, y “recomendar reformas institucionales, legales, educativas y otras, como garantía de prevención, a fin de que sean procesadas y atendidas por medio de iniciativas legislativas, políticas o administrativas” ( PERU, 2001).
Según uno de los propios comisionados, la decisión de nombrar una Comisión de la Verdad fue “producto del acuerdo entre un sector muy articulado pero no numeroso de la sociedad civil, donde coincidieron defensores de los derechos humanos y demócratas radicales, con el ala política de ese gobierno que era afín a esas mismas causas” ( AMES, 2005, p. 32 ). Por nuestro lado quisiéramos destacar que consideramos indicativo de la precaria correlación de fuerzas políticas que sustentaban a la comisión el hecho de que esta fuera creada mediante un decreto supremo, norma de rango inferior a una ley que hubiera tenido que ser aprobada por el congreso, en el que en el 2001 aún se encontraba una numerosa bancada fujimorista que presumiblemente se hubiera opuesto a la creación de este organismo. Ante algunas críticas recibidas, sobretodo enfocadas al pasado político de algunos de sus miembros (los comisionados Bernales, Degregori y Tapia habían sido en su momento militantes o dirigentes de partidos que conformaron la extinta coalición Izquierda Unida), el gobierno de Alejandro Toledo (2001-2006) amplió el número de miembros de la comisión de 7 a 12 –entre ellos un militar en situación de retiro, el Teniente Gral. (r) FAP Luis Arias Graziani– y modificó su nombre por el de Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR).
A pesar de encontrarse profundamente desprestigiada frente a la opinión pública, debido a los casos de corrupción en que se vio involucrada la mayor parte de la cúpula militar durante el régimen fujimorista, la corporación militar no se mostró pasiva o inactiva frente al trabajo de la CVR. Empero, durante los dos años de trabajo de la comisión la corporación trató de mostrarles a los comisionados la visión que los propios militares tenían sobre el conflicto armado interno. Para esto, en agosto del 2001, el Comando del Ejército formó una comisión de enlace ante la CVR, la misma que funcionó como una oficina dependiente de la jefatura del Estado Mayor. A partir de enero de 2002 se dispuso que la Dirección de Asuntos Civiles del Ejército asuma las labores de dicha oficina. Paralelamente una directiva del Ministerio de Defensa dispuso la creación de Comités de Apoyo a la CVR en cada instituto armado y en el Comando Conjunto (CVR, 2002).
De este modo, durante los años 2002 y 2003, la comisión desarrolló una serie de entrevistas con altos mandos de las Fuerzas Armadas vinculados a la lucha antisubversiva entre los años 1980 y 2000. Entre ellos, se entrevistaron a los generales (r) José Valdivia Dueñas, Luis Pérez Documet y Clemente Noel Moral, que habían sido responsables de los comandos político-militares en zonas en estado de emergencia durante dicho periodo. En dichos encuentros, la comisión solicitó a los entrevistados su versión respecto a la estrategia y acciones antisubversivas que les tocó implementar, así como sobre los casos específicos de violación a los derechos humanos que fueron investigados por la CVR ( CVR, 2003a ). Cabe señalar que las entrevistas solicitadas por la comisión fueron libres y voluntarias y el nivel de respuesta a las convocatorias fue alto.
Asimismo, la comisión entabló canales de diálogo y reuniones de trabajo con los mandos de los institutos armados de ese periodo (2001-2003), quienes les comunicaron a los comisionados el “sentir institucional” al interior de los institutos armados frente al trabajo de la CVR. Así, en una reunión llevada a cabo en las instalaciones del Cuartel General del Ejército, en febrero del 2002, en la que participaron el entonces Comandante General del Ejército, Gral. Víctor Bustamante Reátegui, junto al estado mayor de dicho instituto, y los comisionados Ames, Bernales y Tapia, el Gral. Bustamante les manifestó a los comisionados “tres preocupaciones que ha recogido dentro de su institución”:
a) La CVR quiere encontrar militares responsables de violaciones de derechos humanos para enviarlos a prisión.
b) Las comisiones de la verdad fueron creadas al finalizar los conflictos internos, pero en el Perú Sendero Luminoso sigue actuando a pesar de su muy reducida presencia.
c) Existe el riesgo de que la carga negativa frente al Ejército, creada por la actuación de la cúpula de los 90, influya en las conclusiones de la CVR. (sic) 2
Al analizar estas preocupaciones expresadas por el Comandante General del Ejército, en calidad de vocero del Ejército en tanto corporación, salta a la luz el temor a que el trabajo de la CVR derive en la encarcelación de los oficiales involucrados en la lucha contra la subversión, temor quizás acentuado por el triste espectáculo mostrado por la cúpula militar del régimen fujimorista que en ese momento se encontraba encarcelada por delitos de corrupción. Es decir, si los generales que ejercieron –sea en alianza o controlados por Montesinos– un total dominio de los institutos armados, y que en su momento parecieron infinitamente poderosos e impunes, se encontraban en prisión purgando largas penas, no había impedimento para que generales que no disfrutaban ya de ese poder político, así como oficiales de menor graduación, terminaran encarcelados, no ya por delitos de corrupción, sino por delitos mucho más graves como las violaciones de derechos humanos, que si bien habían sido cometidas con anterioridad, podrían contar con el beneficio de la imprescriptibilidad (delitos cuya responsabilidad no se extingue por el paso del tiempo).
La Comisión de la Verdad y Reconciliación hizo público su Informe Final en agosto del 2003. En él se concluye que “la causa inmediata y fundamental del desencadenamiento del conflicto armado interno fue la decisión del Partido Comunista del Perú – Sendero Luminoso (PCP-SL) de iniciar ‘la lucha armada’ contra el estado peruano…” ( CVR, 2003b, Tomo VIII, p. 317). Asimismo, se señala que Sendero Luminoso fue el principal perpetrador de crímenes y violaciones de derechos humanos, siendo responsable del 54% de víctimas fatales que fueron reportadas a la comisión. De igual manera, la CVR también concluyó que las Fuerzas Armadas aplicaron una estrategia que en un primer período fue de represión indiscriminada contra la población considerada sospechosa de pertenecer al PCP-SL. En un segundo período, esa estrategia se habría hecho más selectiva, aunque continuó posibilitando numerosas violaciones de los derechos humanos (CVR, 2003b, Tomo VIII, p. 323).
Del mismo modo, señala que en ciertos lugares y momentos del conflicto armado interno la actuación de miembros de las Fuerzas Armadas no sólo involucró algunos excesos individuales de oficiales o personal de tropa, sino también prácticas generalizadas y/o sistemáticas de violaciones de los derechos humanos (asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual, tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes) que constituyeron crímenes de lesa humanidad así como transgresiones de normas del Derecho Internacional Humanitario ( CVR, 2003, Tomo VIII, p. 323-325). Sin embargo, la comisión también reconoció el importante y legítimo rol que desempeñaron las Fuerzas Armadas en la lucha contra los grupos subversivos:
La CVR reconoce la esforzada y sacrificada labor que los miembros de las fuerzas armadas realizaron durante los años de violencia y rinde su más sentido homenaje a los más de un millar de valerosos agentes militares que perdieron la vida o quedaron discapacitados en cumplimiento de su deber.
(CVR, 2003, Tomo VIII, p. 323)
Por último, cabe señalar que en el Informe Final también se presentaron un conjunto de recomendaciones de reformas institucionales, entendidas como garantías de prevención para evitar que estos hechos de violencia se repitan en el futuro. En el caso de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, las recomendaciones apuntaban a “afianzar una institucionalidad democrática, basada en el liderazgo del poder político, para la defensa nacional y el mantenimiento del orden interno” ( CVR, 2003b, Tomo IX, p. 120-125).
Cabe señalar que el único comisionado que suscribió el Informe Final “bajo reserva” fue el Teniente Gral. FAP® Luis Arias Graziani –que fue uno de los comisionados nombrados por el presidente Toledo– quien en una carta dirigida al presidente de la CVR, Salomón Lerner, señalaba, tras reconocer que la comisión cumplió su mandato con “seriedad y esmero”, que:
4. … no puede juzgarse con el mismo nivel de responsabilidad a la infames huestes terroristas (Sendero Luminoso y MRTA) con los contingentes de las Fuerzas Armadas. Estas últimas participaron en la acción contrasubversiva en cumplimiento de su misión Constitucional, por disposición de los Gobiernos de turno en dos décadas. Es de relevar que esos Gobiernos habían sido elegidos por el voto popular, lo que hace suponer que analizaron democráticamente la conveniencia de ordenar la participación de las Fuerzas Armadas, así como declarar los Estados de Emergencia y establecer los mandos Políticos-Militares.
(Carta del Teniente General FAP ® Luis Arias Graziani – CVR, 2003b, Tomo VIII)
Es preciso señalar que en el informe de la comisión en ningún momento se coloca en el mismo nivel de responsabilidad a las Fuerzas Armadas y policiales, y a los grupos subversivos. Al margen de las violaciones de derechos humanos cometidas, en todo momento se señala que las primeras actuaron en nombre de la ley y en defensa del régimen democrático, mientras que las segundas se levantaron de manera autoritaria en contra de dicho régimen. En la carta reseñada líneas arriba Arias Graziani también solicita que no aparezcan en el Informe Final los nombres de todos los militares responsables de violaciones de derechos humanos, sino que sean entregados reservadamente al poder ejecutivo, para que éste, a su vez, los remita al Ministerio Público para la investigación correspondiente. Por último, Arias Graziani 3 exige que queden claramente distinguidas las responsabilidades individuales de los oficiales militares que tuvieron responsabilidad en la perpetración de violaciones de derechos humanos, de la “responsabilidad institucional que se pretende sugerir”. Esta distinción será un lugar común que veremos en los pronunciamientos de militares en retiro –y también en actividad– a propósito del informe final de la CVR, y que impedirá un reconocimiento de la responsabilidad institucional de las Fuerzas Armadas en las prácticas sistemáticas de violaciones de derechos humanos, tal como hicieron en su momento los mandos militares de Chile y Argentina, a propósito de los crímenes cometidos durante la represión perpetrada en el contexto de las dictaduras militares en el Cono Sur.
Los meses y años en los que se desarrolló el trabajo de la CVR, así como el periodo posterior a la difusión de su Informe Final, fueron un periodo de constante deslegitimación del mismo gobierno que le había brindado su apoyo para cumplir con su mandato –el gobierno de Alejandro Toledo–, apoyo materializado no solo en el aumento del número de miembros de la comisión, el otorgamiento de parte del presupuesto necesario para lograr sus fines –complementados con recursos provenientes de la cooperación internacional–, así como de una prorroga en el plazo de su mandato, sino también en el endose público a sus conclusiones y propuestas de reformas institucionales.
Además, algunos sectores de oposición política, entre los que destacaban el Apra –segunda fuerza en el congreso 2001-2006–, y el debilitado pero aún presente fujimorismo, aprovecharon la difusión del Informe Final para enfilar sus baterías contra el gobierno, por su supuesto contubernio o alianza con los sectores progresistas (denominados ya por ese entonces como caviares). Pero quizás las reacciones más estruendosas provinieron de los sectores de la derecha económica y social, y de las propias Fuerzas Armadas a través de sus voceros oficiales y oficiosos.
De esta manera, apenas se hizo público el Informe Final se suscitaron las más airadas reacciones desde diversos sectores, en muchos casos criticando la cifra de víctimas fatales estimada por la comisión (69.280 personas), o la asignación de responsabilidades a efectivos militares involucrados en casos de violaciones de derechos humanos. Así, un colectivo que agrupa a 42 ex Comandantes Generales del Ejército, Marina de Guerra y Fuerza Aérea del Perú emitió un pronunciamiento criticando agresivamente el Informe Final de la CVR y denunciando un sesgo en sus conclusiones:
4. Por lo anterior, no es aceptable que la CVR afirme en su informe (conclusión N° 54) que las FF AA aplicaron una estrategia de represión indiscriminada que posibilitó numerosas violaciones de Derechos Humanos. Es inconsecuente pretender mellar, por un criterio no veraz y sesgado como lo presenta la CVR, la dignidad y el honor de las FF AA. demostrados a lo largo de la historia del Perú, los cuales no pueden ser comprometidos por determinados actos individuales que merecen sanción y que de ningún modo deben generalizarse. Es falso que las FF AA. hayan actuado recurriendo a prácticas violatorias de los Derechos Humanos en forma sistemática. Reiteramos que las FFAA actuaron bajo el imperio de la Constitución, las leyes y sus propios reglamentos, con una entrega y sacrificio total que en vez de sufrir escarnio, debería recibir el reconocimiento de la Nación.
(DIARIO CORREO, 2003b, p. 15).
Por su parte la Asociación de Oficiales Generales y Almirantes (ADOGEN), el gremio más representativo de los militares en situación de retiro, publicó un comunicado en el que rechazaba tajantemente las afirmaciones del Informe Final de la CVR, particularmente en lo referido al accionar de las Fuerzas Armadas durante el conflicto armado interno:
Frente al tratamiento sesgado con el que el Informe Final de la CVR se refiere a la actuación de las FFAA y PNP en el periodo de la barbarie terrorista…la Asociación de Oficiales Generales y Almirantes, interpretando el sentir de la oficialidad de la más alta jerarquía institucional, en concordancia con el de los poderes, organismos, dependencias, y gremios que sustentan y defienden el orden constitucional y el interés nacional se dirige a la opinión pública para puntualizar lo siguiente:
(…)
Si hubo excesos en algunos de sus miembros, ellos respondieron a una estratagema aplicada por Sendero para provocar reacciones violentas contra la población civil que no deben atribuirse a la generalidad de las fuerzas ni a órdenes superiores. La acusación a los defensores del Estado en esta especial circunstancia que el derecho ampara, sería el punto culminante de este ardid que busca la desmoralización de las FFAA y PNP y su divorcio de la sociedad para debilitar la capacidad defensiva del país.
(…)
ADOGEN, consciente de su deber profesional, rechaza con firmeza aquellas aseveraciones del Informe Final que atribuyen carácter general y sistemático a las acciones reprobables de algunos efectivos de las Fuerzas del Orden, por considerar que exaltan lo individual y negativo con menoscabo de la eficiencia profesional y colectiva demostrada por las FFAA y PNP, y constituir un acto inconsecuente con instituciones fundamentales de la nación a las que se debe reconocimiento y gratitud .
(DIARIO EL COMERCIO, 2003a).
Finalmente, el texto indica que la referida agrupación esperaba que el gobierno tuviera en cuenta las inquietudes de las Fuerzas Armadas al momento de asumir alguna posición frente al informe de la CVR. Como puede verse, en estos comunicados no se busca hacer un mea culpa institucional o corporativo, ni se muestra el menor atisbo de una visión autocrítica con respecto al rol de las Fuerzas Armadas durante el conflicto armado interno y el proceso político reciente –por ejemplo, los casos de corrupción y la cooptación institucional durante el régimen fujimorista–. Por el contrario, se califica a la CVR de estar sesgada o de ser un instrumento político de sectores políticos de izquierda. Además, se elaboran concepciones sobre el rol de las Fuerzas Armadas –definidas por los miembros de ADOGEN comoinstituciones fundamentales de la nación – dentro del estado y de la sociedad, que todavía muestran preocupantes resabios de la doctrina de Seguridad Nacional propia de las dictaduras militares que gobernaron en la región entre las décadas del 60 y 80.
Este tipo de reacciones sobre la apreciación que el Informe Final de la CVR presenta sobre el rol de las Fuerzas Armadas durante el conflicto armado interno, no solo vinieron de los elementos en retiro de las Fuerzas Armadas, sino también del sector empresarial. Así, en un pronunciamiento que también emitió la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) se puede leer lo siguiente:
CONFIEP considera que no es aceptable que algún sesgo ideológico, oportunismos políticos, o cualquier designio o interés, pueda conducir a una fragmentación de la verdad histórica, a una historia oficial o a un mito fabricado, que las generaciones futuras acepten como historia cuando en realidad no es historia ni es verdad.
(…)
Segundo: No estamos de acuerdo en calificar el accionar de las Fuerzas Armadas y Policiales, como una sistemática y generalizada política de atentados contra los derechos humanos y de crímenes de lesa humanidad. Debe quedar claramente establecido que el papel de las Fuerzas Armadas y Policiales, es el de la defensa del Estado en cumplimiento de las disposiciones de los Gobiernos que, en cada período gubernativo, tienen a su cargo la responsabilidad de preservar la integridad de la Nación. En este empeño, miles de militares y policías, dejaron la vida o quedaron discapacitados por proteger al Estado y sus ciudadanos. La actuación individual de algún miembro de dichas fuerzas, violando las normas legales institucionales y penales, es responsabilidad de sus autores y debe ser sancionada de acuerdo a ley.
(…)
Quinto: No estamos de acuerdo con el tratamiento del tema de las víctimas del terrorismo, porque no se destaca en toda su magnitud, como hechos que todos los peruanos hemos vivido, no solo el sacrificio de los campesinos más pobres y desamparados de nuestra patria, sino también el sufrimiento de miles de familias de los militares, policías y ronderos que defendieron a la Nación, el sacrificio de empresarios, funcionarios y trabajadores que fueron asesinados y las cuantiosas pérdidas materiales que afectaron al Estado, al atacar las fuentes productoras de riqueza y de impuestos y la propia infraestructura de la Nación.
Tampoco estamos de acuerdo en comparar los asesinatos perpetrados por los terroristas con las muertes ocasionadas por las fuerzas del orden en combate y en defensa de la patria.
(DIARIO EL COMERCIO, 2003b).
Reproducimos en extenso el pronunciamiento de la CONFIEP porque creemos que es una buena manifestación de la cultura política que impera en las elites sociales y económicas de nuestro país, y en los sectores políticos conservadores. Esta posición considera que las conclusiones de la CVR no fueron producto de un trabajo de investigación científica y reconstrucción histórica, sino mero producto de los supuestos sesgos ideológicos de sus miembros. Asimismo, esta posición niega el carácter sistemático que –en ciertos lugares y momentos durante el conflicto armado interno– tuvieron las violaciones de derechos humanos cometidas por miembros de las Fuerzas Armadas. Todo este conjunto de pronunciamientos se basó primordialmente en una lectura interesada del capítulo de conclusiones del Informe Final, dejando de lado el análisis sobre las causas y secuelas del proceso de violencia política, así como los casos investigados y los estudios en profundidad. Igualmente, el Programa Integral de Reparaciones y las propuestas de reformas institucionales no fueron tema de estos pronunciamientos.
Por último, cabe señalar que el Ministerio de Defensa no emitió ningún pronunciamiento público con respecto al Informe Final de la CVR, ya que la posición oficial del gobierno sería emitida por el Presidente Alejandro Toledo. Sin embargo, dos semanas después de la presentación del Informe, el ministro Aurelio Loret de Mola, en una ceremonia de entrega de indemnizaciones a viudas de ronderos, aprovechó la presencia de los medios de comunicación y “rindió tributo a los efectivos de las tres instituciones armadas fallecidos, heridos, discapacitados o con problemas psicológicos y psiquiátricos”, como consecuencia de su participación durante el conflicto armado (GUILLEROT, 2003a, p. 6). Ademàs de esto, durante el mes posterior a la difusión del Informe Final, el Ministerio de Defensa propalaría un video publicitario en algunos canales de televisión, en el que se mostraba a miembros de las Fuerzas Armadas heridos y discapacitados como consecuencia del accionar de Sendero Luminoso, y se expresaba un sentido agradecimiento a ellos. Sin embargo dicho video adolecía de una mirada sesgada, ya que no mostraba a las víctimas causadas por el accionar de las Fuerzas Armadas ( VICH, 2003 ). La posición oficial del Poder Ejecutivo fue comunicada por el presidente Alejandro Toledo, a través de un mensaje a la nación hecho público el 23 de noviembre del 2003, casi tres meses después de la difusión pública del Informe. En dicho mensaje Toledo pidió perdón, en nombre del estado, a las víctimas de la violencia. Asimismo, reconoció que:
En un conflicto de esta naturaleza, algunos miembros de las Fuerzas del Orden incurrieron en excesos dolorosos. Corresponderá al Ministerio Público y al Poder Judicial dictar justicia sobres estos casos, sin amparar ni la impunidad ni el abuso. Somos respetuosos de la independencia de los poderes.
(GUILLEROT, 2003b, p. 14)
Asimismo, Toledo anunció la creación de una política de estado para la reconciliación, y un Plan de Paz y Desarrollo, consistente en un conjunto de inversiones por 2.800 millones de soles para promover el desarrollo en las zonas afectadas por la violencia política.
Una de las herencias de la labor de la CVR fue abrir la posibilidad de realizar investigaciones judiciales y procesos penales contra aquellos oficiales militares responsables de graves violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, y de esta manera otorgar justicia y reparación a las víctimas. Al concluir su mandato, la Comisión entregó al Ministerio Público el conjunto de evidencias obtenidas sobre 47 casos que habían sido objeto de investigación durante su labor. Estas evidencias fueron utilizadas por el Ministerio Público para iniciar la investigación fiscal de dichos casos.
Sin embargo, a más de siete años de iniciado dicho proceso el balance es muy limitado. Tal como señala la Defensoría del Pueblo:
Si bien es de reconocer los esfuerzos del Ministerio Público y del Poder Judicial, especialmente, en la creación de algunas instancias especializadas para la investigación y juzgamiento de estos casos, también es necesario señalar que se han advertido dificultades en el desarrollo de las investigaciones y retrocesos respecto de criterios jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y la Sala Penal Nacional.
(DEFENSORÍA DEL PUEBLO, 2008, p. 104).
Cabe señalar que estos retrocesos fueron de la mano con la evolución del proceso político y la recuperación por parte de las Fuerzas Armadas de parte del poder político del que disfrutaron en el pasado.
En los últimos años la Defensoría del Pueblo ha venido realizando un seguimiento del estado de estos procesos judiciales, en los que la mayoría de denunciados son efectivos militares. De este universo de 194 casos (de los cuales 47 fueron presentados por la CVR, 12 investigados por la propia Defensoría y 159 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos), 112 (el 57.7%) continuaban en investigación preliminar a fines del 2008, pese a que en su mayoría estos procesos se iniciaron entre fines del año 2001 y principios del 2004. En esta situación se encontraban, entre otros, los casosViolaciones a los derechos humanos en la Base Militar de Capaya y Matanza de campesinos en Putis , en investigación desde diciembre del año 2001 (DEFENSORÍA DEL PUEBLO, 2008, p. 125).
Del mismo modo, el 57.4% de los casos en instrucción y en juicio oral o pendientes de éste (27 casos), se encontraba en trámite desde mediados del 2004 (16 casos) o principios del 2005 (13 casos), como ocurre en los casos Violaciones a los Derechos Humanos en el Cuartel Los Cabitos Nº 51 y Ejecución extrajudicial de Juan Mauricio Barrientos Gutiérrez , cuyos plazos de investigación judicial se han ampliado hasta en seis oportunidades (DEFENSORÍA DEL PUEBLO, 2008, p. 127-128). Según los informes de la Defensoría, entre los factores que contribuyen con este estancamiento, se encuentran las dificultades para individualizar a los responsables debido a la falta de colaboración del Ministerio de Defensa, y su renuencia a brindar información sobre la identidad de los oficiales militares involucrados en estos casos.
Con respecto a la cantidad y situación de los militares procesados, se sabe que los 30 procesos penales relacionados con los casos presentados por la CVR y la Defensoría del Pueblo involucran a 339 procesados, de los cuales 264 pertenecen al ejército, 47 a la Policía Nacional del Perú, 17 a la Marina de Guerra, y 11 son civiles (DEFENSORÍA DEL PUEBLO, 2008, p. 139) 4. Cabe señalar que el 61.4 % de estos procesados (208) están comprendidos en 5 casos: Destacamento Colina (58 procesados),Ejecución arbitraria de pobladores en Cayara (51), Ejecuciones arbitrarias en Pucará (41), Ejecuciones arbitrarias en Accomarca (31) y Matanza de 34 campesinos en Lucmahuayco (27) ( DEFENSORÍA DEL PUEBLO, 2008, p. 142 ). Sobre la situación de estos procesados cabe advertir que:
En el caso de los procesados por violaciones de derechos humanos, la tendencia de los jueces de imponer mandatos de detención ha variado significativamente a lo largo de los últimos años. En esta medida, del total de procesados en los casos presentados por la CVR y la Defensoría del Pueblo, en el año 2005, 258 procesados tenían en su contra un mandato de detención (67%). En el año 2006, este número se redujo a 197 (53%), y en la actualidad sólo 94 procesados tiene un mandato de detención en su contra (27.7%). El 72,3% restante (245 procesados) tienen mandato de comparecencia con restricciones.
(DEFENSORÍA DEL PUEBLO, 2008, p. 145).
Además, la Defensoría del Pueblo reporta que hasta noviembre del 2008, de los 94 procesados que tenían mandato de detención, sólo 43 cumplían en forma efectiva esta medida, mientras que 51 se encontraban en calidad de reos ausentes o contumaces. Según la Defensoría, el bajo índice de ejecución de los mandatos de detención, es un factor que le resta celeridad a los procesos de judicializaciòn de violaciones de derechos humanos. Esto, a su vez, se debe a la falta de voluntad por parte de las autoridades del Ministerio de Defensa de colaborar en el cumplimiento de estos mandatos ( DEFENSORÍA DEL PUEBLO, 2008, p. 146-148). En cualquier caso, podría argüirse que esta gradual disminución de la cantidad de militares con mandatos de detención (ordenes de captura), podría estar correlacionada con la también gradual recuperación de poder político por parte de las Fuerzas Armadas, tal como veremos en el resto de este capítulo y el siguiente.
Sin embargo, la judicialización de violaciones de derechos humanos cometidas por oficiales militares, no es precisamente una de las prioridades de la opinión pública, quizás por la generalizada percepción de que los principales perpetradores de estos crímenes durante el conflicto armado interno, no fueron las Fuerzas Armadas, sino los grupos subversivos:
A pesar de que en este sondeo sobre temas de justicia transicional, llevado a cabo por el Idehpucp a fines del 2006, un alto porcentaje de entrevistados responde que ambos, las fuerzas del orden y los grupos subversivos, fueron causantes del mayor número de víctimas durante el conflicto (si bien cuando se individualiza a ambos grupos resulta evidente la mayor responsabilidad atribuida a los grupos subversivos en comparación con las Fuerzas Armadas), al preguntárseles por las medidas a tomar en el futuro, la mayoría de entrevistados respondió que el otorgamiento de reparaciones económicas y la inversión en desarrollo en las zonas más pobres del país tenía prioridad sobre la investigación y sanción a los responsables de las violaciones de derechos humanos.
Por último, debemos señalar que, tal como lo señala la Defensoría del Pueblo, uno de los factores que incide en la lentitud de los juicios por violaciones de derechos humanos –en muchos casos estos procesos superan los 7 años sin obtener sentencia– fue la falta de colaboración por parte del Ministerio de Defensa con las instituciones de administración de justicia, y su renuencia a brindar información sobre la identidad de los oficiales militares involucrados en estos casos. Sin entrar en mayores detalles, debemos apuntar que las excusas dadas por los funcionarios del Ministerio de Defensa apuntan a la inexistencia de dicha información –en muchos casos se alega que la información fue destruida o que dicha información nunca existió (se dice, por ejemplo, que no se guardaba la relación de nombres de los oficiales asignados a una determinada base militar, sino, por razones de seguridad, solo sus alias ). Sin embargo, tampoco se buscaron vías alternativas para acceder o reconstruir dicha información (como la revisión sistemática de las fojas de servicio de todos los oficiales para averiguar quienes estuvieron asignados a determinadas bases y en qué momento).
Como hemos visto a través de los pronunciamientos de las asociaciones de militares retirados, los años posteriores a la transición democrática fueron un periodo especial en el que las relaciones entre las Fuerzas Armadas y la sociedad civil y política estuvieron signadas por los procesos de judicializaci ó n de casos de violaciones de derechos humanos investigados por la CVR, en los que efectivos militares están involucrados como principales perpetradores de crímenes. El aumento de la conflictividad civil-militar puede apreciarse, por ejemplo, en el pronunciamiento que en marzo del 2005 un grupo de 17 ex Comandantes Generales del Ejército –desde los que dirigieron la institución en la década del 70, como los generales Francisco Morales Bermúdez (ex Presidente de la República) y Edgardo Mercado Jarrín, hasta los que lo hicieron en el nuevo siglo como los generales Carlos Tafur, Jose Cacho Vargas y Víctor Bustamante– produjeron “interpretando el sentir del personal de oficiales, técnicos, suboficiales, tropa-servicio militar, empleados civiles y familia militar”, en que se señala que:
5. Los excesos de algunos jueces y fiscales que siguen las causas contra el personal militar denunciado, están germinando sentimientos y reacciones que pueden tener consecuencias muy graves para el desempeño futuro del personal del Ejército, pues estas afectarían directamente la seguridad nacional, pudiendo generar entre otros los siguientes efectos:
a) Eximirse de tomar decisiones y acciones para combatir resueltamente a quienes atenten contra la seguridad nacional y el orden interno, a causa de las represalias legales a las que están expuestos los oficiales, técnicos, suboficiales y tropa servicio militar por la falta de respaldo político y legal de sus actos en operaciones de combate y/o restablecimiento del orden público.
…
7. Al igual que ayer, existen algunas personas y organizaciones que conciente o inconcientemente colaboran con el accionar sicosocial de los terroristas o atacan sin fundamento alguno al Ejército, confundiendo a la opinión pública en el afán mezquino de obtener prebendas o ganar protagonismos, sin entender que sus acciones dividen y debilitan a la sociedad peruana, al desarrollar una nefasta y antipatriótica conducta, pretendiendo tener el patrimonio de la verdad en desmedro de la unidad nacional.
8. Pretendemos pues que se respeten los derechos humanos de todos los peruanos, por ello no buscamos el enfrentamiento ni la confrontación, tampoco buscamos generar polémica alguna: sin embargo, exhortamos al pueblo peruano para que permanezca atento al accionar de ideologías y entidades que buscan el enfrentamiento del estado y la sociedad contra su Ejército. Es la nueva estrategia del terrorismo que todos debemos conocer para combatirla decidida y frontalmente.
(DIARIO EL COMERCIO, 2005, el resaltado es nuestro).
En este comunicado saltan a la vista varios elementos, entre ellos la crítica a la labor del Poder Judicial y el Ministerio Público, el ataque contra los organismos de derechos humanos –y su antojadiza vinculación con la “estrategia del terrorismo”–, pero lo más preocupante resulta la abierta amenaza o chantaje expresado en lo relativo a que las Fuerzas Armadas no cumplirían con sus funciones y misiones constitucionales –es decir, con las tareas encargadas a ellas por las autoridades políticas, entre las que se encuentra el control del orden interno en determinadas circunstancias, lo que constituiría un acto de rebeldía–, si no se les brinda a los militares el necesario respaldo político y legal, entendido esto último como inmunidad frente a denuncias por violaciones de derechos humanos cometidas tanto en el pasado durante el conflicto armado interno, como durante las “operaciones de combate y/o restablecimiento del orden público” realizadas en ese momento y a lo largo de toda la década. En resumidas cuentas, se trata de un reclamo que busca canjear impunidad por obediencia, en un contexto de creciente conflictividad social en el que, en algunos casos –como en las protestas desarrolladas en las regiones de Arequipa y Puno durante los años 2002 y 2003– se utilizó a las Fuerzas Armadas para hacer frente a los disturbios que amenazaban poner en juego la propia estabilidad del régimen.
El proceso electoral del 2006 trajo como consecuencia un radical cambio en el escenario político. En efecto, como producto de las elecciones surgió una nueva correlación de fuerzas –visible tanto en el parlamento como en el Poder Ejecutivo– muy distinta a la que hizo posible la creación de la CVR durante el gobierno de transición, y el desarrollo de su mandato durante el gobierno de Alejandro Toledo. En este nuevo escenario los sectores Fujimoristas, que habían sido una ínfima minoría en el congreso durante el periodo 2001-2006, recobraron fuerza y se convirtieron en una fuerza gravitante, permitiendo al partido aprista conformar mayorías –junto con la bancada de Unidad Nacional– para llevar adelante determinadas iniciativas.
En efecto, tras ganar las elecciones Alan García (Apra, 2006-2011), y tomar las primeras decisiones de su nuevo gobierno, se haría cada vez más evidente su alianza con los mismos sectores que habían sido su tenaz oposición en el pasado: la derecha política, económica y social. Por este motivo, la decisión de García de nombrar como ministro de Defensa a Allan Wagner sorprendió a muchos, pues se esperaba que, tratándose de un sector tan sensible como Defensa, y dada su nueva cercanía a los sectores conservadores al interior del empresariado, la iglesia, y las Fuerzas Armadas (estas dos últimas corporaciones representadas por su cercanía al Cardenal del Opus Dei Juan Luis Cipriani y el vicealmirante y nuevo vicepresidente Luis Giampietri, respectivamente), se nombrara en esta cartera a un político de perfil más conservador. Cabe señalar que este pronóstico se cumpliría tiempo después, con los sucesivos nombramientos en Defensa de Antero Flórez Araoz y Rafael Rey.
Wagner, ex canciller de García en su primer gobierno, embajador de carrera y de preferencias políticas más bien centristas, se esforzaría en contradecir los pronósticos de los analistas políticos en lo relacionado a la derechización del régimen, pues nombraría en la alta dirección del Ministerio de Defensa a un destacado equipo de profesionales cuyas trayectorias no se condecía con esa supuesta derechización. Empero, la gestión de Wagner sí significó un “ respaldo político y legal” a la corporación militar. Este se concretó en la decisión de este ministro de brindar servicios de defensa legal gratuita –es decir, pagada por el estado– a los militares procesados por violaciones de derechos humanos. Es decir, el mismo estado que se rehusaba al otorgamiento de reparaciones económicas individuales para las víctimas de la violencia política, se comprometía en cambio a sufragar los gastos de defensa legal de los perpetradores de dichas violaciones de derechos humanos. Para entender el razonamiento que llevó a Wagner a tomar esta decisión, citaremos sus propias palabras ante la Comisión de Defensa Nacional del Congreso, en la oportunidad en la que se presentó ante dicha comisión para presentar las que serían las líneas matrices de su gestión:
Esto también nos lleva a otros aspectos, por ejemplo, que yo he tenido oportunidad de mencionar en público, como es el caso del apoyo a la defensa legal de los miembros de las Fuerzas Armadas que están siendo investigados o sometidos a proceso. La ley es para todos, todos somos iguales ante la ley y todos tenemos los mismos derechos y obligaciones; y uno de los derechos que la ley nos confiere y la Constitución nos consagra es el derecho a la defensa, y por consiguiente hay necesidad de que el Estado y la sociedad, no solamente el Estado, acudan en apoyo al ejercicio, al derecho de la defensa por parte de quienes están siendo en estos momentos procesados o investigados.
(…)
O sea, la justicia tiene que basarse en un debido proceso, en el ejercicio de la legítima defensa, a la defensa a que tienen derecho todos los miembros, pero al mismo tiempo a que las responsabilidades sean individualizadas y no se haga pues una bolsa que está afectando, sin duda, a la moral, está afectando a personas y está afectando a familias.
Entonces, hay necesidad de atender esta situación, y así como el Estado está decidido a ir con apoyo económico para que esta defensa legal se pueda realizar, también pensamos que la propia sociedad que fue defendida por nuestras Fuerzas Armadas y Policiales se movilice en apoyo a la defensa de estos miembros de nuestras instituciones.
(PERU, 2006a).
La defensa legal gratuita para presuntos perpetradores de violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno, se concretaría a través de una norma ( PERU, 2006b) que establece que el “personal militar o policial, en situación de actividad o retiro, denunciados o procesados penalmente ante el fuero judicial común por presuntos delitos contra los derechos humanos, por actos realizados en el ejercicio de sus cargos, en la lucha antisubversiva en el país” ( PERU, 2006b, art. 1), recibiría servicios de defensa legal pagados con recursos de los presupuestos de los ministerios de Defensa y del Interior. Años más tarde, ya durante la gestión de Rafael Rey, se sabría que un gran número de militares procesados que se acogieron a esta norma para recibir este beneficio, solicitaron que el Ministerio de Defensa contrate los servicios legales del estudio de abogados de César Nakasaki (y de Rolando Souza, congresista fujimorista) también abogado de Alberto Fujimori en el caso de lasmatanzas de Cantuta y Barrios Altos, así como de otros mandos militares procesados por corrupción durante el régimen fujimorista ( DIARIO EL COMERCIO, 2009, DIARIO LA REPÚBLICA, 2009).
Esta buena predisposición del ministro Wagner hacia los militares procesados, sería profundizada tras su relevo en el Ministerio de Defensa por Antero Flórez Araoz a fines del 2007. La animosidad de Flórez Araoz en contra de los sectores que defienden la causa de los derechos humanos, así como su defensa de los militares procesados por estos delitos, se haría patente en su férrea oposición a la creación de un Museo de la Memoria que recuerde a las víctimas del proceso de violencia política que vivió el Perú en décadas pasadas. Frente al ofrecimiento del gobierno de Alemania de una donación de dos millones de dólares para la construcción e implementación de este Museo, a fines del 2008, ofrecimiento que fue rechazado inicialmente por el gobierno de García, Flórez Araoz se convirtió en el principal vocero de la oposición a esta iniciativa al interior del gabinete de ministros, difundiendo claramente la posición oficial de que la construcción de un memorial que recuerde los crímenes cometidos por agentes del estado –entre otros actores– en el marco del conflicto armado, no era precisamente una prioridad para el gobierno, abocado más bien a la lucha contra la pobreza 5.
Grande sería la sorpresa de Flórez Araoz cuando, días después, y tras un encendido debate en los medios de comunicación en los que intercambió adjetivos con el escritor Mario Vargas Llosa ( LLOSA, 2009), el gobierno creó una Comisión de Alto Nivel para la gestión e implementación del Museo de la Memoria 6, presidida precisamente por Vargas Llosa e integrada por el Monseñor Luis Bambarén, Frederick Cooper, Fernando de Szyszlo, Juan Ossio, Enrique Bernales y Salomón Lerner (estos dos últimos ex comisionados de la CVR). Sin embargo, cabe señalar que en el mandato otorgado a dicha Comisión de Alto Nivel, no se hace ninguna alusión a las violaciones de derechos humanos cometidas por agentes del Estado durante el conflicto armado interno, sino solo a la perpetrada por grupos subversivos. En efecto, el mandato de dicha comisión consiste en:
Velar porque el Museo de la Memoria represente con objetividad y espíritu amplio la tragedia que vivió el Perú a raíz de las acciones subversivas de Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru durante las dos últimas décadas del siglo XX, con el propósito de mostrar a los peruanos las trágicas consecuencias que resultan del fanatismo ideológico, la transgresión de la ley y la violación de los derechos humanos, de suerte que nuestro país no vuelva a revivir tan lamentables experiencias.
(PERU, 2009, art. 2)
Si comparamos este mandato de carácter restringido con el amplio mandato otorgado a la CVR –que tenía por misión investigar las violaciones de derechos humanos cometidas tanto por grupos subversivos como por agentes del estado–, daría la impresión de que durante el conflicto armado interno las Fuerzas Armadas no tuvieron participación en la perpetración de violaciones de derechos humanos. Empero, sería difícil esperar algo diferente de un gobierno como el de Alan García, dada su responsabilidad de gobierno durante parte del periodo de violencia política, y sus actuales alianzas. En efecto, la extrema sensibilidad que generaba esta iniciativa en distintos sectores políticos –entre ellos, las propias Fuerzas Armadas–, motivó que la comisión presidida por Vargas Llosa tuviera que hilar muy fino para asegurar la viabilidad de esta. En ese marco se entiende que Vargas Llosa tuviera que solicitarle una reunión al propio Comandante General del Ejército, Gral. Otto Guibovich, para “intercambiar ideas acerca del contenido y los alcances” del Museo –ahora denominado Lugar de la Memoria–, y explicarle que este no tendría ningún sesgo ideológico ni animadversión en contra de las Fuerzas Armadas (DIARIO PERÚ, 2010).
En julio del 2009, tres meses después del incidente con Vargas Llosa, Flórez Araoz sería reemplazado en la conducción del Ministerio de Defensa por Rafael Rey. Este personaje, en tanto miembro del Opus Dei y representante de una tendencia ultraconservadora en lo social y lo político, quizás represente mejor que sus predecesores la correlación de fuerzas en el Perú actual, así como las alianzas políticas que sustentan al gobierno de García. No exageramos al decir que Rafael Rey haría de la defensa militante de los militares procesados por violaciones de derechos humanos el leit motiv y la razón de ser de su gestión al frente de Defensa. Esto se vería reflejado en la aprobación de diversas medidas –tanto en el plano material como simbólico– a favor de los militares procesados por violaciones de derechos humanos. La principal de ellas sería la promulgación, en setiembre de 2010, del Decreto Legislativo No 1097, sobre “aplicación de normas procesales por delitos que implican violación de derechos humanos”. Dicho decreto establecía la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal para los militares procesados por estos delitos, con el fin de agilizar los juicios y reducir su duración. Pero también brindaba amplias facultades a los jueces para variar las órdenes de detención, por mandatos de comparecencia para los militares procesados, sometiendo el “cuidado y vigilancia” de dichos procesados a las propias instituciones armadas a las que pertenecen. Asimismo, esta norma establecía el “sobreseimiento por exceso de plazo de la instrucción o de la investigación preparatoria” (artículo 6). El plazo tras el cual los jueces podrían aprobar dicho sobreseimiento, de acuerdo al Nuevo Código Procesal Penal, es de 36 meses, plazo que ya ha sido ampliamente superado por la mayoría de procesos judiciales contra efectivos militares que perpetraron violaciones de derechos humanos durante el conflicto armado interno –la mayoría de estos procesos se iniciaron entre el 2003 y 2005.
De igual manera, en dicha norma se aprobaban una serie de beneficios para los militares procesados, como la posibilidad de anular las órdenes de detención, para los casos de procesados prófugos de la justicia, a cambio del pago de una fianza que podría ser pagada por los propios institutos armados con recursos públicos (de manera similar al pago de la defensa legal aprobado durante la gestión de Wagner):
Con relación a los procesados, declarados ausentes o contumaces, y que expresen su voluntad de ponerse a derecho, el juez puede variar la orden de detención para resolver su condición de ausente o contumaz, imponiendo caución económica si los ingresos del procesado lo permiten, la que podrá ser sustituida por una fianza personal idónea y suficiente del propio procesado o de un familiar, o de tercero fiador, sea persona natural o jurídica o la institución militar o policial a la que pertenece.
(PERU, 2010, art. 4).
Por último, otra de las disposiciones de esta norma, que podía acarrear graves consecuencias para el proceso de judicialización de violaciones de derechos humanos, es la disposición final que establece que la aplicación de la Convención sobre imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad , suscrita por el estado peruano el año 2003, solo surtiría efectos legales a partir de dicha suscripción. Esto significaría que los delitos cometidos antes del 2003 no podrían ser considerados “crímenes de lesa humanidad”, ni juzgados como tales, sino solo como delitos comunes, sujetos a los plazos de prescripción establecidos para ellos (plazos que en la mayoría de casos ya han sido superados). Cabe señalar que a los pocos días de haberse aprobado esta norma, ya eran 21 los militares que habían solicitado el archivo de sus casos bajo el amparo de las disposiciones sobre sobreseimiento, entre ellos los responsables de los casos Barrios Altos, Pedro Yauri, y el Santa: Santiago Martín Rivas, Carlos Pinchilingue, Nelson Carbajal, Jesús Sosa, entre otros (miembros del Grupo Colina) ( DIARIO LA REPÚBLICA, 2010a; DIARIO EL COMERCIO, 2010 ).
Sin embargo, el decreto legislativo 1097, que para muchos no constituía otra cosa que una amnistía encubierta, generó airadas críticas desde múltiples sectores, tanto a nivel nacional e internacional. En el Perú las críticas no provinieron solo de los organismos de derechos humanos, agrupados en la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, sino también de instituciones del estado como el Ministerio Público, cuyas autoridades se pronunciaron públicamente en contra del decreto e incluso emitieron una directiva interna que buscaba evitar la aplicación del decreto por parte del sistema de administración de justicia (DIARIO LA REPÚBLICA, 2010b). A los pronunciamientos en contra del DL 1097 por parte de diversas instituciones y colectivos de la sociedad civil en el Perú (Colegio de Abogados de Lima, Conferencia Episcopal, etc), se sumaron los pronunciamientos de diversas instituciones en el exterior, tanto de ONGs como WOLA o Human Rights Watch, como de organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, e incluso del Relator Especial sobre Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas.
En el ámbito político, las críticas al DL 1097 no solo provinieron de la oposición al gobierno –el Partido Nacionalista presentó ante el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad en contra de dicho decreto–, sino de los propios parlamentarios del partido aprista ( RPP, 2010; DIARIO LA REPÚBLICA, 2010 ). Con el transcurso de los días el rechazo al DL 1097 se fue generalizando. Uno de los factores que coadyuvó a que este rechazo se generalizara tanto en la opinión pública como en la sociedad política fue la revelación de la participación de Cesar Nakasaki, ex abogado de Alberto Fujimori, en la redacción de dicha norma (IDL-REPORTEROS, 2010).
Todo esto produjo un amplio rechazo en la opinión pública. Síntoma de este rechazo fue la renuncia de Mario Vargas Llosa a la comisión encargada de la implementación del Lugar de la Memoria. En su carta de renuncia Vargas Llosa señalaba que la razón de é sta radicaba en su rechazo al DL 1097, al que calificaba de una “amnistía apenas disfrazada para beneficiar a buen número de personas vinculadas a la dictadura y condenadas o procesadas por crímenes contra los derechos humanos” (pocas semanas después de este hecho se anunciaría el Premio Nobel de Literatura otorgado a este escritor) 7. El mismo día en que se hacía pública esta renuncia –13 de setiembre de 2010–, el Poder Ejecutivo presentaba al Congreso un proyecto de ley por el cual solicitaba la derogación del DL 1097. Al día siguiente el pleno del Congreso aprobó la derogación de esta norma (que de esta manera solo estuvo vigente durante 13 días), por 90 votos a favor y solo uno en contra. El solitario voto en contra fue el del Vicepresidente y Vicealmirante retirado Luis Giampietri, sintomáticamente militar en retiro. Llama la atención que en esta oportunidad ni siquiera la bancada fujimorista, que en un primer momento había defendido el decreto, haya votado en contra de su derogación. Quizás en esta decisión gravitaron cálculos preelectorales, pues estos incidentes se dieron a escasos 7 meses de las elecciones generales del 2011, en un contexto en que la gran mayoría de la opinión pública se encontraba en contra de esta medida.
A lo largo de estas páginas hemos querido presentar las principales estrategias discursivas y políticas que utilizaron las Fuerzas Armadas y los sectores que se presentaron como sus voceros frente a los procesos de justicia transicional y de esclarecimiento de responsabilidades que tuvieron que afrontar en el periodo posterior a la transición a la democracia. Entre las principales estrategias utilizadas por la corporación militar destacan los pronunciamientos de los ex Comandantes Generales y las asociaciones de retirados, en los que se pedía constantemente “apoyo político y legal”, frente a las denuncias por violaciones de derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno, y se amenazaba con que los institutos armados no cumplirían con sus misiones constitucionales de no darse este apoyo, en un contexto en que se incrementaban los conflictos sociales –y la participación militar en el control de ellos–, y se intensificaba la participación de las Fuerzas Armadas en la estrategia contrainsurgente contra los remanentes de Sendero Luminoso en el valle de los ríos Apurímac y Ene (VRAE).
Este pedido de apoyo fue respondido desde la sociedad política por medio de diversas medidas: la aprobación de servicios de Defensa Legal pagada por el Estado para los militares procesados, la oposición del Ministro de Defensa a la creación del Museo de la Memoria, y la promulgación del Decreto Legislativo 1097 sobre normas procesales y penitenciarias. Estas medidas, que apuntaban a beneficiar, sea tanto desde un plano material como simbólico, a los militares procesados, significaron graves obstáculos para el proceso de justicia transicional, y para el acceso a la verdad, justicia y reparación que reclaman las víctimas de la violencia política ocurrida en el Perú en las últimas décadas.
1. A pocos días de asumir el cargo, el nuevo Ministro de Defensa Gral. ® Walter Ledesma pasó al retiro a todos los miembros de la promoción 1966 a la que pertenecía Vladimiro Montesinos (12 generales de división que conformaban la cúpula del ejército) (ROSPIGLIOSI; BASOMBRÍO, 2006).
2. Reunión en Comandancia General del Ejército. Borrador de Acta. 26 de febrero del 2002. Documento que obra en el acervo documentario que la CVR le entregó a la Defensoría del Pueblo, al concluir su mandato, y que actualmente se encuentra en el archivo del Centro de Información para la Memoria Colectiva y los Derechos Humanos. El código del documento es SCO-310-01-012.
3. Cabe señalar que Arias Graziani también se desempeñó como asesor presidencial en temas de seguridad y defensa durante todo el periodo de gobierno de Alejandro Toledo.
4. Además de estos 339 procesados por casos presentados por la CVR y la Defensoría, existen otros 28 militares procesados (de los cuales 22 pertenecen al ejército) por casos presentados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
5. “Flórez Aráoz: Crear Museo de la Memoria no es prioridad para el Perú” En Radio Programas del Perú, 26 de febrero del 2009. Disponible en: <http://www.rpp.com.pe/2009-02-26-flores-araoz–crear-museo-de-la-memoria-no-es-prioridadpara-el-peru-noticia_166846.html>. Visitado el: noviembre de 2010.
6. Mediante Resolución Suprema No. 059-2009- PCM, del 1 de abril del 2009.
7. El texto de la carta puede leerse en: <http://www.scribd.com/doc/37361078/Carta-de-renunciade-Mario-Vargas-Llosa>.
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