Ensayos

De la hipermaternidad a la hipomaternidad en las cárceles de mujeres de Brasil11. Artículo basado en la investigación “Dar à Luz na Sombra: condições atuais e possibilidades futuras para o exercício da maternidade por mulheres em situação de prisão” (DLNS), (Brasil. Ministério da Justiça. Secretaria de Assuntos Legislativos, Dar à luz na sombra: condições atuais e possibilidades futuras para o exercício da maternidade por mulheres em situação de prisão (Brasília: Ministério da Justiça, Ipea, 2015) (Série Pensando o Direito, 51), visitado el 20 de marzo de 2015, http://participacao.mj.gov.br/pensandoodireito/wp-content/uploads/2015/03/51-Dar-a-luz-na-sombra.pdf

Ana Gabriela Mendes Braga y Bruna Angotti

La investigación analiza los riesgos de la ruptura abrupta del vínculo entre la madre y el bebé después de una permanencia intensiva en la prisión

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RESUMEN

Hay una paradoja que subyace a ser madre en prisiones de Brasil: el exceso de maternidad durante los meses en que el hijo permanece con la madre y la ruptura súbita de esa relación en el momento de la separación. A estos fenómenos las autoras los denominan hipermaternidad e hipomaternidad, respectivamente. Esta es la principal conclusión de la investigación en la que está basado este artículo, realizada por las autoras en seis estados brasileños a lo largo de nueve meses de estudio. El objetivo principal fue exponer la percepción de las gestantes y madres recientes presas en relación al ejercicio de la maternidad en espacios de privación de libertad. Se hicieron entrevistas con detenidas, directoras, agentes penitenciarias y visitas in loco a prisiones y unidades materno-infantiles del sistema penitenciario brasileño. En este artículo las autoras reflexionan sobre el exceso de disciplina de la maternidad en la cárcel y la vulnerabilidad de la maternidad en situación de prisión.

Palabras Clave

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nunca me olvido del día en que se fue mi hijo. Miraba por la ventana, miraba por debajo de la puerta, a unos 80 metros de distancia y sólo veía el pie de mi madre y el pie de ella [hoy, su hija de 15 años]. Entonces pensé, “llegó mi madre ¿y ahora qué?” Bajé con las cosas de mi hijo, las puse en los brazos de mi madre y no miré hacia atrás, volví adentro ya muerta. Me acuerdo de la ropa que él vestía y desde entonces han pasado 11 años, pero me acuerdo como si fuese ayer, yo entregándole mi hijo a mi madre. Cuando la guarda dijo ‘vuelve, Desirée’ no miré más atrás y me fui, me fui.11. Fragmento de entrevista grabada por el equipo de investigación en marzo de 2014, en São Paulo.

Las palabras de Desirée Pinto,22. A pesar de que las mujeres en situación de prisión (o egresas) entrevistadas para la investigación DLNS no son identificadas, Desirée Mendes Pinto tiene su nombre revelado por haberse convertido en una referencia en entrevistas periodísticas y debates sobre encarcelamiento femenino y maternidad. En la investigación está referenciada como experta, ya que es una experta en la práctica. Ella nos autorizó expresamente a identificarla en las producciones referentes a DLNS. presa dos veces por situaciones ligadas al uso de drogas, y madre de cuatro hijos, dos de los cuales nacieron en el Sistema Penitenciario Paulista, relatan el momento de la separación entre ella y su hijo nacido en la prisión, una vez expirado el plazo establecido por la administración penitenciaria de permanencia del bebé con la progenitora. Este es uno de diversos relatos sobre la separación entre las madres encarceladas y sus hijos, que escuchamos a lo largo de los nueve meses (de agosto de 2013 hasta abril de 2014) de producción de la investigación DLNS.

Realizada para el proyecto Pensando el Derecho, de la Secretaría de Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia, en colaboración con el Instituto de Investigación Económica Aplicada, la DLNS se enfocó en identificar necesidades, detectar obstáculos y elaborar estrategias para garantizar el ejercicio de los derechos materno-reproductivos en el sistema penitenciario brasileño. Mediante la utilización de métodos de investigación empírica – como visitas in loco a centros penitenciarios, realización de un grupo focal con detenidas, entrevistas con especialistas – e investigación legislativa y bibliográfica, fue posible conocer los espacios para el ejercicio de la maternidad en la prisión y contrastar discursos, legislación y realidad penitenciaria.

Recorrimos seis estados brasileños, conocimos una experiencia internacional, realizamos cerca de 50 entrevistas, tuvimos conversaciones informales con más de 80 detenidas, visitamos diez centros penitenciarios femeninos, dos unidades materno-infantiles, dos guarderías en prisiones y otras dos vinculadas a la sociedad civil. Esta experiencia nos permitió identificar lo que consideramos una de las principales perversiones de las prisiones brasileñas: la convivencia sin interrupción de las madres con los bebés mientras estos están con ellas en la prisión y la súbita separación cuando finaliza el periodo de permanencia permitido.33. Conforme al artículo 83, § 2 de la Ley Penitenciaria brasileña (Lei de Execução Penal), el plazo mínimo de convivencia entre las madres presas y sus bebés es de seis meses. Sin embargo, constatamos una subversión de la previsión legal, pues en la mayoría de las unidades visitadas seis meses es el plazo máximo de convivencia permitido.

En este breve artículo nos ocupamos de la cuestión indicada anteriormente, presentando categorías de hipermaternidad y hipomaternidad, desarrolladas a partir del trabajo de investigación. Con este fin, exponemos intervenciones y percepciones que apuntan a que la maternidad en la prisión está caracterizada por ambigüedades como exceso de convivencia versus ausencia de convivencia; aislamiento versus participación de la vida cotidiana en prisión; mejora del espacio físico cuando hay presencia del bebé versus aumento del rigor disciplinario; mujer presa versus mujer madre. Antes, empero, presentamos un brevísimo panorama del encarcelamiento de mujeres en el país, para situar al lector en el universo investigado.

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1. Breve panorama del sistema penitenciario femenino brasileño

El encarcelamiento de mujeres ha sido cada vez más investigado y discutido en Brasil. Si a comienzos de los años 2000 había pocos trabajos sobre la temática, hoy en día se puede decir que el tema está de moda. Investigaciones académicas, producciones periodísticas, reportajes televisivos y estudios oficiales han estado presentando datos, dilemas y escenarios relativos a las prisiones femeninas del país.44. Es el caso, por ejemplo, de la investigación DLNS; del libro de Debora Diniz (Debora Diniz, Cadeia – Relatos sobre mulheres (Rio de Janeiro: Civilização Brasileira, 2015)), de la disertación de maestría de Sintia Helpes (Sintia S. Helpes, “Vidas em jogo: um estudo sobre mulheres envolvidas com o tráfico de drogas” (Dissertação de mestrado, Instituto Brasileiro de Ciências Criminais, 2014), entre otras. En relación a los datos oficiales, en noviembre de 2015 fue publicado el informe de compilación nacional de informaciones penitenciarias – Infopen Mujeres, producido por el Departamento Penitenciario Nacional. Se trata de la primera publicación de Infopen que aborda exclusivamente el sistema penitenciario femenino.55. Estos datos no consideran la población penitenciaria actualizada de São Paulo, pues el gobierno del estado no proporcionó los datos necesarios para la finalización de la investigación. Así, para ese estado fueron utilizados datos no recogidos específicamente para Infopen, pudiendo presentarse alteraciones en los resultados. (Brasil, Ministério da Justiça, Departamento Penitenciário Nacional, Levantamento nacional de informações penitenciárias – Infopen Mulheres – junho 2014 (Brasília: Ministério da Justiça, Depen, 2014), visitado el 17 de noviembre de 2015, http://www.justica.gov.br/noticias/estudo-traca-perfil-da-populacao-penitenciaria-feminina-no-brasil/relatorio-infopen-mulheres.pdf). Aún hay lagunas importantes, especialmente con respecto a los datos cuantitativos, pero hoy sabemos más que hace quince años.

El motivo del aumento de la cantidad de estudios y publicaciones en este ámbito está claramente relacionado con el dato que llama más la atención en el informe mencionado anteriormente: el aumento exponencial del 567,4% de la población penitenciaria femenina entre el año 2000 y el 2014, mientras la población penitenciaria masculina creció un 220,2% en el mismo período.66. Brasil, Infopen Mulheres 2014, 5. Esta explosión no es solo una característica nacional, sino una realidad compartida con los países que también invirtieron en la prisión como medida preferida de la política de guerra contra las drogas, como Estados Unidos, Rusia y México. Conforme a los datos del International Centre for Prison Studies, entre 2000 y 2013, el número de mujeres presas aumentó aproximadamente un 40% en todo el mundo, totalizando aproximadamente 660 mil mujeres en situación penitenciaria.77. Disponible en: http://www.prisonstudies.org/news/female-imprisonment, visitado el 17 de noviembre de 2015. Según el Infopen Mujeres hoy en día hay en Brasil casi 40 mil mujeres presas, es decir, un 7% del total de la población penitenciaria del país.88. Brasil, Infopen Mulheres 2014, 9. Estas se encuentran presas principalmente en uno de los 103 centros penitenciarios estatales sólo para mujeres, o de las 228 unidades mixtas (prisiones donde hay alas masculinas y femeninas), comisarías de policía, y centros de detención provisional. De ese total de mujeres, un 68% están presas por crímenes relacionados al comercio ilegal de drogas y un 16% por crímenes contra el patrimonio, como robo o hurto.99. Ibid., 5.

Es importante destacar que hay un gran contingente de mujeres encarceladas preventivamente, aproximadamente el 30% del total de las presas. Además, es digno de mención que un 67% del total de las presas es negra, de renta baja y joven (un 50% tiene entre 18 y 29 años),1010. Ibid., 24, 22. lo que corrobora la tesis de que las mujeres socialmente vulnerables están en el punto de mira del sistema de justicia penal.

A pesar del aumento en la cantidad de materiales producidos sobre la temática, se sabe poco sobre la cantidad de mujeres embarazadas, madres recientes o bebés que hay en el sistema, ya que no hay ningún estudio que cuantifique específicamente ese universo. Un recuento reciente de la Defensoría Pública del Estado de São Paulo1111. Defensoría Pública del Estado de São Paulo. Mães em Cárcere. Dados Estatísticos 2014 (São Paulo: 2014), visitado el 17 de noviembre de 2015, http://www.defensoria.sp.gov.br/dpesp/repositorio/0/dados%20estat%C3%ADsticos%202014_geral.pdf. mostró que en el estado una de cada cinco mujeres presas tiene hijos (dentro o fuera de la cárcel) o está embarazada. La maternidad es una cuestión importante a ser considerada cuando se contempla el encarcelamiento femenino, ya que, como defendemos, todo embarazo y maternidad en situación carcelaria es vulnerable, siendo fundamental examinar a fondo esta temática. Así, una vez presentado un rápido panorama del encarcelamiento femenino, nos ocuparemos a continuación de algunos elementos específicos del ejercicio de la maternidad de las mujeres en situación de prisión, en especial de la maternidad realizada en espacios dedicados específicamente a ese fin.

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2. Unidades materno-infantiles: el exceso disciplinario color de rosa

La elección de las unidades penitenciarias visitadas1212. Visitamos: I) Centro de Referencia a la Gestante Privada de Libertad, en Vespasiano (CRGPL), Minas Gerais; II) Penitenciaría Femenina de Paraná y Guardería Cantinho Feliz, localizadas en el Complejo Penal de Piraquara, en Paraná; III) Penitenciaría Femenina del Complejo de Mata Escura, en Salvador, Bahía. IV) Instituto Penal Femenino Desembargadora Auri Moura Costa y Guardería Irmã Marta, en el complejo penitenciario de Aquiraz, en Ceará; V) Penitenciaría Talavera Bruce, Unidad Materno-Infantil (UMI), Presidio Nelson Hungria y Penitenciaría Joaquim Ferreira de Souza, en el Complejo Gericinó, en Río de Janeiro; VI) Penitenciaría Femenina Dra. Marina Marigo Cardoso de Oliveira, conocida como Butantã, en São Paulo; y VII) Centro Federal de Detención de Mujeres Unidad nº 31 y Jardín Maternal, en Ezeiza, Provincia de Buenos Aires, Argentina. No nos ocupamos del caso argentino en este artículo, ya que la relación maternidad/prisión es distinta de la práctica brasileña. se hizo teniendo en cuenta la presencia de algún tipo de “cuidado especial” para el ejercicio de la maternidad en la prisión, como la existencia de unidades materno-infantiles, de espacios reservados para madres y bebés y de guarderías dedicadas a los hijos de las detenidas.1313. Considerando el límite técnico y temporal de la investigación, visitamos seis de los 26 estados brasileños. La obra de Rosângela Peixoto Santa Rita (Rosângela P. Santa Rita, “Mães e crianças atrás das grades: em questão o princípio da dignidade da pessoa humana” (Mestrado em Política Social, Universidade de Brasília, 2006)) e informes y documentos oficiales nos ayudaron a escoger las unidades visitadas. Las reflexiones presentadas aquí no agotan el tema, tampoco abordan la diversidad regional brasileña ni las diferencias entre los modelos existentes en el país, siendo ponderaciones oriundas de las experiencias que tuvimos en las unidades visitadas. En Brasil se llama unidad (o también ala) materno-infantil al espacio destinado a albergar a las madres recientes junto con sus bebés durante el período de lactancia, teniendo cada unidad características propias que serán destacadas a continuación.

El estado de Minas Gerais tiene el Centro de Referencia para la Gestante Privada de Libertad (CRGPL), unidad exclusiva para embarazadas y madres recientes (con bebés de hasta un año). São Paulo cuenta con la Casa Madre (Casa Mãe), ala especial de la penitenciaria de Butantã para madres y bebés de hasta seis meses. Río de Janeiro tiene una unidad materno-infantil que es autónoma en relación a la unidad femenina, con presupuesto y dirección propios. El estado de Ceará utiliza la nomenclatura guardería (creche), para denominar lo que sería su ala materno-infantil (Creche Irmã Marta). También encontramos esta nomenclatura en el estado de Paraná (Creche Cantinho Feliz), pero en este caso para denominar al espacio en el que viven los niños, aunque aquí, a diferencia del modelo guardería, los niños no se marchan al final del día, sino que permanecen en el local ininterrumpidamente, pareciéndose más a la figura de albergue que a una guardería propiamente dicha. De los lugares estudiados, el único que se parecería al modelo de guardería – en el que los niños pasan el día y vuelven a los cuidados familiares por la noche – sería el Jardín Maternal en Ezeiza, Argentina.

En todos los espacios visitados pudimos, de forma más o menos vigilada y mediada, conversar con las detenidas, escuchar sus percepciones sobre las estructuras de encarcelamiento dirigidas a la convivencia entre madres y bebés y conversar sobre sus expectativas en relación a la maternidad. Incluso fue posible entrevistar a gestoras y funcionarias y visitar espacios físicos, entre ellos lugares específicos destinados a madres y bebés. Fue a partir de estas experiencias, especialmente, que pudimos llegar a los relatos sobre aislamiento, exceso de disciplina regulando la maternidad y otras reflexiones presentadas aquí.

En la mayoría de espacios destinados a albergar a las madres presas y sus hijos nos encontramos con conversaciones referentes al estancamiento de la vida en la prisión una vez nacido el bebé y a la separación, incluso física, de la vida cotidiana penitenciaria. Como dijeron reiteradamente las entrevistadas, “la cárcel se detiene” cuando tienes un hijo, es decir, si la presa estaba ocupada en alguna actividad laboral, escolar, cultural y/o religiosa, su participación es interrumpida para que se dedique exclusivamente al cuidado del niño y para evitar el contacto con otras presas.

«Al espacio materno-infantil lo llaman espacio de ‘seguridad infantil'»

En el CRGPL las presas elogiaron la asistencia material y la posibilidad de estar con sus hijos hasta un año, pero criticaron la ociosidad y el aislamiento en el que quedan en la unidad, sometidas a un control riguroso por parte de las funcionarias y la dirección. En “Butantã”, las entrevistadas, que también señalaron que los niños reciben un trato bueno, con acceso a productos de higiene y alimentación de calidad, revelaron que, entre ellas, al espacio materno-infantil lo llaman espacio de “seguridad infantil”, ya que, a pesar de estar en régimen semiabierto, no pueden tener contacto con otras áreas de la penitenciaría y se les prohíbe el acceso a los cultos y cursos, pasando el día más encerradas que aquellas que están en régimen cerrado. Sobre el tema, Marina,1414. Los nombres de las detenidas entrevistadas fueron alterados para mantener el anonimato. una presa de Butantã, afirmó, “aquí no tenemos contacto con nadie, ¡parecemos animales!”

La crítica al aislamiento también apareció en Bahía, donde, a pesar de que la prisión cuenta con un espacio especial para albergar a las gestantes durante el día, este no es utilizado como guardería, por rechazo de las detenidas. Cuando preguntamos a las presas sobre su preferencia por el patio antes que la guardería, una de ellas contó que “Las mujeres se sienten muy aisladas y es malo escoger entre lo uno y lo otro… en la unidad hay cursos, culto.” El reclamo de que el espacio de la guardería está restringido y las aislaría de la convivencia penitenciaria fue unánime entre las entrevistadas.

En la Guardería Irmã Marta, en Ceará, la convivencia ociosa y prolongada de los niños y sus madres que pasan, de forma general, las 24 horas en el espacio materno-infantil, genera diversas tensiones. Según la psicóloga de la unidad, el tiempo inactivo vivido en la guardería sumado al reducido número de presas, resulta en conflictos entre las madres que están ahí. No hay, en el local, realización de actividades, raramente algunas pueden salir para asistir a un evento en la penitenciaría, dejando a sus bebés con las demás. El espacio se diferencia del interior de la prisión por permitir mayor libertad de circulación interna y por estar separado de la convivencia penitenciaria.

La soledad y la obligatoriedad de pasar las 24 horas con el bebé, sin posibilidad de interacción con otras personas, a no ser con otras madres, también fueron elementos resaltados en las entrevistas. Sobre el tema, Marina, presa en Butantã, dijo: “en ese ambiente estamos aisladas, estoy privando a mi bebé de muchas cosas, por suerte que hay ese árbol bonito aquí en la ventana.” Lucinéia, también en Butantã, destacó el confinamiento, alegando que en la Casa Madre están con sus bebés en régimen de “24 a 48 [horas]”, con una hora por día para tomar el sol. La comparación con las calles, donde hay posibilidad de hacer otras actividades, también apareció en algunas intervenciones, como en esta de Marina: “cuando estamos en la calle tenemos cosas para hacer, ropa para lavar, comida para preparar. Aquí no hay nada, son 24 horas cuidando del bebé o viendo cosas inútiles en la televisión.”

Aunque el bebé dé trabajo y necesite de atención especial, como queda claro en esta intervención de Marina, “¡cuido de él todo el tiempo! (…) después de ser madre, no comes, engulles… no duermes, das cabezadas… no tomas una ducha, mojas el cuerpo…”, el deseo de poder tener un tiempo solo para ellas, convivir con otras presas o seguir las actividades que hacían antes de dar a luz, aparece en la mayoría de intervenciones.

Aparte del aislamiento, la ambigüedad que rodea los ambientes materno-infantiles también puede verse en lo que respecta a la disciplina. Al mismo tiempo que son espacios con menos rejas, con “menos apariencia de prisión”, como resaltó una entrevistada en Río de Janeiro, son lugares de gran rigor disciplinario, en particular en lo referente a los cuidados de los niños.

En el CRGPL el ejercicio de la maternidad es disciplinado por una serie de regulaciones que si no son respetadas pueden dar lugar a un comunicado seguido de juicio por el Consejo Disciplinario del centro. Las palabras de una entrevistada ejemplifican la ambigüedad entre el deseo de estar con el hijo y el rigor disciplinario del espacio: “estoy feliz por estar con el bebé, pero aquí se tiene que comunicar todo. Estar presa sola es más fácil”, y agrega: “cualquier cosa que pase te dicen que tienes que entregar a tu hijo, vives bajo presión.” En la unidad, genera un “comunicado”, por ejemplo, trabajar con otras presas, dormir con el bebé en la misma cama en vez de utilizar la cuna o darle una alimentación distinta a la determinada por el centro.

En Ceará, percibimos resistencia de las presas a la guardería, dado el rigor disciplinario presente en la unidad materno-infantil. Según las internas, hay limitaciones en el uso de cigarrillos, en los horarios y control de la convivencia entre las detenidas. Este rigor es justificado por la administración penitenciaria local por el cuidado y peculiaridades intrínsecas a los niños y recién nacidos. El consumo de cigarrillos también está prohibido en la UMI de Río de Janeiro, lo que, según la directora, resulta en que muchas estén “locas por separarse del bebé y volver a la prisión.”

La investigadora Raquel Santos1515. Raquel C.S. Santos, “Maternidade no cárcere: reflexões sobre o sistema penitenciário feminino” (Mestrado em Política Social, Universidade Federal Fluminense, 2011), 60. denominó “maternidad vigilada-controlada” al ejercicio de la vivencia maternal en contextos restrictivos y permanentemente vigilados. Aunque los espacios materno-infantiles ofrecen mejores condiciones espaciales y físicas, posibilitando el ejercicio de los derechos básicos de los bebés, constituyen espacios de disciplina, en el que la mujer y el hijo suelen pasar todo el tiempo.

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3. Ruptura: la trascendencia del castigo

Además del aislamiento, la soledad y el exceso de disciplina en los espacios materno-infantiles, otro punto que nos llamó la atención y nos llevó a identificar la paradoja actual del sistema penitenciario femenino, es decir, el exceso de maternidad versus la completa ausencia a partir de la retirada del niño de la convivencia materna, fue el momento de entrega del niño una vez finalizado el plazo de permanencia fijado por la ley. Esta temática permeó las conversaciones más aflictivas que tuvimos sobre el terreno, pues ante la perspectiva real de la separación futura, las entrevistadas se resistían a hablar de la ruptura que se avecinaba.

“Me despierto todos los días con miedo de que sea el día en que se lleven a mi hija. Cuando llegan las 17h me siento aliviada, tendré una noche más con ella,” nos contó Lucinéia, de Butantã. La angustia de la ruptura súbita de la convivencia con el bebé estaba expresada en esa mujer, que ya había preparado una maleta con los objetos personales de la hija, pues la hora de la despedida se aproximaba.

«‘Me despierto todos los días con miedo de que sea el día en que se lleven a mi hija'»

En Río de Janeiro, en una conversación colectiva con 20 gestantes, en la celda conjunta que compartían entonces, los comentarios sobre la separación eran interrumpidos por llantos y angustias. Una de ellas mencionó que había oído hablar de niños y madres que tuvieron “fiebre emocional” tras la separación. Otras fueron enfáticas en afirmar que seis meses era un tiempo muy corto para la convivencia entre madres presas y bebés, haciendo la ruptura de la convivencia “muy, muy dolorosa”, como subrayó una de ellas.

Hipermaternidad versus hipomaternidad

Una de las principales conclusiones del estudio DLNS es que toda maternidad en situación carcelaria es vulnerable y de riesgo, sea por factores sociales, físicos o psíquicos. Las investigadoras Simone Diniz y Laura Mattar señalan la existencia de maternidades más vulnerables que otras, habiendo mujeres que la ejercitan con menos derechos en comparación a otras, lo que resulta en una vivencia y percepción distinta para mujeres en situaciones diferentes. Entre las maternidades señaladas por las autoras como más vulnerables, están las ejercidas por “infractoras, sobre todo las mujeres que están presas, ya que fueron contra la ‘llamada naturaleza femenina’, o sea, de persona pasiva y cuidadora, jamás transgresora.”1616. Laura D. Mattar e Carmen S.G. Diniz, “Hierarquias reprodutivas: maternidade e desigualdades no exercício de direitos humanos pelas mulheres,” Revista Interface: comunicação, saúde, educação, 16, no. 40 (2012): 113.

En lo que respecta al aspecto psíquico, la vivencia de la expectativa de ruptura desde la gestación, junto con la presencia continua durante el periodo de convivencia entre madre y bebé durante los primeros meses después del parto, y sumando la ruptura al final de ese periodo, la mayoría de las veces sin acompañamiento psicológico, ciertamente, como pudimos aprender, es factor de vulnerabilidad. La queja común de todas las madres recientes que se quedaban en espacios pequeños con sus hijos y con pocas opciones de actividad, permeada por la expectativa de la ruptura brusca de la relación, nos llevó a formular lo que llamamos la paradoja de hipermaternidad versus hipomaternidad.

Durante el periodo de convivencia entre madres y bebés en la unidad penitenciaria, ellas ejercen una hipermaternidad, estando, como hemos mencionado, impedidas de frecuentar actividades y trabajar. El alejamiento del cotidiano penitenciario no solo genera aislamiento y sensación de soledad, sino también el fin del ejercicio de actividades laborales, la imposibilidad de remisión de pena o de continuidad de las actividades escolares. La permanencia ininterrumpida con el hijo o la hija es la regla general durante el tiempo de convivencia permitido, estando ese periodo permeado por el rigor disciplinario y la tutela del ejercicio de maternidad.

Las constantes referencias al aislamiento, disciplina y ruptura nos llevan a concluir que la condición materna es un aumento del castigo para la mujer presa, pues aunque ella ocupe momentáneamente espacios con mejores condiciones físicas y estructurales (materno-infantiles), queda más confinada aún y bajo un régimen disciplinario más rígido que las demás mujeres.

Nos valemos de Michel Foucault, para quién el poder disciplinario es aquel que sobrepasa lo jurídico y la pena de la sentencia, atravesando cuerpos, deseos y almas, para trabajar el exceso disciplinario en cuestión. En su análisis la prisión debe ser recolocada “(…) en el punto en que se realiza la torsión del poder codificado de castigar, en un poder disciplinario de vigilar; en el punto en que los castigos universales de las leyes vienen a aplicarse selectivamente a ciertos individuos (…) hasta el punto en que el derecho se invierte y pasa al exterior de sí mismo, y en que el contraderecho se vuelve el contenido efectivo e institucionalizado de las formas jurídicas.”1717. Michel Foucault, Vigiar e Punir – História da Violência nas Prisões (Petrópolis: Vozes, 2004), 184.

Consideramos que el ejercicio de la maternidad ocurre en espacios más aislados y rigurosos, en los cuales hay manifestación del poder disciplinario en relación a la privación de libertad y las tecnologías de disciplina son perceptibles y operan al servicio de lo que llamamos doble castigo. Una pena impuesta jurídicamente, sumada al enclaustramiento aún mayor, con tutela más rígida que en el cotidiano penitenciario, hace que las mujeres que dan a luz en prisión estén sometidas a una situación de hipermaternidad.

Cuando la convivencia finaliza y el niño o niña es retirado de la convivencia materna (entregado a la familia o encaminado a un albergue), ocurre la transición de la hiper a la hipomaternidad, que es la ruptura inmediata del vínculo, sin transición y/o periodo de adaptación. Denominamos hipo (disminución) y no maternidad nula a la vivencia de ruptura, porque las marcas de la maternidad interrumpida, de la ausencia advenida por la presencia anterior, siguen en el cuerpo y mente de la presa. Los innumerables relatos de remedios para secar la leche, de “fiebre emocional”, de “desesperación” al oír el llanto de otros niños, evidencian que la maternidad sigue en el cuerpo. Las expectativas y el miedo a la separación definitiva, presentes en las intervenciones de aquellas que aún no habían experimentado el momento, pero lo temían ya desde la gestación, sumadas a la experiencia de Desirée Mendes, narrada al comienzo de este artículo, son ejemplos claros de la brutalidad de la ruptura, que no borra la vivencia anterior, sino que la convierte en una marca más en la producción de vidas precarias1818. Término acuñado por la filósofa Judith Butler, (Judith Butler, “Vida Precária,” Contemporânea - Revista de Sociologia da UFSCar 1, no. 1 (jan./jun. 2011): 13-33, visitado el 20 de marzo de 2015, http://www.contemporanea.ufscar.br/index.php/contemporanea/article/view/18/3). en la cual el sistema penitenciario brasileño ha estado invirtiendo con ahínco.

Podemos observar una posibilidad aún más grave de hipomaternidad, esta sí acercándose a lo que sería una maternidad nula, en los casos en que la madre o familia de origen han sido destituidos de su poder familiar y los niños son encaminados a un albergue, y en algunos casos entregados a adopción. En esos casos, el encarcelamiento interrumpe de forma definitiva cualquier posibilidad de ejercer la maternidad por parte de la mujer presa y de reconstrucción del vínculo familiar. A pesar de que la Ley nº 12.962/14 ha asegurado la convivencia de los niños/as y adolescentes con madres y padres privados de libertad, previendo explícitamente que la condenación criminal del padre o de la madre no implique la destitución del poder familiar y que el niño/a o adolescente será mantenido en su familia de origen, se recogieron varios relatos durante la investigación, en los cuales las madres contaron angustiadas no tener conocimiento del destino de su niño o niña, y el miedo de perderlos en favor de una familia adoptiva.

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4. Conclusión: maternidad vulnerable, disciplina y castigo

La experiencia en este ámbito nos permitió analizar y pensar políticas penitenciarias dirigidas a las mujeres presas, reflexionando sobre la función de esas políticas y sus trampas encarceladoras y de refuerzo de roles de género. La simple defensa de la adecuación de los espacios penitenciarios y la construcción de estructuras para recibir mujeres y niños/as nos puede llevar a reforzar el discurso y las prácticas disciplinarias en relación a ese público. Por lo tanto, conocer, partir de un enfoque empírico, de cómo las disposiciones jurídicas han sido aplicadas, se mostró fundamental para repensar las políticas públicas y legislativas desde sus efectos, partiendo de la perspectiva de las sometidas a esas políticas, más allá del plano normativo.

A partir de la experiencia de escuchar a las mujeres presas y de nuestra experiencia en el campo de investigación, hemos presentado brevemente en este artículo las categorías de análisis de hipermaternidad e hipomaternidad como herramientas que pueden ayudar a la comprensión de las ambigüedades que permean la temática de la maternidad y la prisión, en particular en el análisis del discurso de acceso a los derechos revestido por prácticas de rigor disciplinario.

Foucault ya señalaba que el ejercicio más peligroso del poder es el positivo, que no anula, sino conforma subjetividades.1919. Michel Foucault, História da loucura: Na idade clássica (São Paulo: Perspectiva, 2007), 118. En este sentido, parte del sistema penitenciario brasileño puede haber avanzado en la preservación de la vida y salud de las mujeres, con inversiones y mejoras en las condiciones materiales del encarcelamiento materno; sin embargo, sigue ejerciendo peligrosamente su positivismo, limitando aún más la libertad, la autonomía y las posibilidades de convivencia saludable de las mujeres presas y sus hijos e hijas.

Ana Gabriela Mendes Braga - Brasil

Ana Gabriela Mendes Braga es doctora en Criminología por la Universidad de São Paulo (USP), habiendo sido investigadora visitante en la Universidad de Barcelona. Es también profesora en la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales de la Universidad del Estado de São Paulo (UNESP).

Recibido en marzo de 2015

Las autoras coordinaron la investigación “Dar a Luz en la Sombra: condiciones actuales y posibilidades futuras para el ejercicio de la maternidad por mujeres en situación de prisión” (DLNS, por sus siglas en portugués), publicada en 2015.

Original en portugués. Traducido por Sebastián Porrúa Schiess.

Bruna Angotti - Brasil

Bruna Angotti es doctoranda y tiene una maestría en Antropología Social por la USP y es experta en Criminología por el Instituto Brasileño de Ciencias Criminales. Es profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Presbiteriana Mackenzie.

Recibido en marzo de 2015

Las autoras coordinaron la investigación “Dar a Luz en la Sombra: condiciones actuales y posibilidades futuras para el ejercicio de la maternidad por mujeres en situación de prisión” (DLNS, por sus siglas en portugués), publicada en 2015.

Original en portugués. Traducido por Sebastián Porrúa Schiess.